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N° 164860/15 Aviso del Boletín Oficial

DEL SIGNO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 10 de noviembre de 2015

Texto del aviso

DEL SIGNO S.A.

En cumplimiento de los artículos 10 y 60 de la

Ley 19.550, se expone la nueva composición

del Directorio de la sociedad, aprobada por

Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de

Accionistas de fecha 27 de Julio de 2015: Pre-

sidente: Beatriz Damski, DNI 4.632.791, CUIT

27-04632791-3, con domicilio real y fijando

domicilio especial en la calle 11 de Septiembre

1650 CABA, empresaria, viuda, mayor de edad,

argentina. Director Suplente: Wulf Steiner, DNI

93.186.328, CUIT 20-93186328-3, soltero, con

domicilio real y fijando el especial en la calle

Ruoni 483 de la localidad y partido de Marcos

Paz, Provincia de Buenos Aires, comerciante,

soltero, mayor de edad, uruguayo. Directorio

saliente: Vicepresidente: Jaquelina Ruth Cym-

berknoh, DNI 18.353.820, CUIT 27-18353820-4,

con domicilio real y fijando domicilio especial en

Avda. del Libertador 7050 Piso 5º Departamento

01, CABA, empresaria, casada, mayor de edad,

argentina.- Directora Titular: Erica Vivian Cym-

berknoh, DNI 23.102.946, CUIT 27-23102946-5,

con domicilio real y fijando domicilio especial

en la calle Soldado de la Independencia nº 965

Piso 2º, CABA, empresaria, casada, mayor de

edad, argentina.- Directora Suplente: Ana María

Pucheta, DNI 10.305.945, CUIL 27-10305945-9,

con domicilio real y fijando domicilio especial

en la calle Arredondo 3557, de la localidad

de Castelar, Partido de Morón, Provincia de

Buenos Aires, empleada, viuda, mayor de

edad, argentina.- Asimismo por el mismo Acta

de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del

27/7/2015 se decidió reformar los artículos

octavo, noveno, décimo y décimo primero del

Estatuto los cuales quedaron redactados de la

siguiente manera: -ARTICULO OCTAVO: La di-

rección y administración de la sociedad está a

cargo de un Directorio integrado por uno a ocho

titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o

menor número de suplentes por el mismo pla-

zo de duración del directorio titular, los que se

incorporarán al Directorio por el orden de su

designación. Mientras la sociedad prescinda

de la Sindicatura la elección por una Asamblea

de uno o más directores suplentes será obliga-

toria. La duración del mandato del Directorio es

de tres ejercicios. Los directores en su primera

sesión deben designar un presidente y en caso

de ser un directorio plural, también deben de-

signar un vicepresidente. Este último reemplaza

al presidente en caso de ausencia o impedi-

mento. El Directorio funciona con la presencia

de la mayoría de sus miembros y resuelve por

mayoría de votos presentes. En caso de empate

el presidente tendrá doble voto. La Asamblea

fija la remuneración del Directorio. -ARTICULO

NOVENO: Cada uno de los directores titulares

deberán prestar la siguiente garantía: Pesos

Diez mil ($ 10.000) o el monto mínimo mayor

que se fije en lo sucesivo por parte de las au-

toridades en la materia, la cual deberá consistir

en bonos, títulos públicos o sumas de moneda

nacional o extranjera depositados en entidades

financieras o cajas de valores, a la orden de

la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o

seguros de caución o de responsabilidad civil

a favor de la misma, cuyo costo deberá ser

soportado por cada director; en ningún caso

procederá constituir la garantía mediante el in-

greso directo de fondos a la caja social. Cuan-

do la garantía consista en depósitos de bonos,

títulos públicos o suma de moneda nacional o

extranjera, las condiciones de su constitución

deberán asegurar su indisponibilidad mientras

esté pendiente el plazo de prescripción de

eventuales acciones de responsabilidad. La

garantía deberá mantener su exigibilidad hasta

el cumplimiento de un plazo no inferior a los

tres años que se deberán contar desde el cese

en sus funciones del respectivo administrador.

ARTICULO DECIMO: El Directorio tiene todas

las facultades para administrar y disponer de

los bienes de la sociedad, incluso aquéllas

para las cuales la ley requiere poderes espe-

ciales conforme al Artículo 1881 del Código

Sección

BOLETIN

Civil y Artículo 9 del Decreto - Ley N 5965/63.

Puede, especialmente, operar con toda clase

de bancos, compañías financieras o entida-

des crediticias oficiales o privadas, pudiendo

abrir y cerrar cajas de seguridad, dar y revocar

poderes especiales y generales, judiciales, de

administración y otros, con facultad de sustituir

o sin ella, iniciar, proseguir, contestar o desistir

denuncias o querellas penales, y realizar todo

otro hecho o acto jurídico que haga adquirir de-

rechos o contraer obligaciones a la sociedad.

La representación legal de la sociedad y el uso

de la firma social corresponde al Presidente

del Directorio, en caso de existir un directorio

unipersonal o al Presidente o Vicepresidente en

forma indistinta en caso de existir un directorio

pluripersonal. -ARTICULO DECIMO PRIMERO:

La sociedad prescinde de la Sindicatura con-

forme lo dispuesto por el artículo 284 de la ley

19.550 (to Decreto 841/84). Autorizado según

instrumento privado Acta de Directorio de fecha

28/07/2015

Enrique Horacio Vetere - T°: 18 F°: 642 C.P.A.C.F.

e. 10/11/2015 N° 164860/15 v. 10/11/2015