N° 132243/15 Aviso del Boletín Oficial
AGROFINA S.A.
Texto del aviso
AGROFINA S.A.
Se hace saber por un día que: (a) en la Asam-
blea General Extraordinaria de Accionistas
del 13/02/2015, se aprobó la creación del
Programa Global de Emisión de Obligaciones
Negociables Simples no convertibles en ac-
ciones, por un monto total en circulación de
hasta U$S 60.000.000 (o su equivalente en
otras monedas) (el “Programa”), cuyos térmi-
nos y condiciones fueron determinados por el
Directorio de misma fecha. (b) Agrofina S.A.
(la “Emisora”) es una sociedad anónima
constituida el 27/12/1978 mediante escritura
pública N° 595 pasada ante el Escribano de
la ciudad de San Fernando, partido del mismo
nombre, Provincia de Buenos Aires, Eduardo
E. Madero, al folio 1.308, del Registro N° 11 a
su cargo, cuyo testimonio fue inscripto en el
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial de Registro el 05/05/ 1980, bajo el
N° 1449, del Libro 95, Tomo A de Sociedades
Anónimas y su duración es de 99 años a partir
de su fecha de inscripción. El estatuto social
ha sido reformado integralmente y se ha apro-
bado un texto ordenado resuelto por Acta de
Asamblea de fecha 04/06/2013, inscripto en la
Inspección General de Justicia el 29/11/2013,
bajo el N° 23712 del Libro 66 de Sociedades
por Acciones. El domicilio legal es Av. Co-
rrientes 123, Piso 8º (C1043AAB) de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Argentina. (c) La
actividad principal de la Emisora es dedicarse,
por cuenta propia o de terceros o asociada a
terceros, dentro y fuera del país, a las siguien-
tes actividades: INVESTIGACION: mediante
el desarrollo de productos químicos y/o rela-
cionados con la biotecnología y de procesos
para la síntesis en la escala industrial. SER-
VICIOS: mediante el desarrollo de ingeniería
de diseño de equipos, montaje, y puesta en
marcha de industrias químicas, organización,
asesoramiento y atención industrial, queda
excluido todo asesoramiento que en virtud de
la materia haya sido reservado a profesionales
con títulos habilitantes según las respectivas
reglamentaciones. INDUSTRIALES: mediante
la producción, procesamiento, terminación,
tratamiento, combinación, mezcla, depura-
ción, envasado, fraccionamiento, síntesis y/o
fabricación de productos químicos y/o rela-
cionados con la biotecnología y la formulación
de materias primas, sustancias y compuestos
relacionados con la industria química en todas
sus formas y aplicaciones. COMERCIALES:
mediante a) la compraventa, importación, ex-
portación, comercialización y distribución de
productos químicos o sus fórmulas; b) el ejer-
cicio de representaciones, comisiones, con-
signaciones, mandatos, agencias y gestiones
de negocios referentes a las actividades co-
merciales del punto a) precedente; c) adquirir,
enajenar, importar y exportar maquinarias e
implementos tecnológicos, sus repuestos y
accesorios. FINANCIERAS: realizar operacio-
nes de crédito en general, con o sin garantías,
sin que implique realizar actividades reguladas
por la ley de Entidades Financieras ni otras
que requieran el concurso público, incluido el
otorgamiento de garantías de cualquier tipo a
favor de sociedades controlantes, controladas
o vinculadas. (d) Al 31 de marzo de 2015 el ca-
pital social de la Emisora es de $ 200.854.000
y su patrimonio neto es de $ 169.476.243. (e)
Las Obligaciones Negociables constituyen
obligaciones negociables simples, no con-
vertibles en acciones bajo la Ley N° 23.576, y
dan derecho a los beneficios establecidos en
la misma y están sujetas a los requisitos de
procedimiento de la misma. Podrán ser emi-
tidas en pesos, en dólares estadounidenses,
en cualquier otra moneda o en más de una
moneda, conforme se especifique en el Su-
plemento de Precio aplicable. El monto total
en circulación será de hasta U$S60.000.000
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(o su equivalente en otras monedas). (f) La
Emisora registra deudas (i) con garantías
reales sobre rodados, equipos industriales y
muebles y útiles a través de contratos de lea-
sing por $ 7.843.204 a favor de CGM Leasing
y Banco Supervielle S.A. e (ii) hipotecas sobre
activos por $ 45.009.030 (g) Las Obligaciones
Negociables podrán constituir Obligaciones
Negociables sin garantía u Obligaciones Ne-
gociables garantizadas, y constituirán obli-
gaciones no subordinadas de la Emisora y,
excepto en la medida que estén subordinadas
de acuerdo con sus términos, calificarán pari
passu y sin ningún tipo de prioridad de pago.
Las Obligaciones Negociables sin garantía y
no subordinadas constituirán obligaciones
directas, incondicionales y no garantizadas
de la Emisora y serán tratadas en todo mo-
mento en igualdad de condiciones entre sí y
con todas las demás obligaciones comunes
presentes y futuras de la Emisora que no se
encuentren garantizadas ni subordinadas, ni
que cuenten con privilegios y/o preferencias
por disposiciones legales. Las Obligaciones
Negociables garantizadas, podrán emitirse
con garantía común con garantía especial o
flotante, o estar avaladas, afianzadas o ga-
rantizadas por cualquier medio que se espe-
cifique en el Suplemento de Precio aplicable
(incluyendo, sin limitación, avales, fianzas o
garantías otorgados por entidades financieras
y/o bancos del exterior, cesiones de créditos
de garantía, prendas y fideicomisos de garan-
tía). (h) Las Obligaciones Negociables que se
emitan en el marco del Programa, tendrán los
plazos y formas de amortización que se fijen
en el correspondiente Suplemento de Precio,
respetando los plazos mínimos y máximos
que resulten aplicables de acuerdo con las
normas vigentes y pudiendo ser emitidas a
corto, mediano y/o largo plazo. Autorizado
según instrumento privado Acta de Directorio
de fecha 13/02/2015.
FELIPE LUIS MARÍA VIDELA
T°: 109 F°: 315 C.P.A.C.F.
e. 03/08/2015 N° 132243/15 v. 03/08/2015