N° 142138/15 Aviso del Boletín Oficial
BANCO ITAU ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
BANCO ITAU ARGENTINA S.A.
Ciudad Autónoma de Buenos Ai-
res, 01 de Septiembre de 2015.
Banco Itaú Argentina S.A. como Liquidador del
Fondo Fiduciario Decreto N° 558/08
Se comunica que según lo dispuesto en el ar-
tículo 91 de la Ley N° 27.078 Argentina Digital,
que derogó el Decreto N° 558 de fecha 3 de abril
de 2008, se tuvo por configurado el "Supues-
to de Extinción" previsto en la Cláusula 11.1,
inciso c) del Fideicomiso de Administración
"Fondo Fiduciario Servicio Universal Decreto
N° 558/08" ("Fideicomiso en Liquidación").
El artículo 91 de la Ley N° 27.078 Argen-
tina Digital establece "que en virtud de lo
dispuesto por las Cláusulas 11.1 y 11.2 del
Contrato de Fideicomiso de Administración
del Fondo Fiduciario del Servicio Universal
decreto 558/08, los recursos del mismo pre-
vistos en el artículo 8° del Anexo III del de-
creto 764/00 y sus modificatorios quedarán
integrados al Fondo del Servicio Universal
creado por artículo 21 de la presente ley, en
las condiciones que determine la Autoridad
de Aplicación".
Esta circunstancia fue notificada al Banco
ltaú Argentina S.A. (el "Fiduciario") por la
Jueves 3 de septiembre de 2015
Autoridad Federal de Tecnologías de la In-
formación y las Comunicaciones ("AFTIC")
mediante la Nota AFTIC N° 28 de fecha 28 de
julio de 2015. En esta Nota se instruyó al Fiducia-
rio a liquidar el Fideicomiso en Liquidación y a no
renovar ningún plazo fijo. Asimismo, se instruyó
al Fiduciario a mantener "los fondos correspon-
dientes al Patrimonio Fideicomitido en la Cuenta
Recaudadora Fiduciaria hasta recibir una nueva
instrucción".
Mediante la Nota AFTIC N° 51 de fecha 20 de
agosto de 2015 la AFTIC instruyó al Fiduciario a
transferir la totalidad de los fondos disponibles en
el Fideicomiso en Liquidación a Nación Fideico-
misos S.A. En cumplimiento de esta instrucción,
el Fiduciario comenzó transferir los fondos el día
31 de agosto de 2015.
En función de lo informado en la Nota AFTIC
N° 51 de fecha 20 de agosto de 2015, Nación Fi-
deicomisos S.A. administrará el Fondo Fiduciario
del Servicio Universal creado por el artículo 21 de
la Ley N° 27.078 Argentina Digital, en carácter de
fiduciario.
Se comunica a los prestadores de servicios de
telecomunicaciones obligados a efectuar el apor-
te de inversión al Fondo Fiduciario del Servicio
Universal en virtud de lo dispuesto en el Decreto
N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y sus
modificatorios, que en virtud de lo dispuesto en la
Nota AFTIC N° 51 de fecha 20 de agosto de 2015,
a partir del 1 de septiembre de 2015 no se permiti-
rá el depósito de nuevos fondos en el Fideicomiso
en Liquidación.
Hernan Visconti DNI: 21656793 Apoderado de:
Banco Itaú Argentina S.A. No a título personal
sino en su carácter de Liquidador bajo el Contrato
de fideicomiso de administración Fondo Fiducia-
rio Servicio Universal Decreto N° 558/08 Poder
General de Administracion, Escritura ochocientos
noventa y seis Del 26 de Mayo de 2014
Pablo Daniel Abrahamowicz DNI: 22452638 Apo-
derado de: Banco Itaú Argentina S.A. No a título
personal sino en su carácter de Liquidador bajo el
Contrato de fideicomiso de administración Fondo
Fiduciario Servicio Universal Decreto N° 558/08
Poder General de Administracion, Escrituras ocho-
cientos noventa y seis Del 26 de Mayo de 2014
Certificación emitida por: J. P. Lazarus del Cas-
tillo. Nº Registro: 15. Nº Matrícula: 5243. Fecha:
01/09/2015. Nº Acta: 074. N° Libro: 064.
e. 02/09/2015 N° 142138/15 v. 03/09/2015