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N° 132817/15 Aviso del Boletín Oficial

SKANSKA INVERSORA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 6 de agosto de 2015

Texto del aviso

SKANSKA INVERSORA S.A.

Inspección General de Justicia 1.674.692.

Se comunica que por Asamblea Ordinaria

Segunda

y Extraordinaria del 7 de Julio de 2015, se ha

resuelto modificar el Artículo correspondiente

al objeto social, en atención a que la Sociedad

ha decidido prestar servicios de administración,

organización, consultoría, y asesoramiento,

en especial, vinculado a las entidades en las

cuales la Sociedad posee inversiones, para lo

cual, requiere la reforma al Artículo Tercero de

los Estatutos Sociales, a tenor del siguiente

texto: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la

Sociedad será, ya sea por cuenta propia o en

nombre o asociada con terceros, en la Repú-

blica Argentina o en el exterior, la realización

de actividades financieras y operaciones de

inversión, incluyendo el otorgamiento o la toma

de préstamos en moneda local o extranjera,

o de valores de la deuda pública o privada, a

corto, mediano o a largo plazo; la participación

en otras sociedades nacionales o extranjeras,

constituidas o a constituirse y la realización de

aportes de capitales a sociedades nacionales

o extranjeras, constituidas o a constituirse,

pudiendo efectuar aportes financieros; la toma

o el otorgamiento de todo tipo de garantías

personales y reales, gratuitas u onerosas, de

terceros o a favor de éstos; el financiamiento de

operaciones realizadas o a realizarse, así como

la emisión y compraventa de acciones, deben-

tures, obligaciones negociables, y toda otra cla-

se de valores mobiliarios, y papeles de crédito

de cualquiera de los sistemas o modalidades

creados o a crearse y la realización de todo tipo

de inversiones en bienes muebles e inmuebles,

valores mobiliarios, públicos o privados, cotiza-

bles o no. Asimismo, la Sociedad podrá prestar

servicios de administración, organización, con-

sultoría y asesoramiento, a personas físicas y

jurídicas, tanto en el país como en el exterior. Se

exceptúan aquellas operaciones financieras que

requieran el concurso público y las operaciones

que estuvieran previstas en la Ley de Entidades

Financieras N° 21.526. A los fines expuestos,

la Sociedad tiene plena capacidad legal para

adquirir derechos, contraer obligaciones, y rea-

lizar todo acto no prohibido por la ley o por este

Estatuto.”. Christian Fleischer, Abogado, Tomo

35, Folio 832, autorizado por Asamblea del 7 de

Julio de 2015.- Autorizado según instrumento

privado Asamblea de fecha 07/07/2015.

CHRISTIAN FLEISCHER

T°: 35 F°: 832 C.P.A.C.F.

e. 06/08/2015 N° 132817/15 v. 06/08/2015