N° 164032/15 Aviso del Boletín Oficial
KARDEN S.A.
Texto del aviso
KARDEN S.A.
Reforma de Estatuto: Por Actas de Directorio
de fecha 28/09/2015 y Acta de Asamblea Ge-
neral Extraordinaria del 06/10/2015, se resolvió
modificar los Artículos 8º y11º del Estatuto So-
cial por los siguientes: “Artículo Octavo: La Ad-
ministración y Dirección de la Sociedad estará
a cargo del Directorio integrado por uno a cinco
titulares y uno o más suplentes, que deberá
elegir la Asamblea para subsanar la falta de los
directores, los que se incorporarán al Directorio
por el orden de su designación. El término de su
elección es de tres ejercicios. La Asamblea fija-
rá el número de directores, así como su remu-
neración. El directorio sesionará con la mitad
más uno de sus Titulares y resolverá por mayo-
ría de los presentes. En caso de empate, el Pre-
sidente desempatará votando nuevamente. En
su primera sesión se designará un Presidente,
pudiendo, en caso de pluralidad, designar un
Vicepresidente, que suplirá al primero en caso
de ausencia o impedimento. Los directores ti-
tulares deberán depositar la suma de $ 10.000
o su equivalente en moneda extranjera, bonos
o títulos públicos por su valor nominal, en ga-
rantía del fiel cumplimiento de sus funciones. El
depósito de estos valores deberá ser efectuado
en entidades financieras o cajas de valores a
la orden de la Sociedad. Esta garantía también
podrá ser constituida mediante fianza o avales
bancarios o seguros de caución o de responsa-
bilidad civil a favor de la Sociedad, a los fines
del cumplimiento a lo previsto en el Artículo
256 “in fine” de la Ley de Sociedades Comer-
ciales. El Directorio tiene amplias facultades de
administración y disposición, incluso las que
requieran poderes especiales a tenor de los
artículos 375 incisos d); e); f); g); h); i); j); k); l) y
m) y 1191 del Código Civil y Comercial de la Na-
ción y artículo noveno del Decreto Ley 5965/63.
Podrá especialmente operar con toda clase de
Bancos, Compañías Financieras, o entidades
crediticias oficiales y privadas; dar y revocar
poderes especiales y generales, judiciales, de
administración u otros, con facultad de sustituir;
iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias
o querellas penales y realizar todo otro hecho
jurídico que haga adquirir derechos o contraer
obligaciones a la sociedad. La representación
legal de la sociedad corresponde al Presidente
del Directorio o al Vicepresidente en su caso.” y
“Artículo Décimo Primero: El cierre del ejercicio
social se efectuará el día treinta y uno de marzo
de cada año. A esa fecha se confeccionarán
los estados contables, de acuerdo a las dispo-
siciones legales, reglamentarias y técnicas en
vigencia. Las ganancias realizadas y líquidas
se destinarán: 1) El cinco por ciento hasta al-
canzar el veinte por ciento del capital social, al
fondo de reserva legal; 2) a remuneración del
Directorio y la Sindicatura en su caso. El Saldo
tendrá el destino que decida la Asamblea. Los
dividendos deben ser pagados en proporción
a las respectivas integraciones dentro del año
de su sanción.”. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 511 de fecha 17/12/2010 Reg.
Nº 1222
Eleazar Christian Melendez - T°: 50 F°: 839
C.P.A.C.F.
e. 06/11/2015 N° 164032/15 v. 06/11/2015