N° 170641/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 3
EDICTO
El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo
Comercial Nº2 a cargo del Dr. Fernando
Martín Pennacca, Secretaría Nº3 a mi car-
go, sito en Marcelo T.de Alvear 1840, P.B.,
Cap. Fed., comunica por 2 días en autos
“NAVARRO GRIMAUX DE TOTH MARTA
EUGENIA(DNI 5.321.579) S/QUIEBRA S/ IN-
CIDENTE DE SUBASTA DE VENTA BIENES
INMUEBLES (Juramento 2145/2149/2153) ”,
EXP. 111358/99/2, que el martillero Horacio
E. Garrido (CUIT 20-04406278-0) rematará el
día 10 de diciembre de 2015 a las 11,15 hs. en
punto, en Jean Jaures 545, de esta Capital,
el 50% indiviso del inmueble sito en la calle
Juramento 2145/9/53, U.F. 16 del piso 3º“B”,
matrícula 16-2403/16. Superficie 57,37 mc.-
Porcentual 2,86%.- Departamento al frente
de hall, living-comedor, cocina, cuarto de
baño y un gran ambiente dividido por puerta
corrediza.- Todo en regular estado de con-
servación. Ocupado por la fallida con sus
hijos mayores. BASE $ 360.000. Seña 30%.
Comisión 3%. IVA s/comisión. Arancel Ac.
10/99 CSJN 0,25%. Intimase al adquirente
en subasta para que en el plazo de cinco días
de aprobada la subasta deposite el saldo de
precio, bajo apercibimiento de decretarlo
postor remiso y pérdida de la seña deposita-
da a favor de la quiebra. La venta se realiza
“ad corpus”. Dispónese la recepción de ofer-
tas bajo sobre en Secretaría con relación al
bien a subastar, hasta dos días antes de la
fecha que se fije oportunamente para su rea-
lización, haciéndose saber que se procederá
a la apertura por ante el Actuario a las 10hs
del referido día, con presencia del martillero
y los interesados. La ofertas deberán reunir
los requisitos del art. 162 del Reglamento
del Fuero. Hágase saber que los impuestos,
tasas y contribuciones devengadas con an-
terioridad al decreto de la quiebra, deberán
ser objeto de verificación en autos por los
organismos respectivos, las acreencias
post-concursales deberán ser pagadas con
fondos de la quiebra hasta la toma de pose-
sión por parte del adquirente, en tanto que
las generadas con posterioridad serán a car-
go del comprador, a cuyo fin líbrese oficio,
en su caso ley 22.172. Se encuentra a cargo
del adquirente el pago del 100% del impues-
to a la transferencia de inmuebles, sellados
y gastos que deben abonarse por todo trá-
mite referente a la transmisión del dominio
adquirido. Queda prohibida la compra en
comisión, como la ulterior cesión del boleto,
la compra por mandato, ni la inscripción do-
minial por tracto abreviado, debiendo el mar-
tillero suscribir el mandato correspondiente
con quien realmente formule la oferta como
comprador.- Deudas: expensas $ 9.123 al
22-10-15; Aysa, fs. 145 $ 24,45 al 26-11-14; y
GCBA, fs. 163 al 9-4-15, no adeuda.- Exhibi-
ción 3 y 4 de diciembre de 2015, de l2,30hs.
a 13.30hs. Buenos Aires, noviembre 18 de
2015.- Fdo. Mariana Grandi. Secretaria
FERNANDO MARTIN PENNACCA Juez - MA-
RIANA GRANDI SECRETARIA.
e. 30/11/2015 N° 170641/15 v. 01/12/2015