W20 Argentina W20Argentina

N° 136582/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 26 de agosto de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECO-

NÓMICO N° 3, a cargo del Dr. Rafael CAPU-

TO, Secretaría N° 5 a cargo de la Dra. Sandra

Viviana GOÑI, se sirva a notificar en el marco

del expediente N° 1736/13 “PHARMATRESS

S.R.L.; GARCIA BRAGA, Carlos s/ inf. ley

16.463” a DISTRIBUIDORA DISPOLAB S.A. (EX

PHARMATRESS S.R.L.) que el día 14 de agosto

de 2015 se resolvió: “1°) Con fecha 01/10/13,

por intermedio de la disposición N° 6075 de

la Administración Nacional de Medicamentos,

Alimentos y Tecnología Médica se dispuso im-

poner “…a la firma PHARMATRESS S.R.L. con

domicilio en la calle Pedro Ignacio Rivera 5084,

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una multa

de PESOS CINCUENTA MIL CIEN ($ 50.100-)

por haber infringido los artículos 3 y 4 de la Dis-

posición ANMAT N° 1108/99, los puntos 6 y 10

del Anexo I la Disposición ANMAT N° 3478/05 y

los ítems 11.12, 11.26 y 11.14 de la Disposición

ANMAT N° 1107/99…” (ver fs. 132/145).A fs.

150, se notificó a PHARMATRESS S.R.L. de la

resolución aludida por el párrafo que antecede,

al domicilio de la calle Pedro Ignacio Rivera

5084, de esta Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. 2°) A fs. 152/159 vta., con fecha 15/10/13,

Sandra FRAZZETO, en su carácter de apodera-

da de PHARMATRESS S.R.L. interpuso recuso

de apelación, en los términos del art. 21 de la

ley 16.463, contra la resolución mencionada

por el punto que antecede, motivo por el cual

las presentes actuaciones fueron remitidas a la

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal

Económico para el sorteo respectivo, y resultó

sorteado este juzgado (fs. 165).3°) Con fecha

10/12/13, este juzgado resolvió “…DESIGNAR

a los fines previstos por el artículo 454 del Có-

digo Procesal Penal de la Nación, la audiencia

del día 12 de marzo de 2014 a las 10 horas…”

(ver fs. 166/167).4°) Con fecha 25/02/14 (ver fs.

179) este juzgado tuvo por renunciado al Dr.

Néstor SHIROMA como letrado defensor de

PHARMATRESS S.R.L. y, asimismo, se intimó

al representante legal de aquella sociedad a

que realice la propuesta de un letrado defensor

de su confianza, dentro del plazo de tres días

de notificado. Aquella intimación se realizó por

cédulas y por télex al domicilio denunciado en

sede administrativa (Dr. Pedro Ignacio Rivera

N° 5084, de esta Ciudad Autónoma de Buenos

Aires), las cuales arrojaron resultado negativo

(199/200 y 221 vta.).

Sección

BOLETIN

5°) A fs. 204 este juzgado le solicitó a la

A.N.M.A.T. que informe a este juzgado el domi-

cilio que pudiera registrar ante aquella entidad

la sociedad investigada. La A.N.M.A.T., a fs. 213

hizo saber que PHARMATRESS realizó, con fe-

cha 16/06/10, el cambio de razón social a favor

de DISTRIBUIDORA DISPOLAB FARMACÉU-

TICA S.A. y esa nueva sociedad habría cons-

tituido domicilio en la calle Dr. Pedro L. Rivera

N° 5084 de esta ciudad. A fs. 240, este juzgado,

le requirió a la A.F.I.P/D.G.I y a la Inspección Ge-

neral de Justicia que informaran todos los datos

que pudieran registrar en aquellas dependen-

cias PHARMATRESS S.R.L. y DISTRIBUIDORA

DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A.

