N° 129323/15 Aviso del Boletín Oficial
ASOCIACION DE EMPLEADOS DEL BANCO
Texto del aviso
ASOCIACION DE EMPLEADOS DEL BANCO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
MUTUAL-SOCIAL Y DEPORTIVA
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
GENERAL ORDINARIA
De acuerdo a lo establecido en el Art. 35º del
Estatuto Social de la Entidad, el Consejo Direc-
tivo convoca a todos los asociados con dere-
cho a voto, para la Asamblea General Ordinaria
que se celebrará el día 25 de Agosto de 2015 a
las 18.00 horas, en el local de la Secretaría de
la Entidad, Esmeralda 672 piso 1º, para tratar el
siguiente:
Sección
BOLETIN
ORDEN DEL DIA:
1º) Designación de dos asociados para que, en
nombre y representación de la Asamblea, sus-
criban el Acta respectiva.
2º) Consideración de la Memoria y Balance Ge-
neral correspondiente al Ejercicio 2014-2015,
Cuenta de Gastos y Recursos, Inventario e In-
forme del Órgano de Fiscalización.
3º) Consideración de la Resolución del Consejo
Directivo, fijando nuevos valores para las cuo-
tas de los socios Participantes y Adherentes
y de los socios Activos retirados y jubilados a
partir del 1º de Abril de 2015, como así también
el nuevo tope máximo en la cuota de los socios
Activos en actividad.
4º) Consideración de los Resultados del Ejer-
cicio.
5º) Consideración de los Convenios suscriptos.
6º) Consideración de las impugnaciones (en
caso de existir) a las listas de candidatos para
el acto eleccionario (Art. 45 inc. b del Estatuto
Social).
7º) Acto eleccionario a efectuarse el día 25 de
agosto (o proclamación de los candidatos).
Presidente: Héctor José Daniel Faquetti
Secretario: Miguel Angel Treccozzi
Nota: Quórum de la Asamblea: el quórum de la
misma se regirá por lo establecido en el Art. 41º
del Estatuto social vigente.
Secretario y Presidente electos por Asamblea
General Ordinaria del día 28-08-2012.
PRESIDENTE - HÉCTOR JOSÉ
DANIEL FAQUETTI
SECRETARIO - MIGUEL ANGEL TRECCOZZI
Certificación emitida por: Carlos María Baraldo.
Nº Registro: 352. Nº Matrícula: 3211. Fecha:
16/7/2015. Nº Acta: 151. Nº Libro: 109.
e. 24/07/2015 Nº 129323/15 v. 24/07/2015