N° 171087/15 Aviso del Boletín Oficial
ESGEN GROUP S.A.
Texto del aviso
ESGEN GROUP S.A.
Por Escritura Nº 404 del 17/11/2015, ante el
Escribano Mario Deymonnaz, Registro 929 se
protocolizó Asamblea General Extraordinaria
Nº 5 del 21/12/2011, por la cual se modificó el
Objeto Social quedando redactado asi: Artículo
tercero: La sociedad tiene por objeto realizar
por si o por terceros, o asociada a terceros, en
cualquier lugar de la República o del exterior
las siguientes actividades: Inmobiliaria: Me-
diante la compra, venta, permuta, explotación,
arrendamiento y administración de toda clase
de inmuebles urbanos y rurales inclusive los
comprendidos en el Régimen de propiedad
Horizontal, y de toda otra clase tendiente a
ese objeto; CONSTRUCTORA: Asimismo po-
drá dedicarse a la construcción y ampliación
de edificios por cuenta propia o de terceros,
en terrenos propios o de terceros, ya sea por
administración o subcontratación y destinarlas
para venta, comercio o renta, inclusive las ope-
raciones comprendidas en la Ley de Propiedad
Horizontal. FINANCIERA: Desarrollará la ejecu-
ción de todos los actos y negocios previstos
en la Ley 24.441 en su carácter de fiduciaria
de la operación con los límites y alcances es-
tablecidos en la citada ley, y en especial podrá
recibir de terceros fiduciantes la propiedad
fiduciaria de bienes inmuebles y muebles, con
fines de garantía, administración, y/o inversión,
para que una vez cumplida la condición a la
que se sujete el pacto de fiducia transfiera la
propiedad de los mismos a los beneficiarios
designados por los fiduciantes. A este efecto
la sociedad ejercerá las funciones de fiduciario
que le asignen los fiduciantes, en un todo de
acuerdo con la citada ley 24.441, y el Código
Civil. Podrá asimismo proceder a la aceptación
de dinero en otros valores en préstamo a plazo
determinado o reembolsable en determinada
forma y/o condiciones, con o sin garantías, de
acuerdo con las exigencias legales y reglamen-
tarias aplicables. Podrá constituir en garantía
hipotecaria, prendas y cualquier otro derecho
real. Para conceder préstamos y financiaciones
a terceros con garantía real y/o personal. Para
comprar, vender y realizar todo tipo de opera-
ciones con títulos, acciones, obligaciones, de-
bentures y cualquier otro valor mobiliario sean
nacionales o extranjeros. Podrá otorgar fianzas
solidarias y otras garantías y constituirse en co-
deudor solidario de obligaciones de terceros.
Quedan excluidas las actividades comprendi-
das en la ley de Entidades Financieras en obras
que requieran el concurso público.” Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 404 de fe-
cha 17/11/2015 Reg. Nº 929
Mario Alberto Deymonnaz - Matrícula: 3458
C.E.C.B.A.
e. 30/11/2015 N° 171087/15 v. 30/11/2015