N° 165803/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 42
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 42
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO. El Juzgado Nacional de 1ra Inst. en lo
Civil Nro. 42, Secretaría única a cargo de la Dra.
Laura Evangelina Fillia, comunica por 2 días en
autos: “CONS DE PROP SARMIENTO 2636 c/
MIZRAJI Y SAMANTOB, Lidia Beatriz s/EJE-
CUCION DE EXPENSAS”, Exp. 8739/01 que el
Martillero PABLO LEANDRO PIPIERI subastará
el 18 de Noviembre de 2015, a las 10,45 horas
en punto, en la Sede de la Oficina de Subastas
Judiciales, sito en calle Jean Jaures 545 de esta
Ciudad, el inmueble sito en la calle SARMIEN-
TO 2636/38/40, unidad funcional 4, 1er piso,
matrícula FR 11-542/4; sup. 103,07m2, porcen-
tual 11,91%, que adeuda: AYSA $ 3.835,01 al
11/3/15 (fs. 608/10); Aguas Arg. $ 18.962,13 al
10/6/15 (fs. 636/7), GCBA sin deuda al 20/2/15
(fs. 600/1); OSN no registra deuda al 10/3/15
(fs. 616/7), y, Expensas de Marzo/93 a Agos-
to/15 $ 237.083.- (fs. 659/63) valor Agosto/15
$ 1.430.- Del informe del Martillero surge que
el bien se encuentra ocupado por la Sra. Lidia
Beatriz Mizraji (DNI 20.349.907) y manifiesta
que ocupa en calidad de dueña no exhibiendo
título. Asimismo manifiesta que viven allí Ricar-
do Alberto Farina, Pablo Javier Galvan, Maira
Ailen Galvan y un menor de edad Gastón David
Farina Mizraji. La unidad consta de hall de en-
trada, living con balcón francés, dos dormito-
rios, uno con balcón francés, baño completo,
toilette, cocina, patio y lavadero. Se encuentra
en regular estado de conservación. Esta venta
se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR,
BASE $ 400.000,- SEÑA 30%, COMISION 3%,
SELLADO Y ARANCEL (Acordada 24/00) 0,25%
todo en dinero en efectivo en el acto de la su-
basta, debiendo el comprador constituir domi-
cilio dentro del radio de la Capital Federal, bajo
apercibimiento de que las sucesivas providen-
cias se le tendrán por notificadas en la forma
y oportunidades previstas en el Art. 133 del
C.P., debiéndose depositar el saldo de precio
dentro del 5to día de aprobada la subasta (cfr.
580 CPCC) caso contrario se aplicará un inte-
rés equivalente a la tasa pasiva promedio del
Banco Central de R.A. hasta el efectivo pago
y sin perjuicio de la nueva subasta que pudiera
decretarse (art. 584 CPCC). No corresponde
que el adquirente en subasta judicial afronte las
deudas que registra el inmueble por impuestos,
tasas, y contribuciones, devengadas antes de
la toma de posesión cuando el monto obtenido
en la subasta no alcanza para solventarlos. Así
mismo no cabe una solución análoga respecto
de las expensas comunes para el caso de que
el inmueble se halle sujeto a la ley 13.512. (cfr
CNCiv. En pleno 18/2/99-autos: “SERVICIOS
EFICIENTES SA c/YABRA, Roberto Isaac s/
EJEC. HIPOTECARIA”). EXHIBICION: los días
16 y 17 de Noviembre de 14,30 a 16,30 horas.
BUENOS AIRES, 9 Noviembre de 2.015.-
DR. MAXIMILIANO CAIA. JUEZ.- Juez - Dra.
Laura E. Fillia.- Secretaria.-
e. 12/11/2015 N° 165803/15 v. 13/11/2015