N° 161353/15 Aviso del Boletín Oficial
en el expediente. El saldo de precio deberá
Texto del aviso
en el expediente. El saldo de precio deberá
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 ingresase en la cuenta L° 591 F° 839-0, CBU
SECRETARÍA NRO. 31
0290075900233059108391 del Banco Ciudad
de Buenos Aires Sucursal Tribunales dentro del
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo plazo de cinco días de realizado el remate, sin
necesidad de notificación a los adquirentes ni Comercial Nº 16 Secretaria Nº 31 a cargo del Dr.
Sebastián I. Sánchez Cannavó, Juez Subrogan- requerimiento previo, bajo apercibimiento de
te, sito en a Av. Callao 635 PB, C.A.B.A., comu- declararlos postores remisos (cfr. art. 584 del
nica por 2 días, que el 6 de noviembre de 2015, CPCC). Se exigirá al momento de suscribir el
a las 11.30 hs. en punto, en la Oficina de Subas- respectivo boleto de quien resulte comprador,
tas Judiciales sita en la calle Jean Jaures 545, la constitución de domicilio dentro del radio de
C.A.B.A., para los autos: “CORDERO MIGUEL la Capital Federal, bajo apercibimiento de que
ANGEL S/ QUIEBRA S/ Incidente de subasta las sucesivas providencias se le tendrán por
(de Cuotas Sociales respecto de la Sociedad notificadas en la forma y oportunidad previs-
42 OFICIAL Nº 33.246
Recibo
107042/15
153328/15
32987/14
157447/15
159579/15
156490/15
156891/15
160050/15
149319/15
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108283/15
160668/15
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141865/15
98829/13
136026/15
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158251/15
e. 29/10/2015 N° 2989 v. 02/11/2015
tas por el art. 133 del C.P.C.C. Se encuentra a
cargo del comprador la totalidad de los gastos
que demande la transferencia del dominio de
las cuotas sociales a su nombre. El Sr. Manuel
Jamardo, DNI 20.202.084 en su carácter de
socio de las referidas sociedades manifestó su
interés en la compra de las cuotas sociales y
su derecho de preferencia por el mismo precio
obtenido en la subasta. Buenos Aires, 26 de
Octubre de 2015.-
PABLO JAVIER IBARZABAL
Secretario
Sebastián I. Sánchez Cannavó -Juez Subro-
gante Juez - PABLO JAVIER IBARZABAL Se-
cretario
e. 29/10/2015 N° 161353/15 v. 30/10/2015