N° 165712/15 Aviso del Boletín Oficial
CONSTRUCTORA MORAES DANTAS
Texto del aviso
CONSTRUCTORA MORAES DANTAS
INTERNACIONAL S.A.
Por Acta de Asamblea Extraordinaria del
14/08/2015 se resolvió la Reforma del Estatuto
Social en sus artículos Primero, Tercero, Octa-
vo y Noveno.
“ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomi-
na “MORAES DANTAS S.A.” y tiene su domicilio
legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, pudiendo establecer agencias,
sucursales y todo tipo de representaciones en
cualquier lugar del país o del extranjero”.-
“ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá
por objeto realizar por cuenta propia o de ter-
ceros o asociada a terceros o en comisión o
por mandato de terceros, en cualquier lugar
de la República Argentina o del extranjero, las
siguientes actividades que se describen en
forma detallada, las que son conexas, acce-
sorias y complementarias entre sí, y conducen
todas ellas al desarrollo del siguiente objeto
social preciso, determinado y único, a saber: la
explotación de centros de entretenimientos fa-
miliares, recreación, feria infantil, y parque de
atracciones, mediante la utilización de disposi-
tivos, juegos, aparatos, videojuegos y equipos
electrónicos y electromecánicos y afines de
generación y reproducción de imagen y soni-
do, como asimismo los de transmisión y gene-
ración de energía eléctrica, industrialización,
comercialización y servicios de reparación,
mantenimiento y puesta en funcionamiento
de la máquina relacionada. Explotación de
salones de fiestas infantiles con expendio de
bebidas, alimentos y golosinas en los mismos
y celebración de cumpleaños infantiles. Com-
pra, venta, importación, exportación, permuta,
fabricación, montaje, reparación, locación y
explotación de aparatos y equipos electróni-
cos y electromecánicos de generación y re-
producción de imagen y sonido, así como los
relacionados con la transmisión y generación
de energía eléctrica, incluidos videojuegos, y
aparatos de entretenimiento, operados o no
con monedas, en todas sus formas, sus re-
puestos y accesorios, incluidos los servicios
de reparación y mantenimiento. La financia-
ción y/o realización de toda clase de operación
financiera, con aportes de capitales propios en
todas las operaciones que constituyan la acti-
vidad y objeto de la sociedad. La constitución
de prendas, hipotecas y otros derechos reales,
compra y venta de títulos o acciones. El ejerci-
cio de representaciones, mandatos, agencias,
Segunda Sección
BOLETIN
comisiones, consignaciones, gestiones de puesto en la Ley General de Sociedades 19.550
negocios, administración de todo tipo de bie- y modificatorias y tomará resoluciones con la
nes, capitales, empresas en general, pudiendo presencia de la mayoría absoluta de sus miem-
ejercer la representación legal y comercial de bros, y el voto favorable de la mayoría presente.
sociedades, entes nacionales y extranjeros. En caso de empate el Presidente tendrá doble
Para la prosecución de su objeto la sociedad voto. El Directorio podrá celebrar reuniones a
tiene plena capacidad jurídica para realizar to- distancia si así lo autorizan las normas vigentes,
dos los actos y contratos que las leyes vigen- en la forma y de acuerdo con los procedimien-
tes y este contrato autorizan. La sociedad po- tos que contemple la normativa aplicable.
drá realizar la financiación de las operaciones Artículo 13º: Fiscalización: La fiscalización de
sociales obrando como acreedor prendario en la sociedad estará a cargo de un síndico titular
los términos del artículo 5 de la ley 12962 y por el término de tres ejercicios. La Asamblea
realizar todas las operaciones necesarias de también debe elegir un síndico suplente por el
carácter financiero permitidas por la legisla- mismo término. Mientras la Sociedad quede
ción vigente, siempre con dinero propio. No encuadrada en el artículo 299 de la Ley General
realizará las comprendidas en la ley 21.526 o de Sociedades 19.550, excepto su inciso 2º, la
cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su fiscalización de la Sociedad será ejercida por
reemplazo o requiera la intermediación en el una Comisión Fiscalizadora integrada por tres
ahorro público. Podrá asimismo realizar todo síndicos titulares con mandato por tres años,
tipo de inversiones ya sea en bienes, títulos siendo reelegibles indefinidamente. En ese
o acciones, a través del mercado de capita- caso la Asamblea designará también a tres
les, abierto o cerrado, bursátil o extrabursátil, síndicos suplentes por el mismo plazo, quienes
fondos comunes, o cualquier otro tipo de in- reemplazarán a los titulares en caso de vacan-
versión que no le fuera prohibida por las leyes cia en la forma prevista en el artículo 291 de la
