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N° 153894/15 Aviso del Boletín Oficial

PICUAL S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES jueves, 8 de octubre de 2015

Texto del aviso

PICUAL S.A.

Por asamblea general extraordinaria del

16/09/2015 se modificó el objeto social: AR-

TICULO CUARTO. OBJETO. La sociedad tiene

por objeto realizar por cuenta propia, de terce-

ros o asociada a terceros, dentro o fuera del

país, bajo cualquier forma de asociación pre-

vista en la Ley 19550 las siguientes actividades:

a) AGROPECUARIA: Explotación directa o indi-

recta de establecimientos rurales, ganaderos,

agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la

sociedad o de terceros, explotación y comer-

cialización de tambos y cultivos, en particular el

cultivo de olivos; siembra, recolección y prepa-

ración de cosechas, elaboración de productos

lácteos o de ganadería, o todo tipo de derivado

de los cultivos realizados, ejecución de opera-

ciones y procesos agrícolas y/o ganaderos, así

como la compra, venta, distribución, fabrica-

ción, producción, importación y exportación de

todas las materias primas y productos elabora-

dos derivadas de dichas explotaciones, en es-

pecial aceites. En materias que correspondan

siempre se realizaran mediante la intervención

de un profesional con título habilitante. B)

IMPORTACION-EXPORTACION: Importación y

exportación. Para el cumplimiento de sus fines

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones y

ejercer los actos que no sea prohibidos por las

leyes o el estatuto; entre ellos aceptar y otorgar

mandatos, licencias, franquicias y representa-

ciones, constituir fondos de comercio indepen-

dientes con activos existentes acordándoles la

forma jurídica que mejor convenga, constituir

y/o administrar fideicomisos, constituirse en be-

neficiaría de fideicomisos, emitir obligaciones,

otorgar créditos, contraer empréstitos, librar,

aceptar y endosar documentos y celebrar todo

género de operaciones con entidades banca-

rias y financieras, oficiales o privadas, naciona-

les o extranjeras, que no requieran autorización

de acuerdo a la Ley de Entidades Financieras.

C) Otorgar avales, garantías de todo tipo en

especial hipotecarias y prendarias, y fianzas

a favor de terceros en la medida que tengan

relación directa con la actividad económica de

la sociedad mencionada precedentemente y

que tales avales, garantías y fianzas generen

beneficios directos a la sociedad. Autorizada

según instrumento privado asamblea de fecha

16/09/2015.

Micaela Palomo - T°: 114 F°: 291 C.P.A.C.F.

e. 08/10/2015 N° 153894/15 v. 08/10/2015