N° 172899/15 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dra. Maria
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 27, a cargo
de la Dra. Karin F. Martín, sito en Callao 635
piso 2º de esta Capital Federal, comunica por
5 días que con fecha 6 de octubre de 2015,
en los autos caratulados “ STEEL COM S.A.
s/ pedido de quiebra por ALFREDO IGNACIO
CORRAL S.A.” se resolvió decretar la quiebra
de STEEL COM S.A. con CUIT 30-70829809-1
haciéndole saber a este y a los terceros que
deberán hacer entrega al síndico de los bienes
que posean del fallido, así como la prohibición
de realizar pagos a la misma, los que serán
ineficaces. Se intima al deudor para que en-
tregue al síndico dentro de las 24 horas los
libros de comercio y demás documentación
relacionada con la contabilidad, así como
también a que dentro de las 48 horas consti-
tuya domicilio procesal en el radio del tribunal,
con apercibimiento de tenerlo constituido en
los estrados del Juzgado. Deberá el deudor
cumplir con los requisitos a los que se refiere
el art. 86 de la ley 24522 en cuanto a su remi-
sión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6,
y 7 del mismo texto legal. Fíjase hasta el día 1º
DE MARZO DE 2016 para que los acreedores
por causa o título anterior a la declaración de
quiebras y sus garantes, formulen al síndico el
pedido de verificación de sus créditos. Se fijan
las fechas de 14 DE ABRIL DE 2016 y el 27 DE
MAYO DE 2016 para las presentaciones de los
informes individuales y generales, previstos
en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamen-
te, pudiendo ser observado, el último, dentro
de los 10 días de presentados art. 40 L.C.. El
síndico designado es el contador RUBERTO
GUILLERMO MIGUEL con domicilio en 25
DE MAYO 347 PISO 6º OFICINA “604” de la
C.A.B.A. al cual deberán concurrir los acree-
dores a verificar sus créditos. El presente de-
berá ser publicado por el término de 5 días sin
necesidad de pago previo y sin perjuicio de
asignarse los fondos cuando los hubiere (art.
89 inc. 3 L.C.) Buenos Aires, 01 de diciembre
de 2015.- MARIA VIRGINIA VILLARROEL.
(P.A.S.) Juez - KARIN F. MARTIN SECRETARIA
e. 04/12/2015 N° 172899/15 v. 14/12/2015