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N° 164442/15 Aviso del Boletín Oficial

miembros presentes. En caso de que un cuerpo FRENTE FEDERAL DE ACCIÓN SOLIDARIA

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 10 de noviembre de 2015

Texto del aviso

miembros presentes. En caso de que un cuerpo FRENTE FEDERAL DE ACCIÓN SOLIDARIA

se integre con un número par de componentes, DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ocurrido un empate en la votación, el presiden-

Distrito Buenos Aires

te contará con doble voto.

ART. 11: Los miembros suplentes de los cuer-

-EDICTO-

pos podrán concurrir a las sesiones de los mis-

“El señor Juez Federal subrogante con compe- mos, con voz y sin voto.

tencia electoral en el Distrito de la Provincia de ART. 12: En caso de fallecimiento, renuncia o

Buenos Aires, Dr. Laureano Alberto Durán, dis- incapacidad sobreviniente y/o cualquiera otra

puso por resolución de fecha 3 de noviembre causa de cese de sus funciones de los miem-

de 2015, la publicación del texto ordenado de la bros titulares de cualquier cuerpo orgánico,

presente Carta Orgánica partidaria. La Plata, 4 serán reemplazados de la siguiente forma:

de noviembre de 2015.- Dr. Daniel Darío Arme- a) El primer suplente de la misma lista ocupará

llini -Prosecretario Electoral Nacional Provincia el cargo vacante en la última jerarquía del esta-

de Buenos Aires”.

mento que se trate.

b) El Presidente de cualquiera de los cuerpos

CARTA ORGANICA

orgánicos será reemplazado por quien lo sigue

en jerarquía. Los siguientes cargos serán cu-

PARTIDO FRENTE FEDERAL DE ACCION SO- biertos en orden ascendente.

LIDARIA

ART. 13: El Partido Frente Federal de Acción

DISTRITO BUENOS AIRES

Solidaria será gobernado en el orden provincial

por el Congreso Provincial y la Mesa Ejecutiva

TITULO I. Normas Generales

Provincial. En todos los casos deberán ajustar-

CAPITULO I: Denominación y Objeto

se a lo establecido en la Ley 23298 y las modifi-

Artículo 1º: Bajo la denominación de FRENTE caciones de la Ley 26571 y a las que en el futuro

FEDERAL DE ACCION SOLIDARIA Distrito produzcan modificaciones o suplanten a las

Buenos Aires, se constituye en jurisdicción de referidas supra, contemplando en todos los ca-

dicho distrito un Partido Político que se regirá, sos las normas constitucionales en la materia.

en cuanto a su organización y funcionamiento,

por las disposiciones de ésta carta orgánica y CAPITULO I. Del Congreso Provincial

que sostendrá como bases de su acción cívica, ART. 14: La autoridad superior del Partido

en plena adhesión a los principios sostenidos es ejercida por el Congreso Provincial y está

por la Constitución Nacional y Provincial, los formado por los delegados elegidos por los

derechos y garantías que ellas consagran y el afiliados del distrito. Tiene su domicilio en la

régimen republicano, representativo y federal, Capital de la provincia y puede funcionar en el

como, asimismo, el pluralismo partidario.

ámbito de toda la provincia a los efectos de su

CAPITULO 2. Fundamentos de su creación. convocatoria y de acuerdo al domicilio que es-

Declaración de Principios. Bases de Acción pecifique la convocatoria de la Mesa Ejecutiva

Política y Plataforma Electoral.

Provincial. Funciona válidamente de acuerdo a

Artículo 2º: Las ideas directrices del Partido es- lo normado por el Art. 7 del presente estatuto.

tán enunciadas en la Declaración de Principios. ART. 15: El Congreso Provincial estará consti-

Los propósitos concretos de su acción se seña- tuido por veinticinco (25) delegados titulares y

lan en las Bases de Acción Política. Para cada doce (12) suplentes que determinan el primer

elección nacional, provincial o comunal, se Congreso Provincial.

actualizara la Plataforma Electoral encuadrada ART. 16: El Congreso Provincial se reúne en se-

dentro de las ideas expuestas en la Declaración siones ordinarias y/o extraordinarias de acuer-

de Principios y de las normas establecidas por do a la norma siguiente:

las Bases de Acción Política.

