W20 Argentina W20Argentina

N° 133980/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 22

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 12 de agosto de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 22

SECRETARÍA N° 44

El Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Comercial Nº 22 a cargo de la Dra. Margarita Braga,

Secretaría Nº 44, a mi cargo, sito en Marcelo T de Alvear 1840 piso 3° CABA, hace saber por dos

días en los autos: “FERNANDEZ GARCIA HUGO S/QUIEBRA” (Expte. Nº 56077/1993), que el mar-

tillero Osvaldo J. Posada Aznar (CUIT 23-04386199-9), rematará el 1° de septiembre de 2015, a las

10:15 hs, en la Oficina de Subastas Judiciales sita en Jean Jaures 545 CABA el 100% del inmueble

sito en MAGALLANES 1075/1077 CABA, ocupado sin título alguno por el Sr. Andrés Montero y flia,

quienes fueron notificados que deberán proceder al desalojo dentro de los 30 días de aprobada

la subasta. Nomenclatura Catastral: Circ. 4-Sec. 10-Mz. 95-Parc. 13, Matrícula 403766. Consta de

un pasillo por el que se accede a los fondos del inmueble, observándose una construcción pre-

caria en chapa y madera, en altura sobre puntales de madera, habitaciones y en la parte baja un

baño y cocina precarias, habitada por el ocupante con señales de abandono de larga data existe

una edificación en mampostería, en dos plantas, aberturas metálicas, techo un sector con chapa

acanalada parabólica, todo en regular estado de conservación. CONDICIONES DE VENTA: BASE

$ 500.000, en efectivo al contado y al mejor postor, Seña 30%, Comisión 3%, Acordada CSJN

24/00, del 0,25%. Las deudas que registre el inmueble con anterioridad al decreto de quiebra, de-

berán verificarse en los términos del Art. 32 LCQ, las posteriores al decreto de quiebra revestirán

el carácter de gastos del concurso (art. 240 LCQ) y al comprador sólo le serán exigibles las deudas

que se hubieren devengado con posterioridad a la toma de posesión del inmueble. Los gastos que

demande la transferencia del bien y su escrituración serán a cargo del comprador. No se admite

la compra en comisión, ni la cesión del boleto de compraventa, estando obligado el martillero a

requerir en el mismo acto de subasta la exhibición de quien actuare invocando poder, debiendo

proseguir sin más trámite y demora con el remate para el caso de que el mismo no le sea exhibido

antes de adjudicar. El comprador deberá proceder a escriturar el bien a su nombre dentro de los

30 días de aprobada la subasta, bajo apercibimiento de astreintes. El saldo de precio deberá

ingresarse en la cuenta de autos en el Banco Ciudad Suc. Tribunales, bajo apercibimiento de de-

clararlo postor remiso (Art. 584 CPCCN). Exhibición: podrá visitarse libremente. Consultar demás

condiciones en el expediente. MARGARITA ROSARIO BRAGA Juez - PABLO CARO SECRETARIO.

e. 11/08/2015 N° 133980/15 v. 12/08/2015