N° 132910/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 10
SECRETARÍA N° 19
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo
Chomer, secretaría Nº 19, a cargo del Suscripto,
sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por
cinco días que con fecha 08 de julio de 2015 se
ha decretado la quiebra de Bucarel S.R.L (CUIT
30-70977916-4-), en la cual ha sido designado sín-
dico el contador Roberto Schwartz, con domicilio
constituido en Aranguren N° 3108 Piso 5 Dpto.
“A” Cap. Fed., ante quien los acreedores deberán
presentar las peticiones de verificación y los títulos
pertinentes justificativos de sus créditos hasta el
día 07.10.15 (L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs. El
informe individual del síndico deberá presentarse
el día 19.11.15 y el general el día 05.02.16 (art. 35 y
39 de la citada ley). Intímese al fallido y a terceros
para que pongan a disposición del síndico la tota-
lidad de los bienes del deudor en la forma que sea
más apta para que el funcionario concursal tome
inmediata y segura posesión de los mismos. A los
efectos de la realización de bienes déjese cons-
tancia que no se realizarán más citaciones que la
edictal y que se procederá a la venta en los tér-
minos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio
con inmediata distribución de los fondos entre los
acreedores verificados, sin perjuicio de las reser-
vas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación
definitiva de la fallida y la de sus integrantes por
el plazo de un año contado desde la fecha de la
presente (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intímase
a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros
de comercio y demás documentos relacionados
con su contabilidad al síndico. Intímese al fallido
para que en el plazo de cinco días cumpla con los
requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (confor-
me art. 86). Prohíbase a los terceros hacer pagos al
fallido, los que serán ineficaces. Intímese al fallido
para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio
en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo
por constituido en los términos de los ars. 41 y 133
del CPCCN.
Buenos Aires, 03 de agosto de 2015.
Hector Osvaldo Chomer, juez.
Leandro Sciotti, secretario.
e. 07/08/2015 N° 132910/15 v. 13/08/2015