a) Convocado a sesión ordinaria por la Mesa

Artículo 3º: La Carta Orgánica Provincial es la Ejecutiva Provincial una vez al año y en el Orden

Ley Fundamental del Partido. Todos los afilia- del Día se deberán incluir:

dos y adherentes están, inexcusablemente, 1.- Informe de la Mesa Ejecutiva Provincial

obligados a la observancia y acatamiento de 2.- Memoria, balance, estado patrimonial,

sus disposiciones como, así también, los can- cuenta de ingresos y egresos, informe de la

didatos a representaciones públicas que no Comisión Revisora de Cuentas, informe del

fuesen afiliados, en lo que fuere pertinente. contador certificante de los estados contables

CAPITULO 3: De la Integración y Domicilio. y aprobación por el Consejo de Ciencias Eco-

ART. 4: Constituyen el Partido Frente Federal nómicas, teniendo en cuenta que el cierre de

de Acción Solidaria Distrito Buenos Aires, los cada ejercicio económico será el 31 de diciem-

ciudadanos argentinos que habiendo adheri- bre de cada año calendario.

do a la Declaración de principios y Bases de 3.- Informe de los grupos parlamentarios pro-

Acción Política, se encuentren inscriptos en los vinciales desde la última asamblea ordinaria.

registros oficiales del Partido. El domicilio legal 4.- Recursos interpuestos ante la Mesa Ejecuti-

del Partido Frente Federal de Acción Solidaria va Provincial y que fueron materia de resolución

distrito Buenos Aires, se fija en la Capital de la del Congreso Provincial.

Provincia de Buenos Aires.

5.- La Mesa Ejecutiva Provincial podrá ampliar

ART. 5: Para la afiliación al Partido deberán el presente temario.

adoptarse y cumplirse las disposiciones de la b) Convocado a sesión extraordinaria de la si-

Ley Nº 26571 y las que en el futuro modifiquen guiente forma:

o suplanten la misma.

1.- El Congreso Provincial puede ser convocado

ART. 6: Los ciudadanos afiliados al Partido por la Mesa Ejecutiva Provincial con treinta (30)

ejercerán el Gobierno y la Dirección del mismo días de anticipación a sesión extraordinaria.

por intermedio de los órganos creados por este 2.- A solicitud del veinte (20) por ciento de sus

Estatuto y todos los afiliados deberán ajustar su miembros. El temario será fijado por el pedido

actuación a lo dispuesto en el mismo.

de convocatoria, pudiendo ser ampliado por la

Mesa Ejecutiva Provincial. ART. 7: La Mesa Ejecutiva Provincial determina-

rá las condiciones de afiliación de los ciudada- ART. 17: El Congreso Provincial tendrá las si-

nos, cumplimentando los requisitos legales que guientes atribuciones

fueren necesarios y reglamentará la inscripción a) Aprueba y reforma el Estatuto y la Declara-

de las adhesiones de los ciudadanos menores ción de principios

de 16 años y de los extranjeros.

b) Determina el programa y establece las bases

ART. 8: Con la aceptación de la afiliación por de acción política

la Mesa Ejecutiva Provincial, el padrón de afi- c) Establece la plataforma electoral, la estrate-

liados será administrado por la Junta Electoral gia política y de las alianzas.

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Martes 10 de noviembre de 2015

Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 33.253

d) Considera los informes de la Mesa Ejecutiva Partidos Políticos. Ejercerá en receso del Con- ART. 35: La Tesorería deberá:

primera elección interna partidaria en la cual

Provincial.

greso Provincial, sus atribuciones y todos los a) Controlar la gestión, conservación y adminis- podrán afiliarse el mismo día de la elección.

e) Dicta la Carta Orgánica Provincial.

derechos que correspondan al Partido. Desig- tración del patrimonio partidario, con detalles TITULO V. Patrimonio del Partido

f) Entiende en todos los casos de recursos que nará a los Apoderados Provinciales con capaci- de ingresos y egresos, debiendo conservar ART. 49: El patrimonio del Partido se forma:

se deduzcan contra las decisiones de la Mesa dad para representar al Partido ante la Justicia todos los comprobantes por tres ejercicios a) Con el cinco por ciento del total de las re-

Ejecutiva Provincial.

