N° 171612/15 Aviso del Boletín Oficial
RP CONSULTING S.A.
Texto del aviso
RP CONSULTING S.A.
I.G.J. Nº 1.887.975. Por Asamblea Gene-
ral Ordinaria y Extraordinaria Unánime del
08/10/2015, se resolvió reformar el artículo
octavo del estatuto quedando redactado de
la siguiente manera: “ARTÍCULO OCTAVO: La
garantía que deberán otorgar los directores
titulares de acuerdo a lo establecido en el
artículo 256 de la Ley General de Sociedades
y sus modificatorias será la mínima permiti-
da por la reglamentación vigente, pudiendo
integrarse mediante bonos, títulos públicos
o sumas de moneda nacional o extranjera
depositados en entidades financieras o ca-
jas de valores, a la orden de la sociedad, o
mediante fianzas o avales bancarios o se-
guros de caución o de responsabilidad civil
a favor de la misma, cuyo costo deberá ser
soportado por cada director. En ningún caso
procederá constituir la garantía mediante el
ingreso directo de fondos a la Caja Social.
Esta garantía deberá cumplir con cualquier
otra exigencia legal o normativa establecida
por la Inspección General de Justicia”. Au-
torizado según instrumento privado Acta de
Asamblea Ordinaria y Extraordinaria Unáni-
me de fecha 08/10/2015
Ignacio Alberto Sanchez Vaqueiro - T°: 101 F°:
655 C.P.A.C.F.
e. 02/12/2015 N° 171612/15 v. 02/12/2015