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N° 131264/15 Aviso del Boletín Oficial

CORREO OFICIAL DE LA REPUBICA

jueves, 30 de julio de 2015

Texto del aviso

CORREO OFICIAL DE LA REPUBICA

ARGENTINA S.A.

Ampliación del objeto social. Modificación del

Artículo 4° del estatuto. Se hace saber que por

Asamblea General Ordinaria del 27/04/2015

se aprobó la ampliación del objeto social de

la empresa y en virtud de dicha aprobación,

se modificó el Artículo 4° del estatuto, el cual

tendrá la siguiente redacción: Artículo 4°: “La

sociedad tendrá por objeto la prestación del

Servicio Público Postal, Telegráfico, Nacional e

Internacional de la República Argentina, para la

admisión, recolección, transporte, transmisión,

y entrega de mensajes, información, fondos,

y bienes dentro de la República Argentina,

y desde la misma hacia el exterior como asi-

mismo desde el exterior hacia la República

Argentina, de acuerdo a las disposiciones que

integran el régimen regulatorio de la actividad

postal, y consecuentemente podrá desarrollar

todas las actividades relacionadas directa o

indirectamente a tal objeto. Tendrá también

por objeto la prestación del servicio electoral.

Esta sociedad funcionará como Correo Oficial

de la República Argentina y en ese carácter

asumirá, en su faz operativa, la representación

del Estado Nacional ante la Unión Postal Uni-

versal, con todas las obligaciones y derechos

inherentes a tal carácter. La sociedad podrá

realizar todas aquellas actividades que resulten

necesarias para el cumplimiento de sus fines y

su objeto social, o bien que sean propias, co-

nexas y/o complementarias a las mismas, tales

como, actividades comerciales, financieras

–con exclusión de las comprendidas en la ley

de entidades financieras- realizar actividades

inmobiliarias, de logística, servicios de comu-

nicaciones, de comunicaciones electrónicas,

prestar servicios de giros, transferencias,

destinos de fondos y servicios afines. Podrá

realizar cobros y pagos por cuenta y orden de

terceros, o a nombre propio, como tarifas, im-

puestos, tasas, contribuciones que estén vin-

culados a entidades públicas o privadas y ser-

vicios públicos o privados. Asimismo, tendrá

como objeto la comercialización de productos

y servicios financieros no bancarios y activida-

des afines. Con fondos propios o realizando

gestiones por cuenta y orden de terceros o

bien en asociación con terceros, podrá actuar

en la gestión y prestación de servicios de lea-

sing y de factoring. Podrá constituirse bajo la

figura de corresponsal no bancario mediante

la autorización legal correspondiente y actuar

como agente institorio en la comercialización

de seguros. Emitir y comercializar tarjetas

de crédito, de compra y prepagas. Vender y

comercializar, productos on-line por internet

mediante el uso del comercio electrónico, la

Segunda

gestión de documentación de terceros (que

consista en la recepción, transporte, transmi-

sión, entrega, guarda y manejo de documen-

tos, en formato electrónico/ digital y/o físico, y

su proceso de transformación de un formato a

otro), la gestión y administración de productos

y servicios relacionados con la Firma Digital, la

generación, administración y comercialización

de bases de datos, el servicio de consultoría

y asesoramiento en actividades incluidas en el

presente objeto, como así también la gestión y

comercialización de los servicios de “contact

center” y servicios de atención a clientes. A ta-

les efectos, la sociedad podrá constituir filiales

y subsidiarias y participar en otras sociedades

y/o asociaciones, cuyo objeto sea conexo y/o

complementario y/u otorgar franquicias comer-

ciales. Del mismo modo, tendrá plena capaci-

dad jurídica para adquirir derechos y contraer

obligaciones y ejercer todos los actos que no

le sean prohibidos por las leyes, este Estatuto,

y toda norma que le sea expresamente apli-

cable.” Autorizado según instrumento privado

Autorización para trámites en IGJ de fecha

16/07/2015.

JUAN PABLO D´ERRICO

T°: 95 F°: 524 C.P.A.C.F.

e. 30/07/2015 N° 131264/15 v. 30/07/2015