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N° 167507/15 Aviso del Boletín Oficial

sos, en dólares estadounidenses o en cual- FIAT CREDITO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 17 de noviembre de 2015

Texto del aviso

sos, en dólares estadounidenses o en cual- FIAT CREDITO COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

quier otra moneda, ajustables o no. El monto

de capital máximo de todas las Obligaciones Se hace saber por un día, en cumplimiento de

lo establecido por el artículo 10 de la Ley Negociables periódicamente en circulación no

N° 23.576 y sus modificatorias (la “LON”), lo superará U$S100.000.000 (o su equivalente en

otras monedas o unidades monetarias, calcu- siguiente: (a) Mediante Acta de Asamblea

lado como se describe en el presente), sujeto a Nº 36 de fecha 11 de marzo de 2015 y Acta de

cualquier aumento debidamente autorizado. A Directorio Nº 365 de fecha 22 de septiembre

los fines del cómputo del monto total del Pro- de 2015, se aprobó la prórroga del plazo de

vigencia y actualización del Programa Global grama, el tipo de cambio a aplicar a la fecha de

de emisión de Obligaciones Negociables a cada emisión, será el precio del dólar “vende-

dor” informado por el Banco de la Nación Ar- corto, mediano y/o largo plazo por un monto

gentina (el “Banco Nación”). Las Obligaciones máximo en circulación de hasta

Negociables tendrán los plazos de vencimien- U$S 100.000.000, o su equivalente en cual-

to y los plazos y formas de amortización que quier otra moneda de Fiat Crédito Compañía

Financiera Argentina S.A. (el “Programa” y la se fijen en el correspondiente Suplemento de

“Sociedad”, respectivamente) (b) El Emisor es Precio, respetando los plazos mínimos y máxi-

mos que resulten aplicables de acuerdo con una sociedad anónima constituida el 31 de ju-

las normas vigentes contados a partir de su lio de 1997 en la Ciudad Autónoma de Buenos

fecha de emisión original. Las Obligaciones Aires e inscripta en la Inspección General de

Negociables podrán devengar intereses a tasa Justicia el 1 de septiembre de 1997, bajo el

N° 9.660, del Libro 122, Tomo A de Sociedades fija, devengar intereses a tasa variable, no de-

por Acciones, con un plazo de duración de 99 vengar intereses y ser emitidas con descuento

sobre su valor nominal, y/o devengar intereses años a contar desde la referida fecha de ins-

sobre la base de cualquier otro método que se cripción en el Registro Público de Comercio.

indique en el Suplemento de Precio aplicable. La sede social de la Sociedad se encuentra en

la calle Carlos María Della Paolera 297, Piso Las Obligaciones Negociables podrán estar

25º (C1001ADA), Ciudad Autónoma de Buenos representadas en forma escritural, mediante

Aires, Argentina. (c) De acuerdo con el artículo títulos o certificados globales (para su depósi-

to con depositarios autorizados por las nor- tercero del Estatuto, la Sociedad tiene por ob-

mas vigentes de la jurisdicción que correspon- jeto actuar como Compañía Financiera en los

da), o bajo cualquier otra forma permitida por términos de la Ley de Entidades Financieras y

de las normas reglamentarias que en su con- la ley, según se especifique en el Suplemento

secuencia dicte el Banco Central de la Repú- de Precio aplicable. Las Obligaciones Nego-

blica Argentina (el “BCRA”), a cuyo fin podrá ciables podrán ser subordinadas o no, emitirse

con garantía común o, siempre y cuando ello realizar todas las operaciones y actividades

sea posible en virtud de la normativa aplicable comprendidas en el artículo 24 de la Ley de

a la Compañía, emitirse con garantía especial Entidades Financieras y otras expresamente

autorizadas por el BCRA, con excepción de o flotante, o estar avaladas, afianzadas o ga-

que la captación de depósitos e inversiones a rantizadas por cualquier medio. A menos que

plazo deberá provenir solo de inversores califi- se especifique lo contrario en el Suplemento

de Precio aplicable, las Obligaciones Negocia- cados definidos en las normas sobre Depósi-

bles serán obligaciones directas, incondicio- tos e Inversiones a Plazo y asimismo, que en la

emisión de obligaciones negociables el valor nales y con garantía común del Emisor y, a

nominal de los títulos no podrá ser inferior a la excepción de las Obligaciones Negociables

suma de pesos un millón ($ 1.000.000). Atento subordinadas y/o de Obligaciones Negocia-

a lo expuesto la Sociedad tiene plena capaci- bles Garantizadas, serán tratadas en todo

momento en igualdad de condiciones entre sí dad jurídica para realizar los actos, contratos y

y con todas las demás obligaciones comunes operaciones compatibles con dicho objeto

social, sometiéndose para ello a la legislación presentes y futuras del Emisor que no se en-

vigente y a las disposiciones que dicte el Ban- cuentren garantizadas ni subordinadas, ni que

co Central de la República Argentina. A los fi- cuenten con privilegios y/o preferencias por

nes descriptos, la Sociedad podrá: (i) Recibir disposiciones legales. En caso de emitirse

Obligaciones Negociables subordinadas, el depósitos a plazo sólo de inversores califica-

Suplemento de Precio aplicable a las mismas dos definidos en las normas sobre Depósitos e