Federal y Ordinaria y ante todos los demás fue- anuales como mínimo.

muneraciones percibidas por todo concepto

g) Reglamenta la organización de los grupos ros y jurisdicciones en que proceda y también b) Dictaminar sobre el estado patrimonial y la si- por los legisladores y funcionarios provinciales

parlamentarios provinciales o de representan- ante las autoridades administrativas provincia- tuación de ingresos y egresos de cada ejercicio y municipales designados con excepción de los

les, y en su caso, municipales. A su cargo esta- tes de los municipios y comunas de la provincia.

anual, dentro de los treinta días de finalizado el que sean funcionarios de carrera.

h) Será atribución del Congreso Provincial toda rá la representación jurídica del Partido, a todos mismo. Dicho dictamen deberá ser anualmente b) Con la cuota que fije el Congreso Provincial

otra medida que contribuya al normal fun- sus efectos, ya fuera en materia de Derecho presentado al congreso provincial.

para sus miembros y los de la Mesa Ejecutiva

cionamiento del Partido, tanto externo como Público o Derecho Privado. La Mesa Ejecutiva CAPITULO III. Junta Electoral Provincial

Provincial.

interno, y que no esté claramente reglamentado Provincial podrá además, otorgar poderes es- ART. 36: La Junta Electoral Provincial estará c) Con los subsidios del Estado

peciales para la celebración y otorgamiento de en este estatuto.

integrada por dos miembros titulares y un su- d) Con las entradas extraordinarias que debe-

actos de cualquier naturaleza, conducentes al CAPITULO II: De la Mesa Ejecutiva Provincial

plente elegido por el voto directo de los afilia- rán ser asentadas y publicadas por la Mesa

ART. 18: Durante el receso del Congreso Pro- cumplimiento de los fines partidarios.

dos, conjuntamente con la elección de la Mesa Ejecutiva Provincial.

vincial, la dirección general del Partido estará ART. 23: La Mesa Ejecutiva Provincial será Ejecutiva Provincial. Deberán ser afiliados al e) Con las donaciones que se reciban.

a cargo de la Mesa Ejecutiva Provincial. Estará responsable de todos los órganos de difusión Partido.

Cuenta corriente única. Los fondos del parti-

provincial del Partido a través del secretario compuesta de seis (6) miembros titulares y tres

ART. 37: La Junta Electoral a los efectos de la do político deberán depositarse en una única

respectivo. (3) miembros suplentes, distribuidos de acuer-

Ley 26571 (primarias abiertas y simultáneas cuenta por distrito que se abrirá en el Banco de

CAPITULO III. De las Organizaciones Distritales do al Art. 6 del presente estatuto.

obligatorias para cargos nacionales y parla- la Nación Argentina o bancos oficiales en las

ART. 19: La Mesa Ejecutiva Provincial tendrá su y de Circuito

mentarios del MERCOSUR) deberá auto-con- provincias que los tuvieran, a nombre del par-

asiento en la Capital de la Provincia. La misma ART. 24: La representación del Partido en cada

tido y a la orden conjunta o indistinta de hasta vocarse en los plazos que exija la misma.

estará constituida por un (1) Presidente, un (1) distrito estará a cargo de una Mesa Departa- ART. 38: Son atribuciones de la Junta Electoral cuatro (4) miembros del partido, de los cuales

mental integrada por seis (6) miembros titula- Vicepresidente, un (1) Secretario General, un

Provincial:

dos (2) deberán ser el presidente y tesorero, o

res y tres (3) suplentes, se constituirán con la (1) Tesorero y cinco (5) Vocales a los que se

a) Presidir y fiscalizar las elecciones internas sus equivalentes, uno de los cuales, necesaria-

les asignarán las funciones para el normal fun- supervisión y aprobación de la Mesa Directiva que se realicen.

mente, deberá suscribir los libramientos que se

cionamiento del Partido.

Provincial.

efectúan. b) Resolver como juez único las impugnaciones

ART. 20: La Mesa Ejecutiva Provincial hará ART. 25: La representación del Partido en cada presentadas durante dicho periodo.

