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N° 167636/15 Aviso del Boletín Oficial

asistencia del síndico o la persona que él indi

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 18 de noviembre de 2015

Texto del aviso

asistencia del síndico o la persona que él indi-

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 que y en el horario por él propuesto. Los intere-

sados deberán concertar con la sindicatura el SECRETARÍA NRO. 38

día y hora de visita, a cuyo fin se comunicarán

EDICTO JUDICIAL

con la suficiente anticipación al día de la au-

diencia abajo fijada, con el Contador Adelmo

LLAMADO A MEJORA DE OFERTA PARA COM- Iglesias a los teléfonos 4314-9523/3743 o al

PRAR LOS BIENES INMUEBLES Y MUEBLES celular 1544240648 o personalmente en el Es-

AGRUPADOS BAJO EL NOMBRE DE “PLANTA tudio de la Sindicatura sito en Florida 681, piso

DE FORJA SAN MARTÍN” SITOS: EN CALLE A 8, oficina 64, Ciudad Autónoma de Buenos Ai-

res, o por mail a iglesiasconsult@gmail.com; d) 125 (AVDA. EVA PERÓN) Nº 3977/83/89 ESQ.

DIAGONAL 96 (EX ALSINA) Nº 5453/59, EN Las ofertas deberán ser presentadas en un so-

DIAGONAL 96 (EX ALSINA) ENTRE CALLE bre cerrado, que en su parte exterior, escrito

125 (AVDA. EVA PERÓN) Y CALLE 121 (SUI- mediante computadora, deberá únicamente

PACHA) S/N Y EN DIAGONAL 96 (EX ALSINA) consignar: OFERTA DE MEJORA EN AUTOS

Nº 5310 ESQ. CALLE 121 (SUIPACHA), VILLA “FORJA SAN MARTÍN S.A.C.I. S/ QUIEBRA S/

BILLINGHURST, PARTIDO DE GRAL. SAN INCIDENTE DE VENTA DE INMUEBLE –PLAN-

MARTIN, PROVINCIA DE BUENOS AIRES. TA INDUSTRIAL SAN MARTÍN–, Expte.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo nº 61501/2000/1, sin ningún dato que identifi-

Comercial nº 19 a cargo del Dr. Gerardo D. San- que al presentante, y que en su interior deberá

contener la siguiente información, declaracio- ticchia, Secretaría nº 38 a cargo de la Dra.

nes y documentación: d. 1. Nombre de la perso- Adriana Cirulli, sito en Marcelo T. de Alvear

1840, piso 2º, CABA, hace saber que en el ex- na de existencia visible o jurídica, domicilio real

pediente caratulado “FORJA SAN MAR- y especial constituído dentro de la jurisdicción

TIN S.A.C.I s/ QUIEBRA s/ INCIDENTE DE del tribunal, N° de CUIT O CUIL, y en su caso,

VENTA DE INMUEBLE -PLANTA INDUSTRIAL profesión, edad, n° de documento y precio ofre-

cido; d. 2. Tratándose de sociedades, se acom- SAN MARTIN-”, expte. nº 61501/2000/1, se ha

pañará copia auténtica del contrato social y de ordenado un llamado a mejorar la oferta de

compra presentada en autos por “TARAN- los documentos que acrediten la personería del

TO S.A.” La resolución que así lo dispone, en lo compareciente; d. 3. Una expresa declaración

pertinente dice: “Buenos Aires, 23 de Octubre por escrito de que su oferta se refiere al inmue-

de 2015. … 5. Así las cosas y de conformidad ble individualizado en el punto a), que conoce el

estado que se encuentra tal inmueble y el esta- con lo dispuesto por el Superior a fs. 926/930

dispongo: a) Tener por formulada la mejor ofer- do de ocupación, y que se compromete a asu-

ta realizada en autos por Taranto S.A. respecto mir la posesión en el estado de ocupación en

de los ocho inmuebles agrupados bajo el nom- que se encuentre; el desalojo de eventuales in-

bres de “Planta de Forja San Martín ubicados trusos tramitará por la vía prevista en el Cpr.

en Villa Billinghurst, partido de General San 589, pero de ningún modo el trámite inherente

obstará a la toma de posesión y pago del pre- Martin, Provincia de Buenos Aires, bajo los si-

guientes datos catastrales: 1) Circunscripción cio; d. 4. Renunciará a interponer cualquier re-

III, Sec. V, Mzna. 4, Parcela 14 (lote Z, Mzna. 9 curso contra las resoluciones que se dicten por

según título), inscripto su dominio a la mat. el suscripto, vinculadas con el presente trámite

5982 del Ptdo Gral. San Martín (47); 2) Circ. III, y su aprobación; d. 5. Una expresa declaración

Sec. V, Mzna 4, Parcela 15 (lote Y, mzna. 9 se- por escrito de estar notificado de la resolución

del juzgado que aprueba el presente proce- gún título), inscripto su dominio a la mat. 5985

del Ptdo. Gral. San Martín (47); 3) Circ. III, Sec. dimiento de venta, y que conoce y acepta todas

V, Mzna. 4, Parcela 16 (lote X, Mzna 9, según las condiciones que rigen el procedimiento de

título), inscripto su dominio en mat. 5984 del este llamado a mejora de oferta; d. 6. Deberá

