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N° 168887/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS lunes, 23 de noviembre de 2015

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 6

El Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge

S. Sicoli, Secretaría Nº 6, a cargo de la Dra.

Blanca Gutierrez Huertas, sito en Av. Callao

Nº 635 -Piso 6º- de Capital Federal, en los

autos: “I-SOLUTION S.A. S/ QUIEBRA”

Expte. Nº 9685/2012, comunica por cinco

días que con fecha 20 de Octubre de 2015,

se decretó la quiebra de I-SOLUTION S.A.

(C.U.I.T. 30-70476103-8), inscripta en la Ins-

pección General de Justicia con fecha 2 de

Septiembre de 1999, bajo el Nº 12800 del

Libro 6, Tomo - de Sociedades por Accio-

nes, con domicilio social en Avda. Leandro

N. Alem 530, Piso 8º de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires.- La Síndica designada en

autos es LAURA ADRIANA FISCINA, con

domicilio constituido en la calle Viamonte

Nº 1348 -Piso 4º- “E” de Capital Federal, a

quien los acreedores deberán presentar los

pedidos de verificación y títulos justificativos

de sus créditos hasta el día 29 de Febrero de

2016; siendo las fechas de presentación del

informe individual previsto por el art. 35 de

la Ley Concursal el día 13 de Abril de 2016;

y el referido al art. 39 de la Ley Concursal

el día 26 de Mayo de 2016.- Hácese saber

a la fallida y a los terceros que deberán ha-

cer entrega a la síndica de los bienes que

posean de la sociedad fallida, así como la

prohibición de realizar pagos a la misma, los

que serán ineficaces. Se intima a la fallida a

cumplir con los arts. 86 y 106 L.C., a entregar

al síndico los libros y demás documentación

comercial y a constituir domicilio procesal en

el radio del Tribunal dentro de las 48 hs. des-

de la última publicación del presente, bajo

apercibimiento de tenerlo por constituído en

los estrados del Juzgado. -

JORGE S. SICOLI Juez - BLANCA B.GUTIERREZ

HUERTAS SECRETARIA

e. 23/11/2015 N° 168887/15 v. 30/11/2015