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N° 145252/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 58

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 28 de septiembre de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 58

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instan-

cia en lo Civil Nº 58, Av. de los Inmigrantes 1950,

piso 5to.,C.A.B.A.,Secretaría única, comunica

por dos días en autos “DE LA DEHEZA SUSA-

NA ROSALIA Y OTRO C/ ESPONDA DOMINGO

MIGUEL Y OTRO S/ Ejecución Hipotecaria”

(Expte. NRO. 7350/1997) que el Martillero ANTO-

NIO LA ROCCA rematará el día 1º de octubre de

2015, a las 12 horas, en la oficina de subastas

judiciales, Jean Jaurés 545 C.A.B.A., al contado

y al mejor postor, el DEPARTAMENTO sito en

RIVADAVIA 8242/42 A, entre Ensenada y Can-

delaria, C.A.B.A.Unidad 19, piso 4to., letra “F”.

Nomenclatura Catastral: Circ. 1, Secc. 54, Manz.

158, Parc. 7. Matrícula: FR 1-26652/19.- Superfi-

cie total: 63,46 m2, “Ad Corpus”. Deudas: ABL:

$ 20.539,11 al 27-10-2014 (fs. 700/708); Aguas Ar-

gentinas: $ 20.615,85 al 15-10-2014 (fs. 681/684);

AySA: $ 3.780,13 al 15-10-2014 (fs. 687/690);

Obras Sanitarias: sin deuda (fs. 678/680); Ex-

pensas: $ 223.951,64 a noviembre/2014 (fs. 734).

Desocupado, posee cocina, lavadero, living

comedor, toilette, un baño completo, dos dormi-

torios, balcón, todo en completo estado de aban-

dono y según constancias de autos. El compra-

dor deberá constituir domicilio legal dentro del

radio de Capital Federal. Visitas: 29 y 30 de sep-

tiembre de 2015, de 15 a 17 hs. BASE: $ 600.000,

SEÑA 30%; COMISION: 3%. .- Arancel Ac. 10/99

CSJN: 0,25%.- Todo al contado, en efectivo y

en el acto del remate. Prohibida compra en co-

misión. En caso de compra por representación,

deberá mencionarse de viva voz el nombre del

poderdante o en su caso contar con autorización

judicial fundada de confidencialidad. El saldo de

precio deberá ser depositado en el Banco de la

Nación Argentina, Sucursal Tribunales dentro del

quinto día de aprobada la subasta sin necesidad

de otra notificación ni intimación, bajo el aperci-

bimiento del art. 580 CPCCN. El comprador no

asumirá las deudas por impuestos, tasas y con-

tribuciones anteriores a la posesión cuando el

monto obtenido no alcance para solventarlas. No

cabrá una solución análoga respecto de las ex-

pensas comunes. Fallo “Servicios Eficientes S.A.

c/ Yabra Roberto Isaac s/ Ejecucion Hipotecaria”.

Buenos Aires, 10 de septiembre de 2015. Maria

Alejandra Morales Secretaria

e. 25/09/2015 N° 145252/15 v. 28/09/2015