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N° 155880/15 Aviso del Boletín Oficial

JONES LANG LASALLE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 15 de octubre de 2015

Texto del aviso

JONES LANG LASALLE S.R.L.

Hace saber que por Acta de Reunión de So-

cios 60, del 24 de julio de 2015, se aprobó

la modificación del artículo 5 del estatuto

quedando en consecuencia redactado así:

“QUINTO: La administración y representa-

ción de la Sociedad estarán a cargo de uno

o más gerentes, que podrán o no ser socios

de la sociedad, y que actuarán conjunta o

alternativamente. Los gerentes serán desig-

nados por los socios, y durarán un período

en sus cargos, pudiendo ser reelegidos in-

definidamente. Los socios podrán designar

gerentes suplentes para que actúen en caso

de ausencia o impedimento del o de los ge-

rentes. Los gerentes tendrán amplios pode-

res para actuar en nombre de la Sociedad

conforme al estatuto y las leyes, incluyendo

los supuestos previstos por el artículo 1881

del Código Civil. Los Gerentes podrán ope-

rar en forma individual para la realización de

los siguientes actos: operaciones bancarias,

financieras y cualquier contrato por sumas

que no excedan los trescientos mil Dólares

Estadounidenses (U$S 300.000) o su equi-

valente en otras monedas; para otorgar po-

deres de cualquier tipo; para comprometer

a la sociedad en cualquier actividad que no

sea notoriamente extraña al objeto social;

para hipotecar, prendar o crear gravámenes

de cualquier tipo sobre los bienes de la So-

ciedad. Por sobre ese monto se requerirá la

firma conjunta de al menos dos Gerentes o

la autorización de los socios. La designación

de los gerentes así como su remoción será

decidida por la mayoría de los socios con

derecho a voto en una reunión de socios. En

afianzamiento del buen desempeño de sus

funciones, los gerentes prestarán a favor de

la Sociedad una garantía de $ 10.000”. Au-

torizado según instrumento privado Acta de

Reunión de Socios de fecha 24/07/2015

Sebastian Sal - T°: 39 F°: 263 C.P.A.C.F.

e. 15/10/2015 N° 155880/15 v. 15/10/2015