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N° 147992/15 Aviso del Boletín Oficial

- I –

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 23 de septiembre de 2015

Texto del aviso

- I –

SUMARIO ADMINISTRATIVO. Policía de Seguridad Aeroportuaria. Régimen jurídico. Acción

disciplinaria. Plazo. Carácter. Prescripción. Ley Marco de Regulación de Empleo Público

ANTECEDENTES DE LA CONSULTA

Nacional. Finalidad del régimen disciplinario. Correcta prestación del servicio público.

Prescripción. Interpretación estricta. Plazo. Instructor. Demora injustificada. Validez del

1. A fojas 1/11, obra la Resolución del citado Tribunal de Disciplina N.° 4, del 22 de julio de 2011, procedimiento. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Prescripción. Interpretación es-

por la que se dispuso aplicar quince días de suspensión en su empleo al Oficial Ayudante J. D. tricta.

S., por haberse acreditado … que fue negligente en la manipulación del armamento provisto,

posibilitando con su manifiesta impericia y falta de diligencia (…) la producción de un disparo que

POLICÍA DE LA SEGURIDAD AEROPORTUARIA. Acción disciplinaria. Ley Marco de Re-

impactó en la mampostería del establecimiento asistencial en que se hallaba de consigna como

gulación de Empleo Público Nacional. Prescripción. Integración normativa. Clasificación

custodia de un detenido el día 27 de enero de 2011 (…) falta atenuada por la inex-periencia del

tripartita de las faltas.

trasgresor tributaria de su escasa antigüedad en la fuerza y la ausencia de consecuencias graves

de la conducta que dio lugar a la falta cometida…

Aún cuando no consta que haya existido resolución que justificara la demora en la conclu-

sión de las actuaciones sumariales, ello no determina en razón del carácter ordenatorio

Por la Resolución precitada, se dispuso, además, recomendar a la Directora de Control Policial del plazo del artículo 6º del Reglamento de Investigaciones Administrativas del Personal

de la PSA que se procediera a la promoción de las actuaciones tendientes a deslindar eventuales de la Policía de la Seguridad Aeroportuaria, la nulidad del procedimiento ya cumplido. En

responsabilidades disciplinarias, respecto de quienes habían tenido injerencia y/o participación en consecuencia, la acción disciplinaria correspondiente no se encuentra prescripta.

la implementación efectiva de los servicios de custodia de detenidos en el ámbito hospitalario, …

en franca contradicción al Procedimiento de Intervención Normalizado de la materia…

El Régimen Profesional del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria

aprobado por el Decreto N.º 836/08, en su artículo 267 dispone que cuando la falta que se

2. A efectos del inicio de la investigación preparatoria del sumario administrativo correspondiente, investigue no constituya delito la prescripción de la acción disciplinaria se regirá por las

el 4 de agosto de 2011 quedó designado el doctor R. L. en la función de Inspector (v. fs. 14). disposiciones establecidas en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional

(LMREPN) N.º 25.164. Mediante el Régimen Profesional y, de conformidad con lo ordenado

A fojas 19/57 obra agregada, en copia fiel, la siguiente documentación: planilla del servicio de por la Ley de Seguridad Aeroportuaria N.º 26.102 se establece una clasificación tripartita de

guardia del turno noche, de la fecha del hecho investigado, de la Unidad Operacional de Seguridad las faltas disciplinarias, difereciándoselas en leves, graves y muy graves y se determinaron

Preventiva de Ezeiza; PROCEDIMIENTO INTERVENCIÓN NORMALIZADO PARA CUSTODIAS DE las sanciones correspondientes según los casos. A su vez, la LMREPN establece, en su

artículo 37, el modo de computar los plazos de prescripción de las sanciones disciplinarias. DETENIDOS HOSPITALIZADOS de la PSA; Informe Técnico sobre el arma de fuego involucrada;

Acta de la declaración prestada por el agente S. De la lectura de las normas mencionadas se advierte que las sanciones previstas para las

faltas disciplinarias, establecidas en el Régimen Profesional, no coinciden plenamente con