Ptdo. Gral. San Martín (47); 4) Circ. III, Sec. V, acompañarse el original de la boleta de depósi-

Mzna. 4, Parcela 17 (lote W, Mzna. 9 según títu- to en garantía de la oferta que deberá efectuar

lo, inscripto su dominio a la mat. 5983 del Ptdo. según lo expuesto en punto e. 3). d. 7. Se recha-

Gral. San Martín (47); 5) Circ. III, Sec. P, Fracción zará liminarmente toda oferta que no cumpla

XXVIII, Parc. 5 g (identificado por plano c “47- con alguno de los recaudos indicados. d. 8. Di-

134-75”, inscripto su dominio a la mat. 9486 del chos sobres deberán presentarse en la secreta-

Ptdo. Gral. San Martín (47); 6) Circ. III, Sec. P, ría de actuación hasta el día 1 de diciembre de

Mzna. 106, Parcela 1 c (identificado en plano 2015 a las 11:00 Hs. e) Se entenderá que la

“47-58-92”), inscripto su dominio a la mat. oferta está sometida a los siguientes términos:

54569 del Ptdo. Gral. San Martín (47); 7) Circ. III, e. 1. Se refiere a los siguientes bienes: Planta

Sec. P, mzna 107 Parcela 1 a; (identificado en Industrial que comprende ocho inmuebles en

Miércoles 18 de noviembre de 2015

Villa Billinghurst, Partido de General San Mar-

tin, Provincia de Buenos Aires, cuyos datos ca-

tastrales obran consignados precedentemente

y sobre los bienes muebles existentes en los

inmuebles e. 2. El inmueble se ofrece en venta

en el estado de ocupación que surge de autos;

e. 3. Las ofertas deberán estar respaldadas por

una garantía de mantenimiento de oferta que

será del 10% del precio de compra ofrecido, la

misma se efectivizará mediante un depósito de

dinero en efectivo en pesos en la cuenta de au-

tos, a la orden del Suscripto; la garantía se per-

derá en beneficio de la quiebra, en caso de de-

sistimiento del ofrecimiento, o de ser declarado

postor remiso quien resultare adjudicatario y

sin perjuicio en este último supuesto de lo de-

más reglado por el Cpr. 584. Asimismo se fija

audiencia para la apertura de sobres por la Ac-

tuaria, para el día 2 de diciembre de 2015, a las

12:00 hs., la que se realizará en la sala de Au-

diencias del Juzgado, ubicada en el piso 2° del

edificio de M.T. de Alvear N° 1840, oficina 213,

acto que quedará notificado con los edictos a

publicarse y se realizará por la Sra. Actuaria la

apertura de los sobres conteniendo las ofertas.

Toda oferta menor a la base, así como toda

oferta que no se ajuste estrictamente a los pa-

rámetros fijados, será automáticamente recha-

zada. En el acto se asentarán las mejoras que

se vayan expresando en forma ilimitada impo-

niendo como condición que cada una supere

en $ 50.000 de la última mejor, quedando a

cargo del funcionario concursal la realización

de los cálculos pertinentes. e. 4. El día posterior

a dicha audiencia, es decir el 3 de diciembre de

2015, se emitirá decisión acerca de la adjudica-

ción del inmueble y de los bienes muebles. e. 5.

Modo de pago del precio: se efectivizará con-

forme lo referido supra pto. 5 a). Ello, bajo aper-

cibimiento de ser declarado postor remiso -cpr.

584- y de perder su derecho y la garantía de

mantenimiento de oferta (arg. LCQ. 205, 8). De

producirse la situación descripta en el párrafo

precedente, el bien será adjudicado al segundo

mejor oferente, en los mismos términos y con-

diciones descriptos en la presente; e. 6. Garan-

tías: El adjudicatario deberá otorgar garantía

hipotecaria en beneficio de la quiebra sobre los

bienes adquiridos, por el saldo de precio que se

vaya a abonar en cuotas. e. 7. Los plazos son

perentorios. En caso de declararse inhábil el día

en que opere el vencimiento de alguno de ellos,

o el día fijado para las audiencias, el plazo expi-

rará y la audiencia tendrá lugar el día hábil in-

mediato subsiguiente; No existirá plazo de gra-

cia dentro de las dos primeras horas del día

subsiguiente; e. 8. Todas las decisiones que

adopte el Tribunal serán irrecurribles y queda-

rán notificadas en la forma que prescribe el art.

133 del cpr. (ministerio legis). e. 9. En tanto

compete al Juez establecer las modalidades de

la venta para que la misma se efectivice del

modo más conveniente al proceso, aprecio

adecuado excluir la posibilidad de compra en

comisión y de la cesión del boleto de compra-

venta -lo cual deberá constar en los edictos-.”

Buenos Aires, 13 de Noviembre de 2015.

Publíquese por dos días en el BOLETÍN OFI-

CIAL. Buenos Aires, 13 de Noviembre de 2015.

Gerardo D. Santicchia Juez - Adriana Patricia

Cirulli Secretaria

e. 18/11/2015 N° 167636/15 v. 19/11/2015