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N° 163849/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 13

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 17 de noviembre de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 13

SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de 1º Inst. Civil 13, a cargo

de la Dra. Celia Angeles Perez, secretaria única a

mi cargo, sita en Av. De los Inmigrantes 1950 P5

CABA, comunica por dos (2) días, en autos “CONS

DE PROP EDIFICIO PAXAPOGA AV EOLO 97 PI-

NAMAR BS AS c/ ANTONINI ALICIA GRACIELA

s/EJECUCION DE EXPENSAS” Exp 103434/12,

que el Martillero Publico Javier San Sebastian,

CUIT 20-13852788-4, Tel4373-7794, rematará el

1/12/15 a las 10:15hs en punto, en Oficina de Su-

bastas Judiciales (Jean Jaures 545 CABA), el 50%

indiviso propiedad de Alicia Graciela Antonini del

inmueble sito en Av. Eolo s/n entre Del Odiseo y

De las Odinas, NC Circ. IV, Secc. U, Mz 20, Parc 7,

sub. 03-04, UF 16 – Polígono 03–04 de Pinamar,

loc Pinamar, Prov. de Bs As, mat. 8.690/16. Es un

depto de 3 amb de aprox 60 m2. Posee un living

comedor con hogar y una ventana con orientación

hacia el mar, una cocina y un pequeño lavadero

con una ventana, luego se accede a un hall de

distribución y de allí a un baño completo con ante

baño, y a las dos habitaciones que tienen salida a

un balcón corrido con orientación contraria al mar.

Cuenta el edificio con provisión de agua corriente,

gas, energía eléctrica y cloacas. En la entrada del

edificio hay un cartel que dice “PAXAPOGA – Eolo

101”. Estado de conservación: bueno. Al momen-

to de la constatación el inmueble se encontraba

desocupado. La venta es al contado, en efectivo,

al mejor postor, AD CORPUS, en el estado físico

en que se encuentra. BASE:$ 400.000, SEÑA:

30%, COMISION: 3%, Arancel Acordada 10/99

del 0,25%, y sellado de ley todo a cargo del com-

prador. El saldo deberá depositarse dentro del 5°

día de aprobado el remate bajo apercibimiento del

Art. 580 CPCCN, en caso de no integrarlo oportu-

namente, devengará -a partir del vencimiento de

dicho plazo- intereses, y/o será pasible de ade-

cuación por el mecanismo que resulte pertinente.

El comprador deberá constituir domicilio dentro

del radio del Juzgado, bajo apercibimiento del Art

133 CPCCN. El adquirente no deberá afrontar las

deudas que registre el inmueble por impuestos,

tasas y contribuciones, devengadas antes de la

toma de posesión cuando el monto obtenido en

la subasta no alcance para solventarlos, no cabe

una solución análoga respecto de las expensas

comunes (conf. plenario Cám. Civ. “Servicios Efi-

cientes S.A. c/ Yabra Roberto Isaac s/ ejecución

hipotecaria”. No procede la compra en comisión

ni la ulterior cesión del boleto de compraventa. No

se autoriza la compra por mandato tácito, en los

términos dispuestos por el art. 17 del Reglamento

de la Oficina de Subastas (Resolución 60/2005,

Consejo de la Magistratura). En caso de compra

mediante poder, el martillero anunciará de forma

inmediata y a viva voz el nombre del mandante.

Adeuda: Muni Pinamar $ 1751,66 al 11/06/14 fs

183/93, ARBA $ 1900,60 al 26/06/14 fs 175/180,

Coop Aguas y Luz Pinamar s/d al 11/8/14 fs 207/09,

Expensas al 22/10/15 $ 75584,15 (Cap $ 47250 +

int $ 28334,15), Expensa oct/15 $ 2000 a fs 387.

Exhibición: 27/11/15 de 16 a 18hs y 28/11/15 de 10

a 12hs. El presente deberá publicarse por dos días

en el Boletín Oficial y en el diario “LA LEY”. Buenos

Aires, 03 de noviembre de 2015. Celia Angeles

Perez Juez - Dr. Diego Hernán Tachella Secretario

e. 17/11/2015 N° 163849/15 v. 18/11/2015