Inversiones a Plazo, (ii) Emitir y colocar letras y especificará si estarán subordinadas a todos

pagarés, (iii) Conceder créditos para la compra los demás pasivos del Emisor o a los pasivos

y venta de bienes pagaderos en cuotas o a que especialmente se determinen. Las condi-

término y otros préstamos personales amorti- ciones específicas de cada Clase y/o Serie de

las Obligaciones Negociables ofrecidas bajo el zables, (iv) Otorgar avales, fianzas, u otras ga-

rantías, (v) Otorgar anticipos sobre créditos Programa se establecerán en el Suplemento

provenientes de ventas, adquirirlos, asumir de Precio aplicable, el cual identificará, entre

sus riesgos, gestionar su cobro y prestar asis- otras cosas, en cada caso, el monto de capital

tencia técnica y administrativa, (vi) Realizar in- total ofrecido, la tasa de interés y la oportuni-

versiones en valores mobiliarios vinculadas dad de pago de los intereses, si los hubiere,

las denominaciones mínimas de negociación con operaciones en que interviene, prefinan-

ciar sus emisiones y colocarlas, (vii) Interme- autorizadas, la moneda de denominación, el

diar en la oferta pública de títulos valores, (viii) vencimiento, preferencia, prima, si la hubiere,

Efectuar inversiones de carácter transitorio en cualesquier condiciones para su rescate, la

colocaciones fácilmente liquidables, (ix) Ges- garantía aplicable, en su caso, la forma de las

tionar por cuenta ajena la compra y venta de Obligaciones Negociables, el precio de oferta

inicial y cualesquier otras condiciones que pu- valores mobiliarios y actuar como agentes pa-

gadores, de dividendos, amortizaciones e in- dieren resultar de aplicación respecto de la

tereses, (x) Actuar como fideicomisarios y de- oferta y venta de dicha Clase y/o Serie de Obli-

positarios de fondos comunes de inversión, gaciones Negociables. Las Obligaciones Ne-

administrar carteras de valores mobiliarios y gociables constituyen “Obligaciones Negocia-

cumplir otros encargos fiduciarios, (xi) Obtener bles” bajo la LON, y sus modificaciones, y dan

créditos en el exterior y actuar como interme- derecho a los beneficios, y estarán sujetas a

diarios de créditos obtenidos en moneda na- los requisitos de procedimiento, establecidos

cional y extranjera, previa autorización del en la misma y en la Ley Nº 26.831 de Mercado

BCRA, (xii) Dar en locación bienes de capital de Capitales y en las normas aplicables de la

adquiridos con tal objeto, (xiii) Cumplir manda- CNV conforme N.T. 2013. La duración del Pro-

tos y comisiones conexos con sus operacio- grama será de 5 años, o cualquier plazo mayor

nes, (xiv) Acordar préstamos a otras entidades, que se autorice conforme con las normas apli-

(xv) Comprar y descontar documentos a otras cables, contados a partir de la fecha de autori-

entidades, (xv) Efectuar inversiones en accio- zación del Programa y de la oferta pública por

nes y obligaciones con las limitaciones que al parte de la Comisión Nacional de Valores (la

efecto determine la autoridad de contralor, “CNV”). Las obligaciones negociables podrán

(xvii) Adquirir inmuebles, acciones y obligacio- ser emitidas bajo la ley y jurisdicción argentina

nes en defensa o en pago de créditos, (xviii) y/o de cualquier otro estado extranjero, en di-

Invertir en acciones y obligaciones de empre- versas clases y/o series durante la vigencia del

sas de servicios públicos en la medida que Programa, con posibilidad de re-emitir las su-

Sección

BOLETIN

cesivas clases y/o series que se amorticen

siempre que el capital de las obligaciones ne-

gociables en circulación no exceda el monto

total del Programa, y el vencimiento de las di-

versas clases y/o series podrá operar con pos-

terioridad al vencimiento del Programa, con

plazos de amortización no inferiores al mínimo,

ni superiores al máximo que permitan las nor-

mas de la CNV. Los fondos netos provenientes

de la colocación de las obligaciones negocia-

bles que se emitan bajo el Programa serán

destinados, en cumplimiento de la LON y sus

modificaciones, según se determine en opor-

tunidad de la emisión de cada clase y/o serie.

(f) A la fecha del presente, se han cancelado

íntegramente las distintas obligaciones nego-

ciables, de acuerdo con el siguiente cronogra-

ma: el 26 de noviembre de 2011 la Clase I (Se-

rie I), el 23 de enero de 2012 la Clase II (Serie I),

el 7 de septiembre de 2012 la Clase III (Serie I),

el 26 de agosto de 2012 la Clase I (Serie II), el

28 de enero de 2013 la Clase II (Serie II), el 28

de marzo de 2013 la Clase IV (Serie I), el 11 de

mayo de 2013 la Clase V (Serie I), el 28 de sep-

tiembre de 2013 la Clase IV (Serie II), el 14 de

febrero de 2014 la Clase V (Serie II), 11 de abril

de 2014 la Clase VI (Serie I), el 16 de octubre de

2014 la Clase VI (Serie II), el 21 de julio de 2014

la Clase VII (Serie I) ; el 26 de enero de 2015 la

Clase VII (Serie II) y el 7 de agosto de 2015 la

Clase IX (Serie I). Asimismo, se informa que las

siguientes son las únicas obligaciones nego-

ciables vigentes: la Clase VIII, cuyo vencimien-

to se produce el 4 de enero de 2016; la Clase

IX (Serie II) el 10 de noviembre de 2016, res-

pectivamente y la Clase X (Series I y II) cuyos

vencimientos se producen el 16 de diciembre

de 2016 y el 16 de diciembre de 2017, respecti-

vamente. (g) El Emisor no registra deudas con

privilegios o garantías a la fecha del presente.

Autorizado según instrumento privado Acta de

Directorio de fecha 22/09/2015

Felipe Luis María Videla - T°: 109 F°: 315

C.P.A.C.F.

e. 17/11/2015 N° 167507/15 v. 17/11/2015