N° 169269/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
SECRETARÍA NRO. 49
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 25 Secretaría Nº 49, con sede en
Avda. Callao 635, Piso 4º, en los autos caratu-
lados: “Consumidores Financieros Asociación
Civil para su Defensa c/ Aseguradora Federal
Argentina S.A. s/ Ordinario” Nro. De Expediente
37.546/2011 ha dispuesto el día 5 de octubre de
2015 la publicación de estos edictos a fin de
garantizar la adecuada notificación de todas
las personas eventualmente involucradas en la
referida causa colectiva.
El auto que así ordena la medida en su parte
pertinente dice:“Buenos Aires, 5 de octu-
bre de 2015: (…) a fin de dar publicidad al
presente conforme lo previsto por el art. 54
LDC, publíquese edictos por el término de
3 días en el Boletín Oficial de la Nación, sin
previo pago, haciéndose saber la promoción
de éstas actuaciones, a fin de que aquellos
consumidores que se consideren afectados
comparezcan a la causa a ejercer el derecho
de exclusión previsto por el art. 54 de la ley
24.240 (2° párrafo) dentro del plazo de treinta
días contados a partir el último día de publi-
cación edictal, y para que puedan manifestar
su deseo de no ser abarcados por la senten-
cia que pueda dictarse en el presente juicio.
Asimismo, deberá hacer saber que si la sen-
tencia a dictarse denegase el reclamo co-
lectivo, subsistirá para cada damnificado la
vía judicial individual. Ello sin perjuicio de la
publicación adicional que pudiera ordenarse
en función de las contingencias ulteriores de
la litis. HORACIO F. ROBLEDO JUEZ”.-
A fin de facilitar la notificación edictal orde-
nada, y que la misma sea instrumentada de
manera eficiente y adecuada, se difunde por
este medio la siguiente información: Se hace
saber a los señores clientes usuarios de
ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A.
que con fecha 21 de Diciembre de 2011 la
ONG CONSUMIDORES FINANCIEROS ASO-
CIACIÓN CIVIL PARA SU DEFENSA le ha ini-
ciado un juicio colectivo que tramita por ante
el Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 25 Secretaría Nº 49 sito en
Avda. Callao 635, piso 4º de la Ciudad Autó-
noma de Buenos Aries.
El objeto de la pretensión es:
1) Declarar la nulidad de las cláusulas de las
pólizas por seguro contra terceros y robo o
hurto de automotores que limitan el riesgo
asegurado a no abonar los daños sufridos por
el vehículo cuando este fuera hallado luego
de haber sido robado o hurtado. 2) Ordenar
a la demandada el reintegro de los gastos in-
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curridos a los clientes que hayan sufrido este
siniestro en los últimos diez años. 3) Conde-
nar a responder por las pólizas de “seguros
contra tercero y robo y/o hurto” por la tota-
lidad de los gastos que insuma el arreglo de
los daños del vehículo encontrado luego de
su robo o hurto, cuando así fuere necesario.
4) Imponer a la Aseguradora el pago de una
indemnización en concepto de daño punitivo
a los miembros de este colectivo. 5) Imponer
a la Aseguradora el pago de una multa civil a
los restantes clientes. 6) En caso de que me-
die sentencia condenatoria, se publique su
parte dispositiva en medios de divulgación
masiva audiovisuales y gráficos a costa de
la demandada.
Se hace saber a aquellos consumidores que se
consideren afectados comparezcan a la causa
a ejercer el derecho de exclusión previsto por
el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) dentro
del plazo de treinta días contados a partir del
último día de publicación edictal, y para que
puedan manifestar su deseo de no ser abarca-
dos por la sentencia que pueda dictarse en el
presente juicio. Asimismo, Se hace saber que
si la sentencia a dictarse denegase el reclamo
colectivo, subsistirá para cada damnificado la
vía judicial individual. Ello sin perjuicio de la
publicación adicional que pudiera ordenarse
en función de las contingencias ulteriores de la
litis.
Este edicto deberá publicarse por el término
de 3 días en el Boletín Oficial de la Nación, sin
previo pago.
Buenos Aires, 19 de noviembre de 2015 Horacio
Robledo Juez - Sonia Santiso Secreteria
e. 24/11/2015 N° 169269/15 v. 26/11/2015