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N° 120130/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 22 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10

SECRETARÍA N° 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo

Chomer, secretaría Nº 19, a cargo del Suscrip-

to, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica

por cinco días que con fecha 1 de julio de 2015

se ha decretado la quiebra de Graux SA (CUIT

30-707450002-5), en la cual ha sido designada

síndico la contadora Ana María Varela, con do-

micilio constituido en Tucumán 1506 1º of. 106

Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán

presentar las peticiones de verificación y los

títulos pertinentes justificativos de sus créditos

hasta el día 23.09.15 (L.C: 32) en el horario de 12

a 18 hs. El informe individual del síndico deberá

presentarse el día 05.11.15 y el general el día

22.12.15 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese

al fallido y a terceros para que pongan a dispo-

sición del síndico la totalidad de los bienes del

deudor en la forma que sea más apta para que

el funcionario concursal tome inmediata y se-

gura posesión de los mismos. A los efectos de

la realización de bienes déjese constancia que

no se realizarán más citaciones que la edictal

y que se procederá a la venta en los términos

de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio

con inmediata distribución de los fondos en-

tre los acreedores verificados, sin perjuicio de

las reservas para los insinuados. Decrétase la

inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus

integrantes por el plazo de un año contado des-

de la fecha de la presente (art. 234 a 238 de la

ley 24.522). Intímase a la fallida a que dentro de

24 hs. entregue los libros de comercio y demás

documentos relacionados con su contabilidad

al síndico. Intímese al fallido para que en el pla-

zo de cinco días cumpla con los requisitos del

art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86).

Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido,

los que serán ineficaces. Intímese al fallido para

que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en

esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tener-

lo por constituido en los términos de los ars. 41

y 133 del CPCCN.

Buenos Aires, 14 de julio de 2015.

Hector Osvaldo Chomer, juez.

Leandro Sciotti, secretario.

e. 17/07/2015 Nº 120130/15 v. 23/07/2015