N° 143881/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 45
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 45
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Civil Nº 45 a cargo de la Dra. Marisa S. Sorini,
Secretaria única a cargo de la Dra. Andrea A.
Imatz, sito en Av. de los Inmigrantes N° 1950,
Piso 4º de Capital Federal., comunica por DOS
DIAS en autos "NOVELLI VIRGINIA ADA c/
ELIAS Y NOGUEIRA ELSA NOEMI Y OTROS S/
FIJACIÓN Y/O COBRO DE VALOR LOCATIVO"
(Exp. N° 59.818 /2002), que el Martillero Alfredo
Antelo D.N.I. N° 13.802.410, rematará el día 23
de Septiembre del 2015 a las 10.00 hs en el sa-
lón de ventas de la calle Jean Jaurés N° 545 de
Capital Federal, la parte indivisa en cabeza de
las demandadas Elsa Noemí Elías y Nogueyra,
Ángeles Carmen Elías y Nogueyra y Susana
Beatriz Elías y Nogueyra todas del inmueble
ubicado en CANNING Nº 2083/5/7 entre Pa-
raguay y Guatemala; Unidad 1, Piso P.B. N.C.:
Circ. 18, Secc. 19 Manz. 115 Parc. 9 Matrícula
18-2179/1 de Capital Federal. Sup. Total 24,66
m2. Porcentual 1 con 14 centésimos. El inmue-
ble se encuentra ocupado por Elías Elsa Noemí,
manifestando hacerlo en carácter de copropie-
taria y se trata de un Local Comercial ubicado al
frente de la Av. Scalabrini Ortiz con baño y patio
al contrafrente en el que funciona un Kiosco
todo en regular estado de conservación. Deu-
das: AYSA: sin deuda, al 27/05/15 (fs. 722/723),
Aguas Arg.: Sin Deuda al 22/06/15 (fs. 726),
OSN: Sin Deuda al 26/05/15 (fs. 709/711), Ren-
tas: GCBA Sin Deuda al 27/05/15 (Fs. 712/720);
Expensas: Sin Deuda al 18/03/14 (fs. 574). La
venta se realiza "Ad Corpus", AL CONTADO Y
AL MEJOR POSTOR. BASE $ 600.000=. Seña
30%, Comisión 3% más I.V.A., Arancel Ac.
10/99 CSJN. 0,25%, Sellado de Ley. Dentro de
los cinco días de aprobado el remate el com-
prador deberá depositar el importe del saldo de
precio que corresponda abonar al contado en
el Banco de la Nación Argentina Sucursal Tribu-
nales a la orden de la Juez y como pertenecien-
tes a estos autos. No corresponde la compra
en Comisión en virtud de lo normado por el
art. 598 inc. 7 CPCC. No resulta procedente la
compra por medio de poder otorgado en el mis-
mo día de la subasta, ni la cesión del boleto de
compraventa por considerar la Suscripta que
ello importa una compra en comisión encubier-
ta. Asimismo deberá el martillero anunciar de
viva voz el nombre del poderdante en caso de
invocase un poder. Exhibición: Día 18 de Sep-
tiembre del 2015 en el horario de 12,30 a 15,30
hs. Buenos Aires, de SEPTIEMBRE de 2015.-
MARISA S. SORINI Juez - ANDREA A IMATZ
SECRETARIA
e. 11/09/2015 N° 143881/15 v. 14/09/2015