N° 131264/15 Aviso del Boletín Oficial
CORREO OFICIAL DE LA REPUBICA
Texto del aviso
CORREO OFICIAL DE LA REPUBICA
ARGENTINA S.A.
Ampliación del objeto social. Modificación del
Artículo 4° del estatuto. Se hace saber que por
Asamblea General Ordinaria del 27/04/2015
se aprobó la ampliación del objeto social de
la empresa y en virtud de dicha aprobación,
se modificó el Artículo 4° del estatuto, el cual
tendrá la siguiente redacción: Artículo 4°: “La
sociedad tendrá por objeto la prestación del
Servicio Público Postal, Telegráfico, Nacional e
Internacional de la República Argentina, para la
admisión, recolección, transporte, transmisión,
y entrega de mensajes, información, fondos,
y bienes dentro de la República Argentina,
y desde la misma hacia el exterior como asi-
mismo desde el exterior hacia la República
Argentina, de acuerdo a las disposiciones que
integran el régimen regulatorio de la actividad
postal, y consecuentemente podrá desarrollar
todas las actividades relacionadas directa o
indirectamente a tal objeto. Tendrá también
por objeto la prestación del servicio electoral.
Esta sociedad funcionará como Correo Oficial
de la República Argentina y en ese carácter
asumirá, en su faz operativa, la representación
del Estado Nacional ante la Unión Postal Uni-
versal, con todas las obligaciones y derechos
inherentes a tal carácter. La sociedad podrá
realizar todas aquellas actividades que resulten
necesarias para el cumplimiento de sus fines y
su objeto social, o bien que sean propias, co-
nexas y/o complementarias a las mismas, tales
como, actividades comerciales, financieras
–con exclusión de las comprendidas en la ley
de entidades financieras- realizar actividades
inmobiliarias, de logística, servicios de comu-
nicaciones, de comunicaciones electrónicas,
prestar servicios de giros, transferencias,
destinos de fondos y servicios afines. Podrá
realizar cobros y pagos por cuenta y orden de
terceros, o a nombre propio, como tarifas, im-
puestos, tasas, contribuciones que estén vin-
culados a entidades públicas o privadas y ser-
vicios públicos o privados. Asimismo, tendrá
como objeto la comercialización de productos
y servicios financieros no bancarios y activida-
des afines. Con fondos propios o realizando
gestiones por cuenta y orden de terceros o
bien en asociación con terceros, podrá actuar
en la gestión y prestación de servicios de lea-
sing y de factoring. Podrá constituirse bajo la
figura de corresponsal no bancario mediante
la autorización legal correspondiente y actuar
como agente institorio en la comercialización
de seguros. Emitir y comercializar tarjetas
de crédito, de compra y prepagas. Vender y
comercializar, productos on-line por internet
mediante el uso del comercio electrónico, la
Segunda
gestión de documentación de terceros (que
consista en la recepción, transporte, transmi-
sión, entrega, guarda y manejo de documen-
tos, en formato electrónico/ digital y/o físico, y
su proceso de transformación de un formato a
otro), la gestión y administración de productos
y servicios relacionados con la Firma Digital, la
generación, administración y comercialización
de bases de datos, el servicio de consultoría
y asesoramiento en actividades incluidas en el
presente objeto, como así también la gestión y
comercialización de los servicios de “contact
center” y servicios de atención a clientes. A ta-
les efectos, la sociedad podrá constituir filiales
y subsidiarias y participar en otras sociedades
y/o asociaciones, cuyo objeto sea conexo y/o
complementario y/u otorgar franquicias comer-
ciales. Del mismo modo, tendrá plena capaci-
dad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no
le sean prohibidos por las leyes, este Estatuto,
y toda norma que le sea expresamente apli-
cable.” Autorizado según instrumento privado
Autorización para trámites en IGJ de fecha
16/07/2015.
JUAN PABLO D´ERRICO
T°: 95 F°: 524 C.P.A.C.F.
e. 30/07/2015 N° 131264/15 v. 30/07/2015