N° 132914/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 3
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 3
SECRETARÍA N° 6
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge S. Sicoli,
Secretaría Nº 6, a cargo de la Dra. Blanca Gu-
tiérrez Huertas de Silveyra, sito en Av. Callao
Nº 635 -Piso 6º- de Capital Federal, en los autos:
“PISANDELLI ALFREDO ANGEL S/QUIEBRA”
Expte. Nº 38044/2013, comunica por cinco días
que con fecha 26 de Junio de 2015 se decretó
la quiebra de ALFREDO ANGEL PISANDELLI,
D.N.I. Nº 10.269.197, C.U.I.T. 20-10269197-1, con
domicilio en la calle Echeverría 2030, Piso 5º
“B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
La Síndica designada en autos es la contadora
LAURA ADRIANA FISCINA, con domicilio cons-
tituido en la calle Viamonte Nº 1348 -Piso 4º- “E”
de Capital Federal, a quien los acreedores debe-
rán presentar los pedidos de verificación y títulos
justificativos de sus créditos hasta el día 8 de
Octubre de 2015; siendo las fechas de presenta-
ción del informe individual previsto por el art. 35
de la Ley Concursal el día 23 de Noviembre de
2015; y el referido al art. 39 de la Ley Concursal
el día 17 de Febrero de 2016.- Hácese saber al
fallido y a los terceros que deberán hacer en-
trega al síndico de los bienes que posean del
fallido, así como la prohibición de realizar pagos
al mismo, los que serán ineficaces. Se intima al
deudor para que entregue al síndico dentro de
las 24 horas los libros de comercio y demás
documentación relacionada con la contabilidad,
así como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del tri-
bunal, con apercibimiento de tenerlo constituído
en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor
cumplir con los requisitos a los que se refiere el
art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión
al art. 11 inc. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del
mismo texto legal.-
Buenos Aires, 4 de agosto de 2015.-
Jorge Silvio Sicoli juez.
Blanca Gutiérrez Huertas de Silveyra, secretaria.
e. 07/08/2015 N° 132914/15 v. 13/08/2015