A fojas 59/64 obra un informe del Inspector de la Auditoría de Asuntos Internos de la PSA intervi- las mencionadas en la LMREPN. Por ello, a efectos de la aplicación del artículo 37 de la

niente en las actuaciones, en el que se señaló que, de la prueba reunida, surgía que el 27 de enero LMREPN en materia de prescripción de la acción disciplinaria correspondiente a las faltas

establecidas en el Régimen Profesional corresponde interpretar que para las faltas leves, de 2011 el Oficial N. se había desempeñado como Jefe de Patrulla y … habría tenido injerencia en

dicho plazo sea de seis meses; para las faltas graves sea de un año y, para las faltas muy la implementación efectiva de los servicios de custodia de detenidos en el ámbito hospitalario con-

tradiciendo con tal actitud a lo normado… por el Procedimiento de Intervención ya mencionado … graves, sea de dos años. Tal interpretación es la que mejor se adecua a la clasificación

que excluye de dichas tareas al personal que no ostente 6 meses de antigüedad en la Unidad y a tripartita de las faltas establecidas en el mencionado Régimen Profesional.

aquellos de un (1) año de antigüedad, excepto que hayan recibido academias periódicas.

El régimen disciplinario del Personal Policial de la Policía de la Seguridad Aeroportuaria, al

igual que su similar de los agentes comprendidos en la Ley Marco de Regulación de Empleo Se entendió entonces que debía decretarse el cierre de la investigación preparatoria realizada y

Público Nacional aprobada por la Ley N.º 25.164 tiene por finalidad prevenir el incumpli- ordenarse la instrucción de un sumario administrativo al Oficial N. , por la posible comisión de la

falta grave prevista en el artículo 283, inciso 15, del Régimen Profesional del Personal Policial de miento de los deberes o la transgresión de las prohibiciones por parte del personal, para

la PSA aprobado por el Decreto N.° 836/08 (B.O. 21-5-08), en adelante, el Régimen Profesional. asegurar y mantener el normal funcionamiento del servicio (v. Dictámenes 199.175).

Respecto a la normativa aplicable cuando se ejerce el poder disciplinario o corrección A fojas 65, el 27 de agosto de 2012, el Auditor de Asuntos Internos dio por finalizada la investiga-

disciplinaria en el ámbito disciplinario administrativo prima lo atinente a la aptitud para ción preparatoria del sumario administrativo.

la correcta prestación del servicio público que conviene con el adecuado mantenimiento

de la disciplina. La doctrina que condujo a la jurisprudencia clásica de la Corte Suprema 3. Por la Disposición N.° 051 de la Dirección de Control Policial de la PSA, del 20 de septiembre de

de Justicia de la Nación a proscribir la prescripción de la acción en materia sancionatoria 2012, se ordenó la instrucción del sumario administrativo en el caso de que se trata (v. fs. 66/67).

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Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.220

Instruido dicho sumario, por la Resolución N.° 86, del 7 de junio de 2013, el Tribunal de Disciplina Las faltas disciplinarias muy graves serán sancionadas con suspensión de empleo entre TREINTA

Policial de la PSA resolvió aplicar seis días de suspensión en su empleo al Oficial Mayor N.

(30) y SESENTA (60) días, baja por cesantía y baja por exoneración (art. 252).

A los efectos de fijar el quantum de la sanción se tuvieron en cuenta las previsiones contenidas en A su vez, la LMREPN establece, en su artículo 37, el modo de computar los plazos de prescripción

el artículo 283, inciso 15, del Régimen Profesional y en el artículo 151, último párrafo, del Regla- de las sanciones disciplinarias; dispuso que esos plazos … se computarán de la siguiente forma:

mento de Investigaciones Administrativas del Personal Policial de la PSA, aprobado por el Decreto

N.° 1329/09 (B.O. 5-10-09) en adelante, el RIA de la PSA, en especial este precepto, en tanto habi- a) Causales que dieran lugar a la aplicación de apercibimiento y suspensión: seis (6) meses.

lita al Tribunal de Disciplina Policial a aplicar el término medio de la sanción cuando la disidencia

entre sus miembros fuere en relación a la sanción y al quantum de la misma.

b) Causales que dieran lugar a la cesantía: un (1) año.

En fundamento de la medida, se invocó haberse acreditado que, el 27 de enero de 2011, en circuns- c) Causales que dieran lugar a la exoneración: dos (2) años.

tancias de desempeñarse el Oficial N. como Jefe de Patrulla en el Turno Nocturno de la Unidad

Operacional de Seguridad Preventiva Ezeiza, … designó para desarrollar las tareas de custodios De la lectura de las normas precedentemente transcriptas, se advierte que las sanciones previstas

de detenidos alojados en el Hospital Zonal Dr. Alberto Eurnekian de la localidad homónima, a dos para las faltas disciplinarias, establecidas en el Régimen Profesional, no coinciden plenamente

efectivos policiales que carecían de los requisitos mínimos de antigüedad y capacitación exigidos con las mencionadas en la LMREPN.

