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N° 136582/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES lunes, 24 de agosto de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECO-

NÓMICO N° 3, a cargo del Dr. Rafael CAPU-

TO, Secretaría N° 5 a cargo de la Dra. Sandra

Viviana GOÑI, se sirva a notificar en el marco

del expediente N° 1736/13 “PHARMATRESS

S.R.L.; GARCIA BRAGA, Carlos s/ inf. ley

16.463” a DISTRIBUIDORA DISPOLAB S.A. (EX

PHARMATRESS S.R.L.) que el día 14 de agosto

de 2015 se resolvió: “1°) Con fecha 01/10/13,

por intermedio de la disposición N° 6075 de

la Administración Nacional de Medicamentos,

Alimentos y Tecnología Médica se dispuso im-

poner “…a la firma PHARMATRESS S.R.L. con

domicilio en la calle Pedro Ignacio Rivera 5084,

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una multa

de PESOS CINCUENTA MIL CIEN ($ 50.100-)

por haber infringido los artículos 3 y 4 de la Dis-

posición ANMAT N° 1108/99, los puntos 6 y 10

del Anexo I la Disposición ANMAT N° 3478/05 y

los ítems 11.12, 11.26 y 11.14 de la Disposición

ANMAT N° 1107/99…” (ver fs. 132/145).A fs.

150, se notificó a PHARMATRESS S.R.L. de la

resolución aludida por el párrafo que antecede,

al domicilio de la calle Pedro Ignacio Rivera

5084, de esta Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. 2°) A fs. 152/159 vta., con fecha 15/10/13,

Sandra FRAZZETO, en su carácter de apodera-

da de PHARMATRESS S.R.L. interpuso recuso

de apelación, en los términos del art. 21 de la

ley 16.463, contra la resolución mencionada

por el punto que antecede, motivo por el cual

las presentes actuaciones fueron remitidas a la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal

Económico para el sorteo respectivo, y resultó

sorteado este juzgado (fs. 165).3°) Con fecha

10/12/13, este juzgado resolvió “…DESIGNAR

a los fines previstos por el artículo 454 del Có-

digo Procesal Penal de la Nación, la audiencia

del día 12 de marzo de 2014 a las 10 horas…”

(ver fs. 166/167).4°) Con fecha 25/02/14 (ver fs.

179) este juzgado tuvo por renunciado al Dr.

Néstor SHIROMA como letrado defensor de

PHARMATRESS S.R.L. y, asimismo, se intimó

al representante legal de aquella sociedad a

que realice la propuesta de un letrado defensor

de su confianza, dentro del plazo de tres días

de notificado. Aquella intimación se realizó por

cédulas y por télex al domicilio denunciado en

sede administrativa (Dr. Pedro Ignacio Rivera

N° 5084, de esta Ciudad Autónoma de Buenos

Aires), las cuales arrojaron resultado negativo

(199/200 y 221 vta.).

5°) A fs. 204 este juzgado le solicitó a la

A.N.M.A.T. que informe a este juzgado el domi-

cilio que pudiera registrar ante aquella entidad

la sociedad investigada. La A.N.M.A.T., a fs. 213

hizo saber que PHARMATRESS realizó, con fe-

cha 16/06/10, el cambio de razón social a favor

de DISTRIBUIDORA DISPOLAB FARMACÉU-

TICA S.A. y esa nueva sociedad habría cons-

tituido domicilio en la calle Dr. Pedro L. Rivera

N° 5084 de esta ciudad. A fs. 240, este juzgado,

le requirió a la A.F.I.P/D.G.I y a la Inspección Ge-

neral de Justicia que informaran todos los datos

que pudieran registrar en aquellas dependen-

cias PHARMATRESS S.R.L. y DISTRIBUIDORA

DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A.

En este marco, la D.G.I. hizo saber que en

aquella dirección no se registran contribu-

yentes con la denominación PHARMATRESS

y que DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A. re-

gistraría domicilios en la calle Pedro Rivera

N° 5084 de esta ciudad y en la calle Amanda

Allem N° 421 de Hurlingham, provincia de

Buenos Aires. Por otra parte, la Inspección

General de Justicia, a fs. 308/339, informó que

PHARMATRESS S.R.L., se habría transforma-

do, con fecha 12/08/08 –fs. 319-, en DISTRI-

BUIDORA DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A..

Con la información surgida por los informes

mencionados por el párrafo que antecede, se

intimó al representante legal DISTRIBUIDORA

DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A. (ex PHAR-

MATRESS S.R.L.) en los términos dispuestos

a fs. 179 (ver también fs. 340/342).En este

marco, la Policía Federal Argentina informó

que en el domicilio de la calle Amanda Allem

N° 421 de Hurlingham, provincia de Buenos

Aires, nunca habría funcionado las socieda-

des mencionadas precedentemente, pero la

persona que vive en aquel domicilio “…co-

noce al dueño de la citada, quien sería el Sr.

Alejandro LOPEZ IGLESIAS y se domiciliaría

en 11 de Septiembre N° 2819, C.A.B.A….”

(ver informe de fs. 345).En consecuencia, a

fs. 346 se intimó al nombrado IGLESIAS a

que comparezca ante este juzgado. 6°) Con

fecha 06/05/15 (ver fs. 365/365 vta.) Alejan-

dro LOPEZ IGLESIAS compareció a prestar

Sección

BOLETIN

declaración testimonial y manifestó que “…

tuve el cargo de socio-gerente de PHARMA-

TRESS S.R.L. desde el 08/09/04 al 18/08/06.

En esa fecha vendimos la S.R.L. y el fondo de

comercio a Santiago Antonio KELLY y a Luis

René Urbina SALINAS…” (ver asimismo fs.

314/317).7°) En consecuencia, se intimó me-

diante cédulas a los representantes de PHAR-

MATRESS S.R.L., Luis René Urbina SALINAS

y Santiago Antonio KELLY, a que realicen la

propuesta de un defensor de su confianza, las

cuales arrojaron resultado negativo (367/370

vta.) 8°) Por lo expuesto por los puntos que

anteceden, ante el no hallazgo de la socie-

dad imputada, notifíquese a DISTRIBUIDORA

DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A. (EX PHAR-

MATRESS S.R.L.) que a los fines previstos por

el art. 454 del Código Procesal Penal de la Na-

ción, se designa la audiencia del próximo 15 de

setiembre de 2015 a las 10 horas. Se hará saber

además que de conformidad con lo dispuesto

por resolución de Superitendencia N° 75 dicta-

da por la Cámara Nacional de Apelaciones en

lo Penal Económico en pleno el 27/08/08, las

partes podrán presentar un memorial escrito

con el que quedarán eximidas de comparecer

a la audiencia y se entenderá que consideran

suficientemente expuestas y fundamentadas

sus postulaciones sin necesidad de otras

aclaraciones ni réplicas. Para proceder de esa

manera deberán 1°) comunicar su opción al

tribunal dentro de los tres días de notificada

la presente; 2°) presentar el memorial, que

quedará reservado en secretaría, con antici-

pación a la audiencia fijada en cuya ocasión se

procederá incorporarlos a los autos. En con-

secuencia, líbrese oficio electrónico al Boletín

Oficial, a fin de que se publiquen edictos por el

término de cinco (5) días (art. 150 del C.P.P.N.).

FDO. RAFAEL CAPUTO. JUEZ. ANTE MI. SAN-

DRA GOÑI. SECRETARIA.” RAFAEL CAPUTO

Juez - SANDRA GOÑI SECRETARIA

e. 21/08/2015 N° 136582/15 v. 27/08/2015