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N° 120130/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 17 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

SECRETARÍA N° 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor

Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo

del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, Cap.

Fed., comunica por cinco días que con fecha

1 de julio de 2015 se ha decretado la quiebra

de Graux SA (CUIT 30-707450002-5), en la

cual ha sido designada síndico la contadora

Ana María Varela, con domicilio constituido

en Tucumán 1506 1º of. 106 Cap. Fed., ante

quien los acreedores deberán presentar las

peticiones de verificación y los títulos per-

tinentes justificativos de sus créditos hasta

el día 23.09.15 (L.C: 32) en el horario de 12

a 18 hs. El informe individual del síndico de-

berá presentarse el día 05.11.15 y el general

el día 22.12.15 (art. 35 y 39 de la citada ley).

Intímese al fallido y a terceros para que pon-

gan a disposición del síndico la totalidad de

los bienes del deudor en la forma que sea

más apta para que el funcionario concursal

tome inmediata y segura posesión de los

mismos. A los efectos de la realización de

bienes déjese constancia que no se realiza-

rán más citaciones que la edictal y que se

procederá a la venta en los términos de la

L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con

inmediata distribución de los fondos entre

los acreedores verificados, sin perjuicio de

las reservas para los insinuados. Decrétase

la inhabilitación definitiva de la fallida y la de

sus integrantes por el plazo de un año con-

tado desde la fecha de la presente (art. 234

a 238 de la ley 24.522). Intímase a la fallida

a que dentro de 24 hs. entregue los libros

de comercio y demás documentos relaciona-

dos con su contabilidad al síndico. Intímese

al fallido para que en el plazo de cinco días

cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de

la ley 24.522 (conforme art. 86). Prohíbase a

los terceros hacer pagos al fallido, los que

serán ineficaces. Intímese al fallido para que

dentro de las 48 hs. constituya domicilio en

esta jurisdicción, bajo apercibimiento de te-

nerlo por constituido en los términos de los

ars. 41 y 133 del CPCCN.

Buenos Aires, 14 de julio de 2015.

Hector Osvaldo Chomer, juez.

Leandro Sciotti, secretario.

e. 17/07/2015 Nº 120130/15 v. 23/07/2015