Los órganos nacionales del partido deberán

circuito electoral estará a cargo de una Mesa cumplir esta carta orgánica, las disposiciones

c) Confeccionar el padrón de afiliados y depu- abrir una cuenta única en el distrito de su fun-

de Circuito integrada por seis (6) miembros titu- y resoluciones del Congreso Provincial, velan-

rarlo con todas las tachas que correspondan, dación en el Banco de la Nación Argentina, en

lares y tres (3) suplentes; se constituirán con la do para que no se desvirtúen los principios y

similares términos a los del párrafo precedente. manteniéndolo actualizado durante los perio-

el programa del Partido. Durante el receso del supervisión y aprobación de la Mesa Ejecutiva

Las cuentas deberán registrarse en el Ministe- dos entre elecciones internas.

Congreso Provincial tendrá capacidad para Provincial.

rio del Interior e informarse al juzgado federal d) Entender en todo conflicto que se suscitase

adoptar todas las decisiones que las circuns- ART. 26: Cada Mesa estará constituida por un con motivo de las elecciones internas, resol- con competencia electoral del distrito corres-

Presidente, un Vicepresidente, un Secretario tancias requieran, pudiendo actuar en los

viendo lo que a su entender fuese necesario. pondiente.

General y tres Vocales. Distritos y Circuitos y aprobar las medidas que

El cierre de cada ejercicio económico será el 31 e) Designar los presidentes de mesa y demás

fueran necesarias para resguardar allí la exis- TITULO III. Organos de Contralor

de diciembre de cada año calendario. funcionarios que intervendrán en la organiza-

tencia del Partido, la vigencia de los principios CAPITULO I. Tribunal de disciplinas

ción de los comicios.

de este estatuto y el ejercicio de los derechos ART. 27. Toda cuestión relacionada con la dis-

ART. 39: La Junta Electoral Provincial sesionará ART. 50: En caso de incumplimiento de lo

acordados por las leyes electorales, hasta tan- ciplina y conducta de los afiliados. Excepto en

dispuesto por el articulo precedente, el o los todos los días desde la convocatoria hasta el

los casos determinados expresamente en este to el Congreso Provincial se reúna y decida al

responsables serán conminados de manera fe- plazo de oficialización, y el día de las elecciones

estatuto, será sometido al conocimiento y deci- respecto. En el caso de adoptar esas medidas

haciente a que regularicen su situación dentro en forma permanente hasta la finalización del

excepcionales de un distrito o circuito y con sión del tribunal de disciplinas.

de los quince días de recibida la notificación y, escrutinio definitivo. Finalizado dicho periodo

relación a los afiliados a éste, la Mesa Directiva ART. 28: El Tribunal de disciplinas estará

pasara a receso hasta ser convocada.

si no obstante ellos no dieran cumplimiento, se

Provincial deberá dar cuenta de la situación al compuesto por tres miembros titulares y tres

remitirán las actuaciones al Tribunal de Con- ART. 40: A la oficialización de las listas se in-

Congreso Provincial. De todas las resolucio- suplentes elegidos por acto directo de los afilia-

ducta. corporará como miembro pleno de la Junta

dos conjuntamente con la elección de la Mesa nes de la Mesa Ejecutiva Provincial se podrá,

TITULO VI. Disposiciones Generales Electoral Provincial, un apoderado de cada lista

dentro de los quince (15) días hábiles, recurrir Ejecutiva Provincial.

ART. 51: No podrán ser candidatos a cargos pú- oficializada.

en apelación al solo efecto devolutivo, por ante ART. 29: Los miembros del Tribunal de disci-

ARTICULO TRANSITORIO: En la primera elec- blicos electivos ni ser designados para ocupar

el Congreso Provincial Ordinario. El recurso plinas deberán reunir las condiciones para ser

cargos partidarios: ción la Junta Electoral Provincial será designa-

no detendrá el cumplimiento y se interpondrá senador nacional.

a) Los excluidos del registro nacional de elec- da por la Mesa Ejecutiva de la Junta Promotora,

por escrito dirigido al Presidente de la Mesa ART. 30: Los miembros del Tribunal de discipli-

tores como consecuencia de las disposiciones con todas las atribuciones establecidas en este

nas no podrán investir otro cargo partidario ni Ejecutiva Provincial y presentada en su sede.

legales vigentes. estatuto. Estará integrada por tres (3) miembros

La Mesa Ejecutiva Provincial resolverá sobre la electivo.

