N° 118400/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 9
SECRETARÍA N° 17
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 9 a cargo de la Dra. PAULA MA-
RÍA HUALDE; Secretaría Nº 17, a mi cargo, con
asiento en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º de
Cap. Fed., comunica por cinco días en autos:
“GOAMKO S.R.L. s/QUIEBRA s/INCIDENTE
DE VENTA DE COMPLEJO ARIETA I, U.F. 96,
28, 8 y 107”, Expediente Nº 3989/2000/8, (CUIT
fallido: 30-64855963-8) que el martillero Loren-
zo Ezcurra Bustillo (CUIT Nº 20-10134077-6 y
domicilio electrónico 10101340776), rematará
el día 10 de AGOSTO de 2015, a partir de las
10:15 hs. en punto en Jean Jaures 545, Cap.
Fed., LOS SIGUIENTES INMUEBLES: EL 100%
DE LAS UNIDADES FUNCIONALES: Nros. 96,
102 y 107 sitas en la finca ubicada en calle Dr. I.
ARIETA Nº 1986/88/90/92/94/96/98 esq. CNEL.
RAMON L. FALCON Nos. 2479/83/85/87/89/93
de San Justo, Partido de La Matanza, Pcia. de
Buenos Aires. Nom. Cat: I, B, 9 – L, 1 – d – Mat.
135981, conforme lo siguiente: 1) U.F. 96, del
Piso 6º Dpto. “6”. Sup. total 45,06 m2. Porc.
0,0085%, Part. 882492. Se encuentra desocu-
pada, sin objetos de terceros y en buen estado
de conservación. Posee living comedor c/bal-
cón, dormitorio, cocina con lavadero incorpora-
do y baño. BASE: $ 215.000.- 2) U.F. 102, en Piso
6º Dpto. 13. Sup. total 36,25 m2. Porc. 0,0074%.
Part. 882498. Se encuentra desocupada y des-
mantelada, posee living comedor, dormitorio,
cocina con lavadero incorporado y baño. BASE:
$ 140.000 y 3) U.F. 107, en Piso 7º Dpto. 3. Sup.
total 43,95 m2. Porc. 0,0087%. Part. 882503. Se
encuentra desocupada y desmantelada. Posee
living comedor, dormitorio, cocina con lavadero
incorporado y baño. BASE: $ 215.000.- CONDI-
CIONES DE VENTA: “ad-corpus”, al contado y
mejor postor. CON LAS BASES SEÑALADAS,
Seña 30% - Comisión 3% más IVA 21% sobre la
misma, - Arancel 0,25% Acord. 24/00. Sellado
de Ley 1,2% - IVA s/el precio de venta de corres-
ponder, en efectivo en el acto del remate. Queda
expresamente excluida la posibilidad de compra
en comisión, intervención de gestores de nego-
cios, la cesión de los derechos emergentes del
Boleto de Compraventa y el otorgamiento por
parte del comprador, de poderes especiales
irrevocables, a favor de terceros para la pose-
sión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta
del bien. Asimismo y para el caso en que quién
realice la última oferta lo haga en representación
de un tercero, dispónese que deberá exhibir el
respectivo poder en ese mismo momento, bajo
apercibimiento de continuar con el acto de su-
basta y –en su caso– hacerlo responsable de
los eventuales perjuicios que pudiera haber
ocasionado su accionar. El saldo de precio
deberá ingresarse en el Banco de la Ciudad de
Buenos Aires –Suc. Tribunales– y a la orden del
Tribunal, en cuenta que se abrirá al efecto, den-
tro del plazo de 5 días de aprobado el remate
sin necesidad de notificación a los adquirentes,
ni requerimiento previo y bajo apercibimiento de
declararlos postores remisos (art. 584 del Cód.
Proc.). La posesión se cumplirá dentro de los 10
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Recibo
115919/15
116313/15
117279/15
117931/15
118056/15
115337/15
114845/15
118406/15
118461/15
113032/15
104479/15
106818/15
119204/15
116823/15
68926/15
112586/15
106859/15
e. 17/07/2015 Nº 2861 v. 21/07/2015
días siguientes de acreditada la efectivización
del saldo de precio. En cuanto a la transmisión
dispónese que el eventual adquirente, podrá
proceder a efectuar la inscripción del inmueble
a su favor, por testimonio dentro de los 30 días
siguientes de acreditada la efectivización del
saldo de precio. En consecuencia, la escritu-
ración sólo se cumplirá de ser requerida por el
adquirente (doctr. Cód. Proc. arts. 582 y 586),
por el Escribano que el mismo proponga, en
tanto venta al contado, o por el Escribano que
oportunamente determinará el Tribunal para el
caso que no lo designe el adquirente, en el plazo
indicado. Los gastos que la transferencia del in-
mueble irrogue, cualquiera sea la modalidad que
se adopte, los mismos deberán ser soportados
exclusivamente por el adquirente. Los bienes se
enajenarán en el estado en que se encuentran,
que habiéndoselos exhibido adecuadamente,
no se admitirán reclamos de ningún tipo. En
caso de adeudarse expensas, tasas, impuestos
o contribuciones, las que correspondan al pe-
ríodo anterior al decreto falencial, deberán ser
objeto de petición verificatoria; los impuestos
inherentes al periodo comprendido entre la de-
claración de quiebra y las fechas de entrega de
posesión, serán reconocidas como acreencias
del concurso y serán solventadas con la prefe-
rencia que corresponda; y las devengadas con
posterioridad a la toma de posesión, estarán a
cargo de los adquirentes. El comprador deberá
constituir domicilio en el lugar que corresponda
al asiento del Juzgado. EXHIBICION: Días 3 y 4
de agosto de 2015, de 09 a 13 hs.
En Buenos Aires, a los 2 del mes de julio de
2015.
Paula Maria Hualde, juez.
Claudio Marjanovic Telebak, secretario.
e. 14/07/2015 Nº 118400/15 v. 20/07/2015