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N° 172523/15 Aviso del Boletín Oficial

DESARROLLO ZETA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 1 de diciembre de 2015

Texto del aviso

DESARROLLO ZETA S.A.

Por escritura del 19/11/15 se constituyó DE-

SARROLLO ZETA SA. 1) Chrystian Gabriel

COLOMBO, 11/11/52, casado 1º con Silvia

Elena Rivas, Lic. en Economía, Dni10.921.850,

CUIT20-10921850-3, Costa Rica 4161 Caba;

Guillermo Alejandro LAJE, 26/9/56, casa-

do 1º con María Celia de Vedia, empresario,

Dni12.600.748, CUIT20-12600748-6, Uriburu

1001, Beccar, pcia de Bs As; Roberto Mario

RUIZ, 24/10/42, casado 2º con Ludovica Vallari-

no Gancia, empresario, Dni4.425.500, CUIT20-

04425500-7, empresario, Esmeralda 1319, 3º

depto “G1” Caba; Joaquín de SANTIBAÑES,

27/8/80, casado 1º con Bárbara Peña, empre-

sario, Dni28.422.054, CUIL20-28422054-5, Av.

Figueroa Alcorta 3750 Caba y Fernán MARTI-

NEZ, 21/10/62, divorciado 1º de María José

Ro-drigo, ingeniero, Dni16.062.270, CUIT23-

16062270-9, domiciliado en Av. Santa Fe 3980,

5º depto “A” Caba. Todos argentinos. 2) En

los términos del Art. 31, 1º párrafo, de la LGS

la sociedad es exclusivamente Financiera y de

Inversión: A) El objeto exclusivo de la sociedad

consiste en ser tenedora de acciones, cuotas,

certificados, títulos, debentures, valores públi-

cos y privados y demás valores mobiliarios de

cualquier naturaleza conocida o que se creen

en el futuro, y la participación por cualquier

título en empresas, sociedades y fideicomisos

existentes o a crearse. B) Sólo en relación al

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual

Nº 5.218.874

Domicilio legal

Suipacha 767-C1008AAO

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Martes 1 de diciembre de 2015

objeto expresado en el acápite A.precedente,

la sociedad quedará habilitada para realizar por

cuenta propia o de terceros, o asociada o en

colaboración con terceros -para lo cual podrá

hacer uso de cualquier figura jurídica-, y tanto

en el país como en el extranjero, actividades

financieras o de inversión, a saber: 1. Adquirir,

mantener y administrar participaciones e inver-

siones en sociedades constituidas tanto en el

país como en el extranjero, incluso convirtién-

dose en controlante de las mismas. 2. Partici-

par en la fundación y constitución de socieda-

des, en su fusión, escisión o transformación,

efectuar aportes de capitales a sociedades

existen-tes o a constituirse para la financia-

ción de operaciones realizadas o a realizarse.

3. Adquirir, enajenar, negociar y suscribir toda

clase de acciones, cuotas, certificados, títulos,

debentures, valores públicos y privados, y de-

más valores mobiliarios de cualquier naturaleza

conocida o que se creen en el futuro. 4. Tomar

préstamos con o sin garantía a corto, media-

no o largo plazo, ya sea en el país como en el

extranjero. 5. Ejercer mandatos, representacio-

nes, agencias y comisiones, y la administración

de bienes y empresas de sociedades, personas

o entidades radicadas en el país o en el extran-

jero. En especial, podrá actuar como agente o

mandataria para todo tipo de operaciones de

la naturaleza indicada en los numerales anterio-

res. 6. Realizar cualquier clase de operaciones

en los mercados de capitales o de bienes, del

país o del extranjero. No obstante las restriccio-

nes derivadas del objeto social enunciado y, en

particular, del presente acápite B., el Directorio

podrá disponer la inversión temporaria de los

excedentes financieros que tenga la sociedad.

C) En cualquier caso, queda excluida toda inter-

mediación en la oferta y demanda de recursos

financieros reglamentada por leyes específicas,

en particular por la Ley de Entidades Financie-

ras. D) Con relación al objeto enunciado en este

Artículo la sociedad podrá ser parte o miembro

de contratos de colaboración empresaria, ya

sean de los tipos legislados como de otros inno-

minados. E) En ningún caso la sociedad podrá

otorgar fianzas o garantías a favor de terceros,

excepto que se trate de sociedades directa o

indirectamente controladas o participadas. F)

A los fines expuestos, la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, con-

traer obligaciones y realizar todos los actos que

no sean prohibidos por las leyes o este estatu-

to. 3) 99 años. 4) $ 100.000, representado por

100.000 acciones ordinarias, nominativas no

endosables, con derecho a un voto por acción

y de $ 1 valor nominal cada una. 5) La represen-

tación legal de la Sociedad corresponde al Pre-

sidente del Directorio. 6) Presidente: Chrystian

Gabriel COLOMBO; Vicepresidente: Roberto

Mario RUIZ; Director titular: Joaquín DE SAN-

TIBAÑES; Director titular: Guillermo Alejandro

LAJE; Director titular: Fernán MARTINEZ; Di-

rector suplente: Christian Hernán FIDALGO.

Duración: 3 ejercicios. Aceptaron los cargos. 7)

31/12.8) Domicilio especial de los Directores y

Sede Social: Costa Rica 4161 Caba. Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 696 de fe-

cha 19/11/2015 Reg. Nº 1214

Gabriela Eliana Blanco - Matrícula: 5382

C.E.C.B.A.

e. 01/12/2015 N° 172523/15 v. 01/12/2015