N° 145924/15 Aviso del Boletín Oficial
EMDELA INC. S.A.
Texto del aviso
EMDELA INC. S.A.
Por Acta de Directorio de fecha 03/08/2015
y Acta de Asamblea General Extraordinaria
Unánime de fecha 12/08/2015, se resolvió mo-
dificar los Artículos 8º y 11º de los estatutos
sociales por los siguientes: “Artículo Octavo:
La Dirección y Administración de la sociedad
estará cargo del Directorio, integrado por uno
a siete titulares, pudiendo la asamblea elegir
igual o menor número de suplentes, los que se
incorporaran al directorio por el orden de De-
signación. Mientras la Sociedad prescinda de la
sindicatura, la elección por la Asamblea de uno
o más Directores suplentes será obligatoria. El
término de su elección es de TRES ejercicios.
La asamblea fijará el número de Directores, así
como su remuneración. El Directorio cesionará
con la mayoría absoluta de sus integrantes y re-
suelve por mayoría de votos presentes, en caso
de empate, el Presidente desempatará votando
nuevamente. En su primera reunión designará
un Presidente, pudiendo en caso de pluralidad
de titulares, designar un Vice-Presidente, que
suplirá al primero en su ausencia o impedimen-
to. Los directores titulares deberán depositar la
suma de $ 10.000 o su equivalente en moneda
extranjera, bonos o títulos públicos por su va-
lor nominal, en garantía del fiel cumplimiento
de sus funciones. El depósito de estos valores
deberá ser efectuado en entidades financieras
o cajas de valores a la orden de la Sociedad.
Esta garantía también podrá ser constituida
mediante fianza o avales bancarios o seguros
de caución o de responsabilidad civil a favor
de la Sociedad, a los fines del cumplimiento a
lo previsto en el Artículo 256 “in fine” de la Ley
de Sociedades Comerciales. El Directorio tiene
amplias facultades de administración y Dispo-
sición, incluso las que requieran poderes espe-
ciales, a tenor del artículo 1881 del Código Civil
y del artículo noveno del Decreto Ley 5965/63.
Podrá operar con toda clase de bancos, com-
pañías financieras o entidades crediticias ofi-
ciales o privadas; dar y revocar poderes espe-
ciales y generales, judiciales, de administración
u otros con o sin facultad para sustituir; iniciar,
proseguir, contestar o desistir denuncias o que-
rellas penales y realizar todo otro hecho o acto
jurídico que haga adquirir derechos o contraer
obligaciones a la sociedad. La representación
de la sociedad corresponde al Presidente del
Directorio o al Vice-Presidente, en su caso.” y
“Artículo Décimo Primero: El cierre del ejercicio
social operará al día 31 de marzo de cada año,
a cuya fecha se confeccionarán los estados
contables de acuerdo a las disposiciones lega-
les reglamentarias y técnicas en vigencia. Las
ganancias realizadas y líquidas se destinarán: 1)
El 5%, hasta alcanzar el 20% del Capital Social,
al Fondo de Reserva Legal; 2) A remuneración
del Directorio y Sindicatura, en su caso. El sal-
do tendrá el destino que decida la Asamblea.
Los dividendos serán pagados en proporción
a las respectivas integraciones, dentro del año
de su sanción”. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 507 de fecha 17/12/2010 Reg.
Nº 1222
Eleazar Christian Melendez - T°: 50 F°: 839
C.P.A.C.F.
e. 16/09/2015 N° 145924/15 v. 16/09/2015