N° 164597/15 Aviso del Boletín Oficial
TARSHOP S.A.
Texto del aviso
TARSHOP S.A.
CESIÓN FIDUCIARIA DE CRÉDITOS - Se hace
saber que el día 29 de octubre de 2015 Tars-
hop S.A., en su carácter de fiduciante, celebró un
contrato de fideicomiso en garantía (el “Contrato
de Fideicomiso”) con Banco de Valores S.A., en
su carácter de fiduciario (el “Fiduciario”), en virtud
del cual con fecha 29 de octubre de 2015 cedió
fiduciariamente al Fiduciario créditos originados
en el uso de tarjetas de crédito “Tarjeta Shopping”
o “Tarjeta Shopping Visa” (o cualquier otro nom-
bre o denominación que en el futuro implemente
Tarshop S.A.), en beneficio de INDUSTRIAL AND
12 OFICIAL Nº 33.252
COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA)
S.A. La cesión que aquí se notifica se refiere a los
créditos especialmente indicados en el disco com-
pacto marca Staples Nº07142106 que se entregó
al Fiduciario y al escribano público Marcos A. Paz,
de conformidad con el Contrato de Fideicomiso,
el cual podrá ser consultado por quienes prueben
tener un interés legítimo en el domicilio del Fidu-
ciario sito en Sarmiento 310, o en el del escribano
público, sito en 25 de Mayo 267, 3° piso, ambos de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a
viernes, de 10 a 17 horas. Asimismo, se hace saber
que Tarshop S.A. implementará un acceso a través
de las páginas web www.tarjetashopping.com.ar
y www.tarshop.com (o de cualquier otra que las
reemplace en el futuro) a través de una solapa o
link de fácil reconocimiento y acceso en la cual se
publique el listado de los Créditos. Los créditos
que en el futuro sean transferidos bajo este Con-
trato de Fideicomiso serán cedidos en los mismos
términos y condiciones que los aquí descriptos y
podrán ser consultados por iguales medios que los
mencionados.
La presente publicación importa notificación en
los términos del Artículo 1620 del Código Civil y
Comercial de la Nación. La cesión no modifica
los términos y condiciones de los créditos opor-
tunamente pactados, ni el domicilio de pago. La
cesión implica el cambio de acreedor respecto
de los créditos cedidos que, en lo sucesivo,
pasará a ser el fideicomiso en garantía, repre-
sentado en la persona del Fiduciario. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 749 de fecha
14/12/2009 Reg. Nº 1614
Diana Carolina Arroyo - T°: 93 F°: 570 C.P.A.C.F.
e. 09/11/2015 N° 164597/15 v. 09/11/2015