y su mandato vencerá finalizadas las eleccio- b) El personal superior y subalterno de las

procedencia del recurso dentro de los treinta ART. 31: SANCIONES. Los afiliados al Partido

nes, siendo reemplazada por la Junta Electoral fuerzas armadas de la Nación en actividad y en

(30) días de recibida por su presidente. El plazo podrán ser sancionados con:

situación de retiro cuando haya sido llamado a Provincial definitiva elegida por medio del su-

se reducirá lo necesario en el supuesto de me- a) Apercibimiento

prestar servicio. fragio.

diar reunión ordinaria del Congreso Provincial b) Suspensión de 10 a 365 días

c) Magistrados y Funcionarios permanentes del TITULO IV. Participación de los Afiliados

antes de su vencimiento. Denegado el recurso, c) Expulsión

CAPITULO I. De las Elecciones

Poder Judicial nacional o de la provincia.

o vencido el plazo para decidir sobre su proce- ART. 32: Las penas serán aplicadas, previo el

d) Aquellos comprometidos en actos de corrup- ART. 41: Las autoridades partidarias provincia- dencia sin que hubiera resolución al respecto cumplimiento procesal que se instituye en el

ción o vinculados a actividades antidemocráti- les (Congreso Provincial, Mesa Ejecutiva Pro- de la Mesa Ejecutiva Provincial, se podrá recu- artículo 33 del presente, a los afiliados que se

cas. vincial, Tribunal de Conducta, Tesoreria y Junta rrir de hecho por ante el más inmediato Congre- encuentren incursos en las siguientes figuras:

e) Para ocupar cargos partidarios las personas Electoral Provincial, serán elegidas en el mismo so Provincial Ordinario.

a) Inconducta partidaria por violación acredita-

acto por el voto directo de los afiliados, dis- que no estén afiliadas al Partido.

ART. 21: La Mesa Ejecutiva Provincial tiene a da a las normas del presente estatuto, decla-

tribuyéndose de acuerdo a lo establecido por ART. 52: Este estatuto es la Ley suprema del

su cargo el cuidado del patrimonio del Partido ración de principios, bases de acción política

partido en todo el territorio de la provincia. La este estatuto para cada órgano. Durarán en sus

en el orden provincial y posee plena capacidad y/o resoluciones del Congreso Provincial o de

organización de cada departamento o circuito funciones cuatro años y podrán ser reelegidos

para realizar todos los actos inherentes a la la Mesa Ejecutiva Provincial.

deberá, obligatoriamente, conformarse a sus en forma indefinida.

condición de persona jurídica de derecho priva- b) Los condenados por sentencia firme por

ART. 42: La convocatoria a elecciones será principios y mandatos, y cualquier resolución

do reconocida al Partido por la Ley 23298, sus delito común. Ante el procesamiento o dictado

efectuada por la Mesa Ejecutiva Provincial con de sus autoridades a lo que tales estatutos es-

complementarias y modificatorias, sin perjuicio de prisión preventiva, el afiliado podrá ser sus-

tablecen, será insanablemente nula. Este esta- no menos de sesenta (60) días de anticipación de las atribuidas en este estatuto en materia pendido preventivamente hasta la finalización

tuto podrá ser reformado cuando así lo declare al acto eleccionario. de personería jurídico-política. Sera obligatoria del juicio.

el Congreso Provincial por el voto de la mayoría ART. 43: Se utilizarán boletas completas, por la publicidad de toda la fuente de ingresos, de ART. 33: Se establece como procedimiento

absoluta de sus componentes, con indicación color, divididas en cuerpos en las que consta- los bienes, así como las inversiones y gastos. sancionatorio-disciplinario, el juicio sumario,

rán los nombres de los candidatos y cargos a de los artículos que habrán de reformarse. Las

Deberá llevar contabilidad de todo ingreso de verbal y actuado. Recibida una denuncia o, en

reformas se sancionarán por el voto de la mayo- elegir de acuerdo al siguiente detalle: fondos o especie, con indicación de la fecha de su caso, actuando de oficio, el tribunal proce-

ría absoluta de sus componentes o por el voto a) Congreso Provincial los mismos y de los nombres y domicilio de las derá a dictar su avocamiento, corriendo vista

de las dos terceras partes de los presentes. b) Mesa Ejecutiva Provincial personas que lo hubieran ingresado o recibido, de la denuncia y/o cargos al denunciado. En el

