N° 168952/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 40
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 40
SECRETARÍA ÚNICA
El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo
Civil n° 40 con asiento en Uruguay 714, 4°
piso, C.A.B.A. comunica por 2 días en autos:
“BANCO QUILMES S.A. c/ORIZ, Jorge Hugo s/
ejecución hipotecaria” (Expte. 22.493/99) que
el martillero Alberto J. Radatti rematará el día
1° de diciembre de 2.015 a las 12 hs. en Jean
Jaures n° 545, C.A.B.A. (fs. 611), el inmueble
ubicado en Brandsen 3412, UF 1, Pdo. de Ave-
llaneda, Pcia. de Bs. As. (fs. 338) (Nom. Cat.:
Circ. II, Secc. F, MANZ. 5, Parc. 33a, Matrícula
14390/1, polígonos 00-01 y 01-01, Superficie
según informe de dominio 79,91 mt2. Porcen-
tual 0,338).- Conforme acta de constatación (fs.
557) e informe presentado por el martillero (fs.
568) el inmueble se encuentra en calle Brandsen
3412, UF 1, entre Vedia y Pergamino, Sarandí,
Pdo. de Avellaneda, Pcia. de Bs. As. y se tra-
ta de una vivienda en P.H. de mampostería de
ladrillos en dos plantas que consta de patio
común, living comedor, cocina, baño, depósito
bajo escalera; en planta alta 2 dormitorios, baño
y terraza. Libre de ocupantes y en mal estado de
conservación debido a importantes filtraciones
en techos y paredes.- Condiciones de venta: al
contado y mejor postor.- Base $ 460.000.- Seña
30%, comisión 3%, IVA, sellado de ley, Arancel
0,25% (Ac. 10/99 CSJN) en efectivo en el acto
de la subasta.- El saldo del precio deberá ser
depositado dentro de los 7 días de efectuado
el remate, bajo apercibimiento de ser declarado
postor remiso (art. 584 CPCC).- El comprador
deberá constituir domicilio dentro del radio del
Juzgado y tomar posesión en el plazo máxi-
mo de veinte días de abonado la totalidad del
precio.- No procederá la compra en comisión
(art. 598, inc. 7 CPPC) ni la cesión del boleto
de compraventa o cualquier otro negocio que
importe sustituir al comprador en subasta no
admitiéndose actuación alguna - en la causa
- del eventual cesionario del inmueble subas-
tado.- Para el caso que se planteare la nulidad
del acto, deberá depositar a embargo el saldo
de precio, bajo apercibimiento de realizar nueva
subasta, haciéndose saber que el monto será
invertido hasta tanto sea resuelta la incidencia.-
De conformidad con lo establecido en el Plena-
rio de la Exma. Cámara de Apelaciones en lo
Civil en autos “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra,
Roberto Isaac s(ejec. Hipot.” del 18/2/99 No co-
rresponde que el adquirente en subasta judicial
afronte las deudas que registra el inmueble por
impuestos, tasas y contribuciones, devengadas
antes de la toma de posesión, cuando el monto
obtenido no alcanza para solventarlas. No cabe
una solución análoga respecto de las expensas
comunes para el caso de que el inmueble se
halle sujeto al régimen de la ley 13.512.- Deudas:
a ARBA $ 3.457,50 al 22/05/14 (fs 521) ; a la Mu-
nicipalidad de Avellaneda $ 14.179,41 al 21/07/15
(fs. 593); a AySA $ 4.823,97 al 13/05/15 (fs. 517)
y a Aguas Argentinas $ 18.961,51 al 12/05/15 (fs.
507/10).- No se adeuda expensas por no existir
Administración de Consorcio (fs. 306).- El in-
mueble se exhibe los días 26 y 27 de noviembre
de 2.015 de 9,30 a 11 hs (fs. 614).- Buenos Aires,
18 de noviembre de 2.015.- fdo: Silvia C. Vega
Collante secretaria.- HORACIO A LIBERTI Juez
- SILVIA VEGA COLLANTE SECRETARIA
e. 24/11/2015 N° 168952/15 v. 25/11/2015