N° 146393/15 Aviso del Boletín Oficial
BA SOFTWARE S.R.L.
Texto del aviso
BA SOFTWARE S.R.L.
IGJ Nº 1.880.117. Se hace saber que por ins-
trumento privado “Acuerdo de cancelación
registral de Sociedad de responsabilidad
limitada sin liquidación por inactividad” del
1/09/2015, otorgado por Diego STERNBERG,
titular del Documento Nacional de Identidad
N° 27.691.423, nacido el 6 de octubre de 1979,
casado, argentino, Ingeniero Industrial, con do-
micilio real en Rodríguez Peña 1686, Piso 12ºA,
Ciudad de Buenos Aires y domicilio constituido
en Cerrito 1050, Piso 5º, Ciudad de Buenos
Aires; y Mariano Ezequiel FOCARACCIO, ti-
tular del Documento Nacional de Identidad
N° 34.049.454, nacido el 23 de Agosto de 1988,
soltero, argentino, Ingeniero en Sistemas de
Información, con domicilio real en Moldes 2379,
Piso 2ºA, Ciudad de Buenos Aires y domicilio
constituido en Cerrito 1050, Piso 5°, Ciudad de
Buenos Aires; se ha resuelto la cancelación,
conforme al artículo 186 de la Resolución Ge-
neral (IGJ) Nº 7/2005, de la sociedad BA SOFT-
WARE S.R.L., con domicilio legal en Ciudad de
Buenos Aires con sede social en Cerrito 1050,
piso 5, CABA, inscripta en el Registro Público
de Comercio en fecha 9 de junio de 2014 bajo el
número 4588, Libro 143, Tomo - de Sociedades
de Responsabilidad Limitada.
Se transcribe la parte pertinente del acuerdo:
“(i) Que la Sociedad no ha efectuado ningún
otro trámite registral, ni ha presentado estado
contable alguno.
(ii) Que la Sociedad no ha cumplido inscripción
y/o presentación de ninguna especie a los fines
de ningún régimen tributario o de contribucio-
nes a la seguridad social.
(iii) Que la Sociedad no ha hecho valer las
estipulaciones del contrato social a ningún
efecto, ni realizado presentaciones de nin-
gún tipo a las que puedan atribuirse como
tales.
(iv) Que la Sociedad no ha realizado operación
alguna.
(v) Que los aportes efectuados a la Sociedad
fueron efectivamente restituidos a los socios
constituyentes.
(vi) Que la Sociedad no es titular de bienes re-
gistrables.
(vii) Que no pesa contra la Sociedad ni contra
sus Socios, por su condición de tales, ninguna
acción judicial.
(viii) Los Socios y los Gerentes asumen en
forma expresa la responsabilidad ilimitada y
solidaria - con renuncia, respecto de los so-
cios, a invocar el régimen de responsabilidad
y en su caso el beneficio de excusión corres-
pondientes al tipo social adoptado - por las
eventuales obligaciones que pudieran haber
sido contraídas por cualquiera de aquellos,
aun en violación al régimen de administra-
ción y representación establecidos legal y/o
contractualmente.”
Autorizado según instrumento privado Acuer-
do de cancelación registral de Sociedad de
responsabilidad limitada sin liquidación por
inactividad de fecha 01/09/2015
micaela elisa veiga castro - T°: 122 F°: 44
C.P.A.C.F.
e. 17/09/2015 N° 146393/15 v. 17/09/2015