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N° 160277/15 Aviso del Boletín Oficial

FEIRACO´S S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 27 de octubre de 2015

Texto del aviso

FEIRACO´S S.R.L.

Por Reunión de Socios del 6/07/2015 se Refor-

man de los Artículos Segundo, Tercero y Quinto

del Contrato Social quedando redactados de

la siguiente forma: “ARTICULO SEGUNDO: La

sociedad tendrá una duración de Sesenta (60)

años, contados a partir de la fecha de inscrip-

ción de la presente modificación.” ARTICULO

TERCERO: La sociedad tiene por objeto la

explotación comercial del inmueble de la so-

ciedad. Para ello podrá efectuar toda clase de

actos jurídicos y/o contratos civiles y/o comer-

ciales mediante concesiones y/o alquileres de

inmuebles de la sociedad o de terceros y/o de

cualquier otra clase que se relacionen directa o

indirectamente con el objeto social. ARTICULO

QUINTO: La administración, la representación y

el uso de la firma social estará a cargo de uno o

mas gerentes durante todo el lapso de duración

de la sociedad. En tal carácter tienen todas las

facultades para realizar todos los actos jurídi-

cos y contratos para ad¬ministrar y disponer

de los bienes societarios. Podrá operar con

toda clase de Bancos, compañías, entidades

financieras o crediticias, oficiales o privadas,

efectuar todo tipo de operaciones bancarias,

emitir y endosar cheques, adquirir y/o enajenar

y/o gravar con cualquier derecho real toda clase

de bienes. Dar y revocar poderes especiales y

generales, judiciales, de administración u otros,

con o sin facultad de sustituir, iniciar y prose-

guir, con¬testar o desistir denuncias o querellas

penales y realizar todo hecho o acto jurídico

que tenga por efecto adquirir derechos o con-

traer obligaciones a la sociedad, no pudiendo la

sociedad dar avales y/o fianzas ni a los socios

ni a terceras personas físicas o jurídicas.- Efec-

tuar los actos y funciones que según el Código

Civil y el Código de Comercio requieran pode-

res especiales, conforme lo normado por el art.

365, siendo esta enumeración solo enunciativa.

El o los Gerentes en garantía de sus funciones,

constituirán seguros de caución a favor de la

misma, cuyo costo será a cargo de cada Geren-

te. Autorizado según instrumento privado Acta

Asamblea de fecha 06/07/2015

Nelida Noemí Peche - T°: 46 F°: 289 C.P.A.C.F.

e. 27/10/2015 N° 160277/15 v. 27/10/2015