por el numeral 2.1.6. del Procedimiento de Intervención Normalizado de la materia (…) todo lo cual

deja entrever que no extremó los recaudos necesarios para el más fiel cumplimiento de la citada Por ello, a efectos de la aplicación de los plazos de prescripción previstos en el citado artículo 37

pauta de actuación profesional…

de la LMREPN, considero adecuado interpretar que, para las faltas leves cometidas por el personal

de la PSA el plazo sea de seis meses, para las faltas graves sea de un año y, para las faltas muy

graves, sea de dos años. Se señaló, además, que ello implicaba … el incumplimiento de un deber impuesto que afecta la

legalidad… y se calificó la conducta como falta grave (v. fs. 172/180).

En mi opinión, ésta es la interpretación que mejor se adecua a la clasificación tripartita de las faltas

4. Contra la medida precedentemente referida, la Defensora Ad hoc del causante (funcionaria de la establecidas en el Régimen Profesional.

Defensoría de la Dirección de Control Policial de la PSA) interpuso un recurso de reconsideración

2.2. En virtud de lo expresado estimo que, en el presente caso, el plazo de prescripción de la con apelación en subsidio (v. fs. 186/190).

acción disciplinaria correspondiente es de un año.

Dicho recurso de reconsideración fue desestimado por el referido Tribunal de Disciplina Policial,

por Resolución N.° 90, del 25 de junio de 2013 (v. fs. 191/194).

Ahora bien, en virtud de lo dispuesto por el RIA de la PSA, el sumario se inicia … con la investiga-

ción preparatoria, si la hubiere (art. 25).

5. Posteriormente, se elevaron las actuaciones a esa Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Mi-

Asimismo, conforme lo dispuesto por la Reglamentación de la LMREPN (art. 37, inc. 1), aprobada nisterio de Seguridad (v. fs. 222).

por el Decreto N.° 1421/02 (B.O. 9-8-02), el inicio del sumario suspende los plazos de prescripción

que correspondan. 6. A fojas 223/227, la Dirección de Asuntos Legales y Judiciales de la Dirección General de Asuntos

Jurídicos de esa Cartera de Estado señaló que la investigación preparatoria del sumario adminis-

Por ello, teniendo en cuenta el lapso transcurrido entre el 27 de enero de 2011 -fecha en que se trativo se había iniciado el 4 de agosto de 2011 y se había dado por concluida el 27 de agosto de

cometió la conducta investigada- y el 4 de agosto de 2011 -fecha en que se inició dicha investiga- 2012 (v. fs. 14 y 65).

ción preparatoria- (v. ut supra –I- 1. y 2. ), se advierte que, en el caso, la acción disciplinaria no se

encuentra prescripta. A este respecto, expresó que … la suspensión del curso de la prescripción de la acción disciplina-

ria, acaecida por el inicio y la tramitación de la investigación preparatoria del Auditor de Asuntos

3.1. Con relación a la segunda de las cuestiones en consulta -en torno al tiempo empleado en autos Internos no puede operar sin ningún tipo de limitación temporal.

para la realización de la investigación preparatoria del sumario administrativo y de ese sumario-,

cabe, en primer término, mencionar que el RIA de la PSA dispone que la investigación preparatoria … En tal sentido, observó que el artículo 6.° del RIA de la PSA dispone que las actuaciones sumaria-

se iniciará toda vez que se denuncie o se tenga noticia por cualquier medio de la posible comisión de les deben ser concluidas dentro de un plazo máximo de ciento ochenta días computados a partir

una conducta delictuosa o falta disciplinaria grave o muy grave en las que se encontrase involucrado del acto que ordena la instrucción; y consideró que, por ende, debía … regir, subsidiariamente, ese

personal policial perteneciente a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA… (art. 114). término, para la conclusión de la investigación preparatoria.

El RIA de la PSA establece, además, que dicha investigación … estará a cargo de un Inspector del Agregó que … un agente policial no puede ser sometido sine díe al estado de incertidumbre que

Cuerpo de Inspectores de la Auditoría de Asuntos Internos que corresponda, para ello se ajustará le produce, no ya estar sometido a un sumario (…) sino a un procedimiento menos ostensible,

a las directivas y órdenes impartidas por el Auditor y/o Auditores Adjuntos que tengan a cargo la presunta antesala del sumario, respecto del cual carece de medios y herramientas para ejercer el

dirección de la investigación… (art. 115). derecho de defensa, pues se trata de una investigación preliminar a cuya sustanciación carece de

acceso.

