N° 135569/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 23
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 23
SECRETARÍA N° 46
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Co-
mercial Nro. 23 a cargo de la Dra. Vivian Fernández
Garello de Dieuzeide, Secretaría Nro. 46 a cargo de
la Dra. Aimara Di Nardo, sito en la calle Marcelo T.
de Alvear 1840, PBP, de Capital Federal, comunica
por cinco días que se ha decretado el 11.05.2015
la quiebra de CONFFUSSION S.A., CUIT 30-
70823982-4. Síndico designado: Diego Germán
Tulio Pugliese, con domicilio constituido en la calle
Viamonte 1636, Piso 3ero. “A”, Capital Federal, a
donde los señores acreedores deberán presentar
sus títulos justificativos hasta el día 04.11.2015
(atención: lunes a viernes de 12 a 18hs. – TEL
4374-9216). Presentación art. 35 y 39 de la L.C.Q.
los días 22.12.2015 y 07.03.2016 respectivamente.
Intimase a la fallida, sus administradores y terceros
para que dentro de quinto día, entreguen o pongan
a disposición del síndico la totalidad de los bienes
de la deudora. Intimase a la fallida para que en el
plazo de cinco días cumpla con los requisitos de la
LC: 11 - incs. 1 a 7 y 86 y para que dentro de las 24
horas entregue al síndico los libros de comercio y
demás documentación relacionada con la conta-
bilidad. Intímase a la fallida y administradores para
que dentro de las 48 horas, constituyan domicilio
en jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento
de notificar las sucesivas resoluciones por el cpr:
133 (cpr: 41). Prohíbese a los terceros hacer pagos
a la fallida, los que serán ineficaces. El plazo para
formular impugnaciones y observaciones ante el
síndico vence el día 19.11.2015 y podrán contestar
las que se hubieren formulado, también ante la
sindicatura, hasta el día 04.12.2015 (art. 34 LCQ).-
La resolución judicial relativa a los alcances y pro-
cedencia de los créditos insinuados (Art. 36) será
dictada -a más tardar- el día 08.02.2016. Vivian
Fernández Garello de Dieuzeide Juez - Aimara Di
Nardo Secretaria
e. 18/08/2015 Nº 135569/15 v. 24/08/2015