N° 120130/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
SECRETARÍA N° 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor
Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo
del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, Cap.
Fed., comunica por cinco días que con fecha
1 de julio de 2015 se ha decretado la quiebra
de Graux SA (CUIT 30-707450002-5), en la
cual ha sido designada síndico la contadora
Ana María Varela, con domicilio constituido
en Tucumán 1506 1º of. 106 Cap. Fed., ante
quien los acreedores deberán presentar las
peticiones de verificación y los títulos per-
tinentes justificativos de sus créditos hasta
el día 23.09.15 (L.C: 32) en el horario de 12
a 18 hs. El informe individual del síndico de-
berá presentarse el día 05.11.15 y el general
el día 22.12.15 (art. 35 y 39 de la citada ley).
Intímese al fallido y a terceros para que pon-
gan a disposición del síndico la totalidad de
los bienes del deudor en la forma que sea
más apta para que el funcionario concursal
tome inmediata y segura posesión de los
mismos. A los efectos de la realización de
bienes déjese constancia que no se realiza-
rán más citaciones que la edictal y que se
procederá a la venta en los términos de la
L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con
inmediata distribución de los fondos entre
los acreedores verificados, sin perjuicio de
las reservas para los insinuados. Decrétase
la inhabilitación definitiva de la fallida y la de
sus integrantes por el plazo de un año con-
tado desde la fecha de la presente (art. 234
a 238 de la ley 24.522). Intímase a la fallida
a que dentro de 24 hs. entregue los libros
de comercio y demás documentos relaciona-
dos con su contabilidad al síndico. Intímese
al fallido para que en el plazo de cinco días
cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de
la ley 24.522 (conforme art. 86). Prohíbase a
los terceros hacer pagos al fallido, los que
serán ineficaces. Intímese al fallido para que
dentro de las 48 hs. constituya domicilio en
esta jurisdicción, bajo apercibimiento de te-
nerlo por constituido en los términos de los
ars. 41 y 133 del CPCCN.
Buenos Aires, 14 de julio de 2015.
Hector Osvaldo Chomer, juez.
Leandro Sciotti, secretario.
e. 17/07/2015 Nº 120130/15 v. 23/07/2015