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N° 119981/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 23 de julio de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL Nº 14

SECRETARÍA Nº 27

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria Virgi-

nia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo de la Dra.

Karin F. Martin, sito en Callao 635 piso 2º de

esta Capital Federal, comunica por 5 días que

con fecha 14 de julio de 2015, en los autos ca-

ratulados “STYLECARE ASISTENCIA MEDICA

INTEGRAL S.A. s/CONCURSO PREVENTIVO”,

se resolvió decretar la quiebra de STYLECARE

ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL S.A. CUIT nº

30-64710691-5 haciéndole saber a este y a los

terceros que deberán hacer entrega al síndico

de los bienes que posean del fallido, así como

la prohibición de realizar pagos a la misma, los

que serán ineficaces. Se intima al deudor para

que entregue al síndico dentro de las 24 horas

los libros de comercio y demás documentación

relacionada con la contabilidad, así como tam-

bién a que dentro de las 48 horas constituya

domicilio procesal en el radio del tribunal, con

apercibimiento de tenerlo constituido en los

estrados del Juzgado. Deberá el deudor cum-

plir con los requisitos a los que se refiere el art.

86 de la ley 24522 en cuanto a su remisión al

art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7

del mismo texto legal. Se Fija hasta el día 18

de septiembre de 2015 para que los acreedores

formulen al sindico el pedido de verificacion de

sus créditos. Se fijan las fechas de 2 de noviem-

bre de 2015 y el 16 de diciembre de 2015 para

las presentaciones de los informes individuales

y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la

L.C. respectivamente, pudiendo ser observado,

el último, dentro de los 10 días de presentados

art. 40 L.C. El síndico actuante es el ESTUDIO

DEBENEDETTI & ASOCIADOS con domicilio en

Rodriguez Peña 617 piso 6º CABA. El presente

deberá ser publicado por el término de 5 días

sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de

asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89

inc. 3 L.C.)

Buenos Aires, 14 de julio de 2015.

Maria Virginia Villarroel, (P.A.S.) juez.

Karin F. Martin, secretaria.

e. 17/07/2015 Nº 119981/15 v. 23/07/2015