vigentes”.“ARTICULO OCTAVO: La dirección y Ley General de Sociedades 19.550
la administración de la sociedad está a cargo Se comunica que de acuerdo con lo resuelto por
del DIRECTORIO, integrado por uno a cinco la Asamblea Ordinaria de Accionistas del 29 de
miembros titulares, pudiendo la asamblea ele- Octubre de 2015, aprobó por unanimidad el Au-
gir igual o menor número de suplentes, los que mento de Capital por la suma de Cinco millones
se incorporarán al directorio por el orden de su setecientos mil pesos ($ 5.700.000), elevando
designación.- Mientras la sociedad prescinda así el capital de la sociedad a la suma de Doce
de la sindicatura, la elección por la asamblea millones de pesos ($ 12.000.000). El aumento
de uno o más directores suplentes será obli- se hará con prima de emisión, delegando en el
gatoria.- El término de su elección es de TRES Directorio la determinación de la época de la
EJERCICIOS.- La asamblea fijará el número emisión, la forma y condiciones de pago y la
de directores así como su remuneración.- El prima de emisión a aplicar. La Asamblea fijará
directorio sesionará con la mayoría absoluta los parámetros dentro de los cuales el Direc-
de sus integrantes y resuelve por mayoría de torio establecerá la prima de emisión de las
los presentes; en caso de empate, el Presi- nuevas acciones. El Directorio podrá aprobar
dente desempatará votando nuevamente.- En los documentos de emisión correspondientes y
su primera reunión designará un Presidente, la suscripción de los contratos que fueren ne-
pudiendo, en caso de pluralidad de titulares, cesarios y/ó convenientes para la implementa-
designar un Vicepresidente que suplirá al ción de la misma, con facultad para efectuar las
primero en su ausencia o impedimento.- Los modificaciones que sugieran los organismos de
directores titulares deberán prestar una ga- control para la realización de tales actos.
rantía, que cumplirá las condiciones de mon- El Directorio al momento de decidir la emisión
to y forma que establecen las Resoluciones del aumento de capital, otorgará a los accio-
Generales pertinentes de la IGJ.- El directorio nistas el derecho de suscripción preferente y
tiene amplias facultades de administración y de acrecer que disponen el artículo 194 y sus
disposición, incluso las que requieren pode- concordantes de la Ley General de sociedades
res especiales a tenor del artículo 1881 del 19.550
Código Civil y artículo noveno del Decreto Ley Se comunica que de acuerdo con lo resuelto por
5965/63.- Podrá especialmente, operar con la Asamblea de Accionistas del 29 de Octubre
toda clase de bancos, compañías financieras o de 2015 y la reunión de Directorio realizada en
entidades crediticias oficiales y privadas; dar y la misma fecha, el Directorio de esta Sociedad
revocar poderes especiales y generales, judi- quedó conformado como sigue: Presidente:
ciales, de administración u otros, con o sin fa- Lic. Isaac Salvador Kiperszmid (Domicilio Espe-
cultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar cial: Av. Libertador 6343, 10° piso A y B-Capital
o desistir denuncias o querellas penales y rea- Fed.); Vicepresidente: Lic. Ariel Kiperszmid (Do-
lizar todo otro hecho o acto jurídico que haga micilio Especial: Av. Libertador 6343, 10º piso
adquirir derechos o contraer obligaciones a A y B-Capital Fed.); Directores Titulares: Cdor.
la sociedad.- La REPRESENTACION legal de Ruben Sergio Geiler (Domicilio Especial: Via-
la sociedad corresponde al PRESIDENTE del monte 1526, 2º piso 6 – Capital Fed.); Dr. Fran-
Directorio, o al Vicepresidente, en su caso”.- cisco Canese Mendez (Domicilio Especial: Av.
“ARTICULO NOVENO: La sociedad PRESCIN- Leandro N. Alem 465, piso 1º – Capital Fed.); Dr.
DE de la SINDICATURA conforme a lo dispues- Santiago Casares (Domicilio Especial: Callao
to en el artículo 284 de la Ley 19.550.- Cuando 1033, 4º piso – Capital Fed.) Directores Suplen-
por aumento de capital social, la sociedad tes: Dr. José Octavio Claria (Domicilio Especial:
quedara comprendida en el inciso segundo Callao 1033, 4° piso –Capital Fed.); Dr. Facundo
del artículo 299 de la ley citada, anualmente Erviti (Domicilio Especial: Arenales 1805, piso
la asamblea deberá elegir Síndico titular y su- 6º E – Capital Fed.). Como Síndicos Titulares
plente” Autorizado según instrumento privado fueron elegidos: Cdor. Manuel Francisco Javier
Acta Asamblea de fecha 14/08/2015
Albano (Domicilio Especial: Estados Unidos
Gustavo Daniel Pittaro - T°: 377 F°: 124 972, PB, Capital Fed.); Cdora. Zulma Mabel
C.P.C.E.C.A.B.A.
Toloza (Domicilio Especial: Estados Unidos
972 - PB, Capital Fed.); Cdora. Silvana Lorena e. 12/11/2015 N° 165712/15 v. 12/11/2015
González (Domicilio Especial: Estados Unidos