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N° 129775/15 Aviso del Boletín Oficial

PRINTEGRAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 27 de julio de 2015

Texto del aviso

PRINTEGRAL S.A.

Actas del 21/01/2015 y 06/02/2015 resuelven:

A) Reforma “ARTICULO OCTAVO: Dirección y

Administración. La dirección y administración

de la sociedad está a cargo del Directorio

compuesto del número de miembros que fije la

Asamblea, entre un mínimo de uno y un máxi-

mo de cinco.- Mientras la sociedad prescinda

de la sindicatura, la elección por la asamblea

de un director suplente será obligatoria.- El tér-

mino de su elección es de tres ejercicios.- En

garantía de sus funciones el Director Titular

depositará la cantidad de diez mil pesos o su

equivalente o el mayor importe que pudiera

exigir la normativa vigente al momento de cada

designación.- Dicha garantía deberá consistir, a

opción del administrador, en bonos, títulos pú-

blicos, sumas de moneda nacional o extranjera

depositadas en entidades financieras o cajas

de valores a la orden de la sociedad; o en fian-

zas o avales bancarios o seguros de caución o

de responsabilidad civil a favor de la sociedad,

cuyo costo deberá ser soportado por el admi-

nistrador.- En ningún caso se podrá constituir la

garantía mediante el ingreso directo de los fon-

dos a la caja social.- Cuando la garantía con-

sista en depósitos de bonos, títulos públicos

o sumas de moneda nacional o extranjera, las

condiciones de su constitución deberán asegu-

rar su indisponibilidad mientras esté pendiente

el plazo de prescripción de eventuales acciones

de responsabilidad.- El Presidente de la Socie-

dad tendrá amplias facultades de disposición

y administración, incluso las que requieren po-

deres especiales a tenor del artículo 1881 del

Código Civil y del artículo noveno del Decreto

Ley 5965/63.- Podrá especialmente operar con

toda clase de bancos, compañías financieras o

entidades crediticias oficiales y privadas, dar y

revocar poderes especiales y generales, judi-

ciales, de administración u otros, con o sin fa-

cultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o

desistir denuncias o querellas penales y realizar

todo otro hecho o acto jurídico que haga ad-

quirir derechos o contraer obligaciones a la so-

ciedad.- La representación legal de la sociedad

corresponde al Presidente o Vicepresidente,

en su caso.-” B) Cambio de Sede a Mendoza

4575, piso 1º, dpto. B, CABA.- Autorizado se-

gún instrumento público Esc. Nº 144 de fecha

07/07/2015 Reg. Nº 89.

LUCIANA CAROLINA BOTTE

Matrícula: 4763 C.E.C.B.A.

e. 27/07/2015 N° 129775/15 v. 27/07/2015