N° 151164/15 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO CREATIVO EOK S.R.L.
Texto del aviso
GRUPO CREATIVO EOK S.R.L.
Comunica que por reunión de socios del
22/09/15 se modificó el artículo 3º del contrato
social estableciendo: “TERCERO. OBJETO SO-
CIAL. La sociedad tiene por objeto, dedicarse
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por cuenta propia, de terceros o asociada a ter-
ceros, en el país o en el extranjero a la produc-
ción, distribución, y exhibición de productos
audiovisuales y de arte en general y en especial
de películas cinematográficas, telefilms, series
televisivas, miniseries, cortometrajes, cortos
publicitarios o promocionales; su comercializa-
ción y/o su distribución en todos los formatos, y
en todos los medios y mercados; la importación
o exportación de esos productos; prestar servi-
cios de producción a terceros con el mismo ob-
jeto; producir y/o editar y/o comercializar libros
y/o revistas y/o material digital de contenido
artístico y/o didáctico y/o educativo; realizar y/o
presentar y/o programar obras teatrales, musi-
cales, arte en general, exposiciones, pintura,
espectáculos públicos culturales, o didácticos
o de entretenimiento en general; organizar
conferencias y charlas educativas por distin-
tos medios incluyendo Internet, u otro tipo de
evento, en el país o en el extranjero; represen-
tar sus elencos o compañías y/u organizarlas;
realizar y/o administrar sitios web de diverso
contenido. Realizar aportes e inversiones a par-
ticulares, empresas o sociedades constituidas
o a constituirse, todo ello en relación con la
producción, distribución o comercialización de
productos audiovisuales y/o musicales y/o arte
en general. Quedan excluidas las operaciones
previstas por la Ley de Entidades Financieras,
y cualquier otra que requiera el concurso pú-
blico. Para el cumplimiento de sus fines podrá
adquirir, enajenar, fabricar, importar, exportar,
tomar y dar en arrendamiento mercaderías,
materiales, maquinarias, bienes muebles e
inmuebles. Como así también contratar publi-
cidad en cualquier medio de difusión y realizar
toda actividad conexa al objeto social. A tal fin
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones, abrir
cuentas bancarias, contraer préstamos, inscri-
birse y actuar ante los organismos nacionales,
y/o municipales y/o provinciales y realizar todos
los actos que no estén prohibidos por las leyes
o por este contrato. La sociedad tiene amplias
facultades para contratar inclusive en los actos
indicados en el artículo 1.881 del Código Civil,
para querellar o ser querellada particular y de-
mandada o demandante civil.” Viviana Andrea
Dirolli, Abogada. Autorizado según instrumento
privado Acta de Reunión de socios de fecha
22/09/2015
Viviana Andrea Dirolli - T°: 62 F°: 830 C.P.A.C.F.
e. 30/09/2015 N° 151164/15 v. 30/09/2015