N° 159000/15 Aviso del Boletín Oficial
BRAZO DE LA RIVERA S.R.L.
Texto del aviso
BRAZO DE LA RIVERA S.R.L.
POR 1 DIA. Edicto Rectificatorio Publica-
ción original 30/01/2015. Trámite a rectificar
5555/15. Por inst. priv. del 01/09/2015 se mo-
dificaron las siguientes clausulas del Estatuto
Social de BRAZO DE LA RIVERA SRL CLAU-
SULA PRIMERA: OBJETO DE LA SOCIE-
DAD. Se procede a modificar la CLAUSULA
TERCERA del estatuto social de “BRAZO DE
LA RIVERA S.R.L.”, el que tendrá el que que-
dara redactado de la siguiente manera: “La
Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta
propia o de terceros o asociadas a terceros,
en cualquier lugar del país o del extranjero
las siguientes actividades: a) la ejecución de
obras ya sean públicas o privadas y la presta-
Segunda
ción de servicios de cualquier naturaleza y en
especial aquellos ligados a la construcción,
incluyendo la prestación de servicios de man-
tenimiento en instalaciones aeroportuarias,
viales, industriales, comerciales y civiles; b) la
elaboración de proyector y/o planeamientos
de obras; c) compra y venta de materiales
de construcción. A tal fin la sociedad tienen
plena capacidad jurídica para adquirir de-
rechos, contraer obligaciones y ejercer los
actos que no sean prohibidos por las leyes
o por este estatuto, incluso para contraer
empréstitos en forma pública o privada; me-
diante la emisión de debentures, obligaciones
negociables y cualquier otro instrumento
financiero.- CLAUSULA SEGUNDA: CAPITAL
SOCIAL. Se procede a modificar la CLAUSU-
LA TERCERA del estatuto social de “BRAZO
DE LA RIVERA S.R.L.”, el que tendrá el que
quedara redactado de la siguiente manera:
“Se fija el Capital Social en la suma de PE-
SOS OCHENTA MIL ($ 80.000), representado
en CUARENTA (80) Cuotas iguales de PESOS
UN MIL ($ 1.000), valor nominal cada una, to-
talmente suscripta por los socios de acuerdo
al siguiente detalle: el Sr. ELIAS JULIAN CA-
BRERA, cuarenta Cuotas (40), equivalentes
a PESOS UN MIL ($ 1.000) cada una y el Sr.
FERNANDO ANDRES MATURANA, cuarenta
Cuotas (40), equivalentes a PESOS UN MIL
($ 1.000) cada una. INTEGRACION DEL CA-
PITAL SOCIAL: Las cuotas se integran en un
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) en dinero
en efectivo. Los socios se obligan a integrar
el saldo restante, dentro de los dos años
computados desde la fecha de inscripción
de la Sociedad ante la Inspección General
de Justicia, Registro Público de Comercio.
La reunión de socios dispondrá la fecha en
que se completara la integración. Autorizado
según instrumento privado MODIFICACION
DE ESTATUTO SOCIAL de fecha 01/09/2015
Silvia Cristina Liand - T°: 93 F°: 691 C.P.A.C.F.
e. 23/10/2015 N° 159000/15 v. 23/10/2015