ART. 53. El Partido se extinguirá además de

debiendo esta contabilidad conservarse duran- mismo decreto fijará audiencia a los fines de c) Tribunal de disciplinas

las causales previstas legalmente, cuando el

te tres ejercicios con todos sus comprobantes. descargo, en que deberá ofrecer la prueba de d) Tesorería

Congreso Provincial –previo plebiscito- así

e) Junta Electoral Provincial Dentro de los sesenta (60) días de finalizado la que habrá de valerse a los fines de su defen-

lo decida por la mayoría de dos tercios de

ART. 44: Los candidatos a cargos electivos se- cada ejercicio anual deberá presentar al Con- sa en el juicio. Recibido el descargo, que podrá

sus integrantes. A tal efecto deberá ser cita-

greso Provincial con dictamen de la comisión ser actuado o por memorial incorporado a la rán elegidos preferentemente en el mismo acto

da en la forma que lo establece el presente

de contralor y elevar al Juez de aplicación co- audiencia, el tribunal deberá producir la prueba comicial que las autoridades partidarias en el

estatuto a una asamblea extraordinaria en la

rrespondiente, el estado anual de patrimonio en el término de veinte días hábiles. Clausurado caso de que coincidan las fechas de dichos

cual se tratará ese único punto como Orden

partidario, el inventario, balance general y la

actos eleccionarios. el término de prueba por disposición expresa,

del Día.

ART. 45: Para los cargos electivos se utilizara el cuenta de ingresos, inversiones y egresos, cer- procederá a resolver compuesto por el presi-

ART. 54: Decidida la extinción del partido en la

tificada toda esa documentación por contador dente, el vicepresidente y el secretario del Con- mismo sistema de votación dispuesto para los

forma y modo que se establece en el artículo

público nacional y acompañada por el dictamen greso Provincial. La apelación será interpuesta cargos partidarios.

anterior, el Congreso Provincial determinará en

de la comisión antes mencionada. Dentro de dentro del término de tres días hábiles de no- ART. 46: Los candidatos a cargos electivos po-

la misma sesión el destino de los fondos to-

lios sesenta (60) días de celebrado el acto elec- tificada la resolución en el domicilio especial drán ser afiliados al Partido o extrapartidarios

mando a tal efecto todo lo recaudado que fuere

toral en que haya participado el partido, la Mesa

ratificados por la autorización del Congreso constituido al efecto, debiendo ser fundado.

necesario para el cumplimiento de su mandato

Ejecutiva Provincial deberá presentar al Juez de El tribunal de alzada se pronunciará dentro del Provincial.

en tal sentido, sin perjuicio de los derechos de

aplicación correspondiente cuenta detallada de término de diez días hábiles de recibidas las ART. 47: Las listas serán presentadas para ser los acreedores. El proceso de liquidación y ulte-

los ingresos y egresos relacionados con el acto actuaciones. Sera de aplicación supletoria el C. oficializadas ante la respectiva Junta Electoral rior transferencia de los bienes remanentes se

electoral. Deberá así mismo llevar los libros de P.P. Nacional.

con la anticipación de hasta veinte días hábiles ajustará a lo prescripto en la Ley 23298 y 26571.

inventario, caja, de actas y resoluciones, todos CAPITULO II: Tesorería

del acto comicial conforme al cronograma dis-

ellos en hojas fijas.

ART. 34: La Tesorería estará compuesta por un puesto por aquella.

Dr. Laureano Alberto Durán Juez - Dr. Daniel

ART. 22: La Mesa Ejecutiva Provincial tendrá miembro titular y un suplente elegidos por el ART. 48: Para las elecciones internas de can- Darío Armellini Prosecretario Electoral Nacional

a su cargo el cuidado y cumplimiento de las voto directo de los afiliados conjuntamente con didatos a cargos partidarios votaran solamente

obligaciones que establece la legislación sobre la elección de la Mesa Ejecutiva Provincial. aquellas personas afiliadas al Partido, y en la

e. 10/11/2015 N° 164442/15 v. 10/11/2015