Asimismo, dispone que, finalizadas las diligencias de esa investigación, el Inspector y/o los Audi-

tores Adjuntos actuantes … remitirán un dictamen junto a las actuaciones correspondientes al Au-

Asimismo, advirtió que … la tramitación de las actuaciones sumariales iniciadas el 20 de septiem-

ditor de Asuntos Internos, el que (…) llevará a cabo todas las diligencias y ampliaciones que estime

bre de 2012 se ha extendido más allá… del plazo de ciento ochenta días establecido en el citado

necesarias para la sustanciación y el posterior trámite del sumario… (art. 119); a su vez, el Auditor

artículo 6.° … sin existir resolución fundada que justifique dicha dilación…

de Asuntos Internos … dictará la resolución que ponga fin o amplíe la investigación preparatoria

del sumario administrativo… y … deberá dictar resolución en el plazo de VEINTE (20) días desde

Concluyó entonces que … el sumario bajo examen y la sanción que se aplicara con motivo del

que le fuera remitido el informe de los Auditores Adjuntos intervinientes… (art. 121).

mismo, no pueden mantenerse como conductas jurídicamente válidas de la Administración.

3.2. Ahora bien, el RIA de la PSA dispone que Las actuaciones sumariales deberán ser concluidas

No obstante, … en función de la repercusión institucional que tiene la solución del caso planteado

dentro de un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días computados a partir del acto que

–ya que se frustrará en el sub examine el ejercicio de la acción disciplinaria, y de este modo podrá

ordena su instrucción, el que podrá prorrogarse por idéntico plazo por resolución fundada (art. 6.°).

verse afectado el interés público-… estimó conveniente requerir el dictamen de este Organismo

Asesor.

Además, en su artículo 19, dispone que las actuaciones sumariales podrán iniciarse de oficio o por

recepción de denuncia; y ambos supuestos preceden al inicio de la investigación preparatoria (v.

Por tal motivo, se solicitó la opinión de esta Casa.

art. 114, ut supra cit.).

- II –

En tal sentido, el RIA de la PSA señala que Cuando la denuncia sea anónima, la Auditoría de

Asuntos Internos podrá disponer el inicio de la investigación preparatoria respecto de los hechos

ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN CONSULTA

denunciados… (art. 24).

1. En primer término, cabe recordar que el sub examine se encuentra referido a un régimen disci- Por lo expuesto, una vez ordenada la instrucción del sumario, la investigación preparatoria realiza-

plinario el cual, al igual que su similar de los agentes comprendidos en la Ley Marco de Regulación da pasa a integrar esas actuaciones.

de Empleo Público Nacional (en adelante, LMREPN) aprobada por la Ley N.° 25.164 (B.O. 8-10-99)

tiene por finalidad prevenir el incumplimiento de los deberes o la transgresión de las prohibiciones Asimismo, el RIA de la PSA establece que el sumario … se iniciará con la investigación preparato-

por parte del personal, para asegurar y mantener el normal funcionamiento del servicio (v. Dictá- ria, si la hubiere (art. 25).

menes 199:175).

3.3. El plazo previsto en el artículo 6.° del RIA de la PSA para la conclusión de las actuaciones

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido, al pronunciarse sobre la normativa apli- sumariales rige, entonces, conjuntamente, respecto de la investigación preparatoria, si la hubiere,

cable cuando se ejerce ese poder disciplinario o corrección disciplinaria, que en el ámbito discipli- y del sumario administrativo que se ordene como consecuencia de ésta.

nario administrativo … prima lo atinente a la aptitud para la correcta prestación del servicio público

que conviene con el adecuado mantenimiento de la disciplina (Fallos: 256:97, considerando 3°) y Cabe observar que, una vez ordenado el sumario, se inicia una etapa que podría denominarse de inves-

que la doctrina que condujo a la jurisprudencia clásica de esta Corte a proscribir la prescripción tigación, a cargo de la Auditoría de Asuntos Internos; y, luego de que el titular de esa Auditoría eleva las

de la acción en materia sancionatoria disciplinaria, lleva por las mismas razones a la interpretación actuaciones al Tribunal de Disciplina Policial, se inicia otra etapa, que podría denominarse contradicto-

estricta de los preceptos que la admiten (Fallos 310:316, cons. 4.°).

ria, en la que, inicialmente, podrá ordenarse una instrucción suplementaria (v. arts. 123 a 150).

