N° 172523/15 Aviso del Boletín Oficial
DESARROLLO ZETA S.A.
Texto del aviso
DESARROLLO ZETA S.A.
Por escritura del 19/11/15 se constituyó DE-
SARROLLO ZETA SA. 1) Chrystian Gabriel
COLOMBO, 11/11/52, casado 1º con Silvia
Elena Rivas, Lic. en Economía, Dni10.921.850,
CUIT20-10921850-3, Costa Rica 4161 Caba;
Guillermo Alejandro LAJE, 26/9/56, casa-
do 1º con María Celia de Vedia, empresario,
Dni12.600.748, CUIT20-12600748-6, Uriburu
1001, Beccar, pcia de Bs As; Roberto Mario
RUIZ, 24/10/42, casado 2º con Ludovica Vallari-
no Gancia, empresario, Dni4.425.500, CUIT20-
04425500-7, empresario, Esmeralda 1319, 3º
depto “G1” Caba; Joaquín de SANTIBAÑES,
27/8/80, casado 1º con Bárbara Peña, empre-
sario, Dni28.422.054, CUIL20-28422054-5, Av.
Figueroa Alcorta 3750 Caba y Fernán MARTI-
NEZ, 21/10/62, divorciado 1º de María José
Ro-drigo, ingeniero, Dni16.062.270, CUIT23-
16062270-9, domiciliado en Av. Santa Fe 3980,
5º depto “A” Caba. Todos argentinos. 2) En
los términos del Art. 31, 1º párrafo, de la LGS
la sociedad es exclusivamente Financiera y de
Inversión: A) El objeto exclusivo de la sociedad
consiste en ser tenedora de acciones, cuotas,
certificados, títulos, debentures, valores públi-
cos y privados y demás valores mobiliarios de
cualquier naturaleza conocida o que se creen
en el futuro, y la participación por cualquier
título en empresas, sociedades y fideicomisos
existentes o a crearse. B) Sólo en relación al
www.boletinoficial.gob.ar
e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar
Registro Nacional de la Propiedad Intelectual
Nº 5.218.874
Domicilio legal
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas
Martes 1 de diciembre de 2015
objeto expresado en el acápite A.precedente,
la sociedad quedará habilitada para realizar por
cuenta propia o de terceros, o asociada o en
colaboración con terceros -para lo cual podrá
hacer uso de cualquier figura jurídica-, y tanto
en el país como en el extranjero, actividades
financieras o de inversión, a saber: 1. Adquirir,
mantener y administrar participaciones e inver-
siones en sociedades constituidas tanto en el
país como en el extranjero, incluso convirtién-
dose en controlante de las mismas. 2. Partici-
par en la fundación y constitución de socieda-
des, en su fusión, escisión o transformación,
efectuar aportes de capitales a sociedades
existen-tes o a constituirse para la financia-
ción de operaciones realizadas o a realizarse.
3. Adquirir, enajenar, negociar y suscribir toda
clase de acciones, cuotas, certificados, títulos,
debentures, valores públicos y privados, y de-
más valores mobiliarios de cualquier naturaleza
conocida o que se creen en el futuro. 4. Tomar
préstamos con o sin garantía a corto, media-
no o largo plazo, ya sea en el país como en el
extranjero. 5. Ejercer mandatos, representacio-
nes, agencias y comisiones, y la administración
de bienes y empresas de sociedades, personas
o entidades radicadas en el país o en el extran-
jero. En especial, podrá actuar como agente o
mandataria para todo tipo de operaciones de
la naturaleza indicada en los numerales anterio-
res. 6. Realizar cualquier clase de operaciones
en los mercados de capitales o de bienes, del
país o del extranjero. No obstante las restriccio-
nes derivadas del objeto social enunciado y, en
particular, del presente acápite B., el Directorio
podrá disponer la inversión temporaria de los
excedentes financieros que tenga la sociedad.
C) En cualquier caso, queda excluida toda inter-
mediación en la oferta y demanda de recursos
financieros reglamentada por leyes específicas,
en particular por la Ley de Entidades Financie-
ras. D) Con relación al objeto enunciado en este
Artículo la sociedad podrá ser parte o miembro
de contratos de colaboración empresaria, ya
sean de los tipos legislados como de otros inno-
minados. E) En ningún caso la sociedad podrá
otorgar fianzas o garantías a favor de terceros,
excepto que se trate de sociedades directa o
indirectamente controladas o participadas. F)
A los fines expuestos, la sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos, con-
traer obligaciones y realizar todos los actos que
no sean prohibidos por las leyes o este estatu-
to. 3) 99 años. 4) $ 100.000, representado por
100.000 acciones ordinarias, nominativas no
endosables, con derecho a un voto por acción
y de $ 1 valor nominal cada una. 5) La represen-
tación legal de la Sociedad corresponde al Pre-
sidente del Directorio. 6) Presidente: Chrystian
Gabriel COLOMBO; Vicepresidente: Roberto
Mario RUIZ; Director titular: Joaquín DE SAN-
TIBAÑES; Director titular: Guillermo Alejandro
LAJE; Director titular: Fernán MARTINEZ; Di-
rector suplente: Christian Hernán FIDALGO.
Duración: 3 ejercicios. Aceptaron los cargos. 7)
31/12.8) Domicilio especial de los Directores y
Sede Social: Costa Rica 4161 Caba. Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 696 de fe-
cha 19/11/2015 Reg. Nº 1214
Gabriela Eliana Blanco - Matrícula: 5382
C.E.C.B.A.
e. 01/12/2015 N° 172523/15 v. 01/12/2015