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N° 119981/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 14

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 22 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 14

SECRETARÍA N° 27

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en

lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria

Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo

de la Dra. Karin F. Martin, sito en Callao 635

piso 2º de esta Capital Federal, comunica por

5 días que con fecha 14 de julio de 2015, en

los autos caratulados “STYLECARE ASISTEN-

CIA MEDICA INTEGRAL S.A. s/CONCURSO

PREVENTIVO”, se resolvió decretar la quiebra

de STYLECARE ASISTENCIA MEDICA INTE-

GRAL S.A. CUIT nº 30-64710691-5 haciéndole

saber a este y a los terceros que deberán hacer

entrega al síndico de los bienes que posean

del fallido, así como la prohibición de realizar

pagos a la misma, los que serán ineficaces. Se

intima al deudor para que entregue al síndico

dentro de las 24 horas los libros de comercio

y demás documentación relacionada con la

contabilidad, así como también a que dentro de

las 48 horas constituya domicilio procesal en el

radio del tribunal, con apercibimiento de tenerlo

constituido en los estrados del Juzgado. Debe-

rá el deudor cumplir con los requisitos a los que

se refiere el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a

su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso

1, 6, y 7 del mismo texto legal. Se Fija hasta

el día 18 de septiembre de 2015 para que los

acreedores formulen al sindico el pedido de ve-

rificacion de sus créditos. Se fijan las fechas de

2 de noviembre de 2015 y el 16 de diciembre de

2015 para las presentaciones de los informes

individuales y generales, previstos en el art. 35

y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser

observado, el último, dentro de los 10 días de

presentados art. 40 L.C. El síndico actuante es

el ESTUDIO DEBENEDETTI & ASOCIADOS con

domicilio en Rodriguez Peña 617 piso 6º CABA.

El presente deberá ser publicado por el término

de 5 días sin necesidad de pago previo y sin

perjuicio de asignarse los fondos cuando los

hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.)

Buenos Aires, 14 de julio de 2015.

Maria Virginia Villarroel, (P.A.S.) juez.

Karin F. Martin, secretaria.

e. 17/07/2015 Nº 119981/15 v. 23/07/2015