La postura de nuestro más Alto Tribunal precedentemente referida fue invocada por esta Procura- 3.4. Al pronunciarse respecto del plazo establecido para la sustanciación de la instrucción de

ción del Tesoro en el asesoramiento registrado en Dictámenes 235:210.

un sumario administrativo, en el artículo 127 del Reglamento de Investigaciones Administrativas

aprobado por el Decreto N.° 467/99 (B.O. 13-5-99), esta Procuración del Tesoro sostuvo que, en la

2.1. El Régimen Profesional, en su artículo 267, dispone que, cuando … la falta que se investigue etapa de investigación, el Instructor efectúa una tarea insoslayable para el desarrollo del sumario

no constituya delito…, la prescripción de la acción disciplinaria se regirá por las disposiciones disciplinario, pues su realización le va a permitir emitir opinión sobre la existencia o inexistencia

vigentes en la materia, establecidas en la LMREPN.

de una falta disciplinaria y de los eventuales responsables. Por ello, igual situación ocurre en el

proceso penal, el plazo procesal (o procedimental) para cumplir una actividad como la instructoria

Mediante el Régimen Profesional y, de conformidad con lo ordenado por la Ley de Seguridad (de investigación) solo puede ser meramente ordenatorio y no perentorio.

Aeroportuaria N.° 26.102 (B.O. 22-6-06), se establece una clasificación tripartita de las faltas dis-

ciplinarias, diferenciándoselas en leves, graves y muy graves y se determinaron las sanciones En consecuencia, señaló que el vencimiento (o inobservancia) de ese plazo no determina la cadu-

correspondientes según los casos.

cidad o extinción del deber no cumplido o de la facultad no ejercitada; y de la demora injustificada

del Instructor se puede derivar la responsabilidad de éste, pero no la nulidad de los actos del

Así, se dispone que Las faltas disciplinarias leves serán sancionadas con apercibimiento, apercibi- procedimiento ya cumplidos (v. Dictámenes 241:298 y 243:620 y sus citas, entre otros).

miento grave o suspensión de empleo hasta DIEZ (10) días (art. 250).

La postura de este Organismo asesor, precedentemente expresada, resulta aplicable al plazo es-

Las faltas disciplinarias graves serán sancionadas con suspensión de empleo por más de DIEZ (10) tablecido en el artículo 6.° del RIA de la PSA para la conclusión de las actuaciones sumariales; por

días y hasta TREINTA (30) días (art. 251).

tanto, ese plazo es meramente ordenatorio.

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Consecuentemente, en el caso bajo examen, aún cuando no consta que haya existido resolución de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros) opinó que, a

que justificara la demora en la conclusión de las actuaciones sumariales, ello no determina, atento la luz de la Resolución de la (ex) Secretaría de la Función Pública N.° 112/91 (B.O. 29-7-91), debía

el carácter ordenatorio de ese plazo, la nulidad del procedimiento ya cumplido.

rechazarse la pretensión interpuesta, toda vez que … el grado de complejidad, responsabilidad

y autonomía de las funciones acreditadas, se corresponde plenamente con el Nivel y Grado otor-

- III -

gados… (fs. 75).

CONCLUSIÓN

5. Finalmente, por la Resolución Conjunta de la (ex) Secretaría de la Función Pública de la Presi-

dencia de la Nación y del (ex) Servicio Nacional de Sanidad Animal N.° 78 del 3 de diciembre de

Por todo lo expresado, con relación a la sanción aplicada al Oficial Mayor F. A. N. en las presentes 1993 se rechazó, entre otros, el recurso de reconsideración deducido por la médica veterinaria

actuaciones, estimo que la acción disciplinaria correspondiente no se encuentra prescripta.

Miño (v. copia autenticada a fojas 169/184 en especial Anexo II).

Así, dejo sentada mi opinión respecto de la cuestión que ha motivado la consulta.

6. La recurrente se notificó de dicho acto (v. fs. 77 y 78), y ejerció el derecho de mejorar y ampliar

los fundamentos de su recurso que confiere el artículo 88 del Reglamento de Procedimientos

DICTAMEN N.° 139

Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991 (B.O. 24-9-91).

DRA. ANGELINA M.E. ABBONA Acompañó a los actuados antecedentes laborales y certificaciones de servicios de tareas reali-

Procuradora del Tesoro de la Nación zadas en el ámbito oficial y reiteró la solicitud del dictado de una nueva resolución que tuviera en

cuenta para el reencasillamiento su formación universitaria y la capacitación y funciones profe-

e. 23/09/2015 N° 147992/15 v. 23/09/2015 sionales desempeñadas y solicitó se la reencasillara … en el Nivel que corresponda… (fs. 80/81).