N° 138131/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN N° 1
Texto del aviso
JUZGADO DE GARANTÍAS DEL JOVEN N° 1
SECRETARÍA ÚNICA
DOLORES
Juzgado de Garantías del Joven N° 1, Depar-
tamento Judicial de Dolores, a cargo de la
Dra. María Fernanda Hachmann sito en Calle
Pellegrini N° 19 de esta localidad, Secretaria
Única de la Dra. Agustina Franco, en autos
caratulados “Benitez Colman, Oscar Nicolas s/
Hurto - Art. 162” correspondiente a la Carpe-
ta de Causa N° 45/9 de trámite por ante este
Juzgado, NOTIFICA a Benitez Colman, Oscar
Nicolas nacido el día 15 de septiembre de 1992,
con DNI N° 37.098.990 con ultimo domicilio en
la Calle Humberto Primo N° 1918 de Capital
Federal que en fecha 3 de Febrero de 2009 V.S
ha dispuesto “//Lores 3 de Febrero de 2009...
RESUELVO:- 1°).- DECLARAR AL MENOR BE-
NITEZ COLMAN, OSCAR NICOLÁS, nacido el
15 de septiembre de 1992, en Capital Federal,
con Documento N° 37.098.990, hijo de Vicenta
Colman Martinez y de Oscar Dionisio Benitez
con domicilio en Humberto Primo N° 1918 de
Capital federal, NO PUNIBLE, SOBRESEYEN-
DOLO DEFINITIVAMENTE en la presente causa
N° 00045-09, Caratulada “BENITEZ COLMAN,
Oscar Nicolás S/ Hurto en Villa Gesell”, de trá-
mite ante este Juzgado de Garantías del Joven
N° 1 del Departamento Judicial Dolores, NO
SOMETIENDO AL MISMO A PROCESO PE-
NAL.- 2°).- Declarar que la formación de la pre-
sente causa NO AFECTA SU BUEN NOMBRE.-
3°).- Encontrándose el menor bajo responsabili-
dad de persona mayor responsable y no siendo
del caso dar intervención a los organismos de
aplicación establecidos en la ley 13.298 y su
respectivo decreto reglamentario, POR NO
REGISTRAR EL MENOR ANTECEDENTES PE-
NALES, cesar definitivamente la intervención
del Juzgado en el marco de la presente causa.
4) Hacer saber al representante del Ministerio
Público Fiscal los cuestionamientos vertidos
en este resolutorio en cuanto a la modalidad en
que ambos jóvenes fueran aprehendidos, ello
en aras al principio de objetividad que debe de
regir en el ámbito de la función del Ministerio
Público Fiscal, y en especial en aras del interés
superior del niño.- NOTIFIQUESE AL SEÑOR
AGENTE FISCAL Y DEFENSOR.- LIBRESE
OFICIO A COMISARIA PARA NOTIFICAR AL
MENOR Y PERSONA RESPONSABLE- REGÍS-
TRESE.- FECHO, ARCHÍVESE LA CAUSA SIN
MAS TRÁMITE.- DEVUELVASE LA IPP ANTE EL
SR. AGENTE FISCAL A SUS EFECTOS.- “Fdo:
María Fernanda Hachmann. Juez de Garantías
del Joven N° 1 Dolores.-
Ante mi.-
Dolores Ochoaizpuro - Auxiliar Letrada - Juzga-
do de Garantías del Joven N° 1 – Depto. JUDI-
CIAL DOLORES.
e. 25/08/2015 N° 138131/15 v. 31/08/2015