N° 131615/15 Aviso del Boletín Oficial
CAPRI INVERSIONES S.A.
Texto del aviso
CAPRI INVERSIONES S.A.
Por Asamblea del 27/06/2015 se acepta la re-
nuncia del Presidente Francisco José Bosch
DNI: 92.708.023 y del Director Suplente Jorge
Rubén Zabala DNI: 10.328.424, siendo desig-
nados: Presidente: Mariano Gabriel Pantanetti,
03/08/1976, DNI: 24.462.014, empresario, Mon-
roe 4012, Piso 7, Departamento A; Vicepresi-
dente: Ivan Hernando Scherman, 02/07/1977,
DNI: 26.096.247, abogado, Álvarez Thomas
5010, Piso 5, Departamento F; y Director Su-
plente: Marcelo Carlos Markous, 04/01/1977,
DNI: 25.769.392, empresario, Juan Segundo
Fernández 1193, todos argentinos y solteros y
domiciliados en Capital Federal, quienes acep-
tan los cargos conferidos, constituyendo domi-
cilio especial en la sede social Lavalle 1569, piso
3°, oficina 314, Capital Federal. 4) Se reforma
el artículo tercero del Estatuto: Objeto social:
PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini
Secretario
DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
2015
33.184
compraventa de activos muebles, inmuebles,
instrumentos negociables del mercado bursátil,
administración de carteras de inversión en va-
lores negociables y otras inversiones, para su
cuenta propia o para terceros, en el país o en
el exterior, en mercados autorizados o fuera de
ellos; asesorar, ejecutar instrucciones por man-
dato y actuar en representación de terceros en
negocios financieros e inversiones en general,
que no se encuentren regulados por la Ley de
Entidades Financieras o requieran autorización
de un ente público de contralor. Podrá solicitar
la inscripción en el registro de la C.N.V. para
desempeñarse como agente de negociación
para actuar como intermediario en los merca-
dos autorizados por esta Comisión, incluyendo
bajo jurisdicción del Organismo cualquier acti-
vidad que estos realicen en ese marco. También
podrá inscribirse en todas aquellas categorías
y subcategorías habilitadas por la CNV o que
habilite en el futuro. Podrá también garantizar
operaciones propias y de terceros otorgando
avales, fianzas, hipotecas, prendas y cualquier
otro tipo de garantía a tal efecto y realizar toda
clase de actividad anexa, derivada o análoga
que directamente se vincule con este objeto. A
tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones,
ejerciendo todos los actos que no sean pro-
hibidos por las leyes, reglamentos, o por este
Estatuto. Autorizado según instrumento privado
Asamblea de fecha 27/06/2015.
EDUARDO GUSTAVO PLOSKINOS
T°: 175 F°: 144 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 03/08/2015 N° 131615/15 v. 03/08/2015