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N° 135889/15 Aviso del Boletín Oficial

COMMON MEDIA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 18 de agosto de 2015

Texto del aviso

COMMON MEDIA S.R.L.

Constitución: 1) Rodrigo Javier VARELA CO-

LETTA, DNI 33.004.761, 23/03/87, Realizador

Audiovisual, Esmeralda 1994 de Florida, Partido

Vicente López y Enzo Emilio Juliano STERPO-

SO, DNI 29.695.727, 07/09/82, Diseñador, Alsina

1246 piso 2° Dpto. C de San Fernando; ambos

argentinos, solteros, de Prov. Bs. Aires 2) Acto

Privado del 22/06/15. 3) COMMON MEDIA

S.R.L. 4) Av. Brasil 935 piso 3 Dpto. “C” CABA.

5) a) La producción, desarrollo y realización de

procesos de generación de todo tipo de imáge-

nes, en dos, tres o más dimensiones, animadas

o fijas, basadas o no en un modelo, una matriz

preliminar o sin modelización preliminar, o cual-

quier otra. b) La investigación, enseñanza, difu-

sión y promoción de la cultura, el arte, las imá-

genes y el diseño en todos sus aspectos, con

fines comerciales, en todo tipo de medios. La

organización, desarrollo, producción, promo-

ción y explotación de eventos relacionados con

la cultura, las imágenes, el arte y el diseño. c)

La importación, exportación y comercialización

de toda clase de bienes relacionados con su

objeto. d) La realización de todo tipo de manda-

tos, comisiones, servicios y representaciones,

de marcas, licencias y productos, relacionados

con su objeto. Cuando así lo exijan las normas

aplicables, las actividades descriptas serán

prestadas a través de profesionales con título

habilitante, debidamente matriculados. 6) 99

Años. 7) $ 40.000,= 8) Gerente: Rodrigo Javier

VARELA COLETTA, con domicilio especial en la

Sede Social. 9) Gerencia: Uno ó más socios ó

no, Indistintamente, a) Los Socios por Termino

Social; b) Los no socios por 3 años. Pueden de-

signar Suplentes. 10) 30/04. Autorizado según

instrumento privado Acto Constitutivo de fecha

22/06/2015

JORGE NATALIO KLEINER

Habilitado D.N.R.O. N° 1848

e. 18/08/2015 N° 135889/15 v. 18/08/2015