N° 168360/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25
SECRETARÍA NRO. 49
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 25 Secretaría Nº 49, con sede
en Avda. Callao 635, Piso 4º CABA, en los au-
tos caratulados: “Consumidores Financieros
28 OFICIAL Nº 33.263
Asociación Civil para su Defensa c/ Mapfre
Argentina Seguros S.A. s/ ordinario” (Expte
Nº 24042/11) ha dispuesto el día 28 de octubre
de 2015 la publicación de estos edictos a fin de
garantizar la adecuada notificación de todas
las personas eventualmente involucradas en la
referida causa colectiva.
El auto que así ordena la medida en su parte
pertinente dice. “Buenos Aires, 28 de octubre
de 2015: (…) con el objeto de dar publicidad
al presente conforme lo previsto por el art. 54
LDC, publíquese edictos por el término de 3
días en el Boletín Oficial de la Nación, sin previo
pago, haciéndose saber la promoción de éstas
actuaciones, a fin de que aquellos consumido-
res que se consideren afectados comparezcan
a la causa a ejercer el derecho de exclusión
previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° pá-
rrafo) dentro del plazo de treinta días contados
a partir del último día de publicación edictal, y
para que puedan manifestar su deseo de no ser
abarcados por la sentencia que pueda dictarse
en el presente juicio. Asimismo, deberá hacer
saber que si la sentencia a dictarse denegase el
reclamo colectivo, subsistirá para cada damni-
ficado la vía judicial individual. Ello sin perjuicio
de la publicación adicional que pudiera orde-
narse en función de las contingencias ulteriores
de la litis (…). Firmado por: HORACIO FRAN-
CISCO ROBLEDO, JUEZ”.
A fin de facilitar la notificación edictal ordenada,
y que la misma sea instrumentada de manera
eficiente y adecuada, se difunde por este me-
dio la siguiente información: Se hace saber a
los señores clientes usuarios de MAPFRE AR-
GENTINA SEGUROS S.A. que con fecha 15 DE
AGOSTO DE 2011 la ONG CONSUMIDORES
FINANCIEROS ASOCIACIÓN CIVIL PARA SU
DEFENSA le ha iniciado un juicio colectivo que
tramita por ante el Juzgado Nacional de Prime-
ra Instancia en lo Comercial Nº 25 Secretaría
Nº 49 sito en Avda. Callao 635, piso 4º de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aries.
El objeto de la pretensión es:
1) Declarar la nulidad de las cláusulas de las pó-
lizas por seguro contra terceros y robo o hurto
de automotores que limitan el riesgo asegurado
a no abonar los daños sufridos por el vehículo
cuando este fuera hallado luego de haber sido
robado o hurtado. 2) Ordenar a la demandada el
reintegro de los gastos incurridos a los clientes
que hayan sufrido este siniestro en los últimos
diez años. 3) Condenar a responder por las
pólizas de “seguros contra tercero y robo y/o
hurto” por la totalidad de los gastos que insuma
el arreglo de los daños del vehículo encontra-
do luego de su robo o hurto, cuando así fuere
necesario. 4) Imponer a la Aseguradora el pago
de una indemnización en concepto de daño
punitivo a los miembros de este colectivo. 5)
Imponer a la Aseguradora el pago de una mul-
ta civil a los restantes clientes. 6) En caso de
que medie sentencia condenatoria, se publique
su parte dispositiva en medios de divulgación
masiva audiovisuales y gráficos a costa de la
demandada.
Se hace saber a aquellos consumidores que se
consideren afectados comparezcan a la causa
a ejercer el derecho de exclusión previsto por
el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) dentro
del plazo de treinta días contados a partir del
último día de publicación edictal, y para que
puedan manifestar su deseo de no ser abarca-
dos por la sentencia que pueda dictarse en el
presente juicio. Asimismo, Se hace saber que
si la sentencia a dictarse denegase el reclamo
colectivo, subsistirá para cada damnificado la
vía judicial individual. Ello sin perjuicio de la
publicación adicional que pudiera ordenarse
en función de las contingencias ulteriores de la
litis.
Este edicto deberá publicarse por el término
de 3 días en el Boletín Oficial de la Nación, sin
previo pago.
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2015.-
HORACIO F. ROBLEDO Juez - SONIA A. SAN-
TISO SECRETARIA
e. 20/11/2015 N° 168360/15 v. 24/11/2015