En este marco, la D.G.I. hizo saber que en aquella

dirección no se registran contribuyentes con la

denominación PHARMATRESS y que DISPOLAB

FARMACÉUTICA S.A. registraría domicilios en la

calle Pedro Rivera N° 5084 de esta ciudad y en la

calle Amanda Allem N° 421 de Hurlingham, pro-

vincia de Buenos Aires. Por otra parte, la Inspec-

ción General de Justicia, a fs. 308/339, informó

que PHARMATRESS S.R.L., se habría transfor-

mado, con fecha 12/08/08 –fs. 319-, en DISTRI-

BUIDORA DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A..Con

la información surgida por los informes mencio-

nados por el párrafo que antecede, se intimó al

representante legal DISTRIBUIDORA DISPO-

LAB FARMACÉUTICA S.A. (ex PHARMATRESS

S.R.L.) en los términos dispuestos a fs. 179 (ver

también fs. 340/342).En este marco, la Policía Fe-

deral Argentina informó que en el domicilio de la

calle Amanda Allem N° 421 de Hurlingham, pro-

vincia de Buenos Aires, nunca habría funcionado

las sociedades mencionadas precedentemente,

pero la persona que vive en aquel domicilio “…

conoce al dueño de la citada, quien sería el Sr.

Alejandro LOPEZ IGLESIAS y se domiciliaría

en 11 de Septiembre N° 2819, C.A.B.A….” (ver

informe de fs. 345).En consecuencia, a fs. 346

se intimó al nombrado IGLESIAS a que compa-

rezca ante este juzgado. 6°) Con fecha 06/05/15

(ver fs. 365/365 vta.) Alejandro LOPEZ IGLESIAS

compareció a prestar declaración testimonial y

manifestó que “…tuve el cargo de socio-gerente

de PHARMATRESS S.R.L. desde el 08/09/04 al

18/08/06. En esa fecha vendimos la S.R.L. y el

fondo de comercio a Santiago Antonio KELLY y

a Luis René Urbina SALINAS…” (ver asimismo fs.

314/317).7°) En consecuencia, se intimó mediante

cédulas a los representantes de PHARMATRESS

S.R.L., Luis René Urbina SALINAS y Santiago

Antonio KELLY, a que realicen la propuesta de un

defensor de su confianza, las cuales arrojaron re-

sultado negativo (367/370 vta.) 8°) Por lo expuesto

por los puntos que anteceden, ante el no hallazgo

de la sociedad imputada, notifíquese a DISTRI-

BUIDORA DISPOLAB FARMACÉUTICA S.A. (EX

PHARMATRESS S.R.L.) que a los fines previstos

por el art. 454 del Código Procesal Penal de la

Nación, se designa la audiencia del próximo 15

de setiembre de 2015 a las 10 horas. Se hará

saber además que de conformidad con lo dis-

puesto por resolución de Superitendencia N° 75

dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones

en lo Penal Económico en pleno el 27/08/08, las

partes podrán presentar un memorial escrito con

el que quedarán eximidas de comparecer a la au-

diencia y se entenderá que consideran suficien-

temente expuestas y fundamentadas sus postu-

laciones sin necesidad de otras aclaraciones ni

réplicas. Para proceder de esa manera deberán

1°) comunicar su opción al tribunal dentro de los

tres días de notificada la presente; 2°) presentar

el memorial, que quedará reservado en secreta-

ría, con anticipación a la audiencia fijada en cuya

ocasión se procederá incorporarlos a los autos.

En consecuencia, líbrese oficio electrónico al Bo-

letín Oficial, a fin de que se publiquen edictos por

el término de cinco (5) días (art. 150 del C.P.P.N.).

FDO. RAFAEL CAPUTO. JUEZ. ANTE MI. SAN-

DRA GOÑI. SECRETARIA.” RAFAEL CAPUTO

Juez - SANDRA GOÑI SECRETARIA

e. 21/08/2015 N° 136582/15 v. 27/08/2015