N° 146886/15 Aviso del Boletín Oficial
ABS AGRI CONSULT S.R.L.
Texto del aviso
ABS AGRI CONSULT S.R.L.
Hace saber que por Acta de Reunión de Socios
de fecha 29/08/2015 se resolvió la medicación
del objeto social Artículo Tercero del Estatuto
Social que quedó redactado de la siguiente
manera: “ARTICULO TERCERO: OBJETO: La
sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta
propia, de terceros o asociados de terceros,
a las siguientes actividades: (i) explotación de
establecimientos rurales, ganaderos, agríco-
las, forestales, frutícolas, cultivos de lúpulo
y de criadero de propiedad de la sociedad
o de terceras personas; cría, explotación de
cultivos, compra, venta y acopio de cereales,
siembra, cosecha y recolección de cosechas,
preparación de cosechas para el mercado, o
la ejecución de otras operaciones y/o proce-
sos agrícolas y/o ganaderos y/o vinculados
a las actividades ganaderas o agrícolas. (ii)
compraventa-permuta, locación, arrendamien-
to, subdivisión, urbanización, consignación, o
administración de inmuebles rurales, urbanos
y toda forma de comercialización de marcas,
franquicias, licencias, patentes y fondos de
comercio para el desarrollo de las actividades
que hacen al objeto de la sociedad. (iii) reali-
zación de negocios agropecuarios vinculados a
la producción, importación y exportación, co-
mercialización, y a la prestación de servicios de
asesoramiento, desarrollo y/o gerenciamiento
de emprendimientos relacionados a la actividad
agropecuaria y/o agroindustria y/o industria ali-
mentaria; iv) compra, venta, permuta, importa-
ción y exportación de mercaderías y productos
derivados de la explotación de la sociedad. (v)
elaboración, industrialización, procesamiento,
tercerización y trasformación de productos,
subproductos y derivados de la actividad
agropecuaria y/o de la industria alimentaria. (vi)
representación, comisión, consignación y dis-
tribución de maquinarias, repuestos, acceso-
rios de materia prima y mercaderías derivadas
de la explotación agropecuaria. (vii) inversión
y financiación aplicados a la comercialización
de sus productos y servicios, participación en
otras sociedades y colocación o inversión de
sus fondos y otorgamiento y constitución de
garantías, con exclusión de las operaciones
comprendidas por la ley de entidades financie-
ras. A tal efecto la sociedad tiene plena capa-
cidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no
sean prohibidos por las leyes o este estatuto.”
Autorizado según instrumento privado Reunión
de Socios Nº 8 de fecha 29/08/2015
EDUARDO DANIEL CARLETTI - T°: 101 F°: 202
C.P.A.C.F.
e. 18/09/2015 N° 146886/